Boletín Oficial de la República Argentina del 27/02/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 27 de febrero de 2014

Primera Sección

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº77/2014
Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto de Cabotaje BG - Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 25/2/2014
VISTO la Actuación SIGEA Nº12509-171-2008/77 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación el Sr. Alberto José GUALTIERI CUIT Nº20-14438803-9, en calidad de concesionario del Puerto de Cabotaje BG, ubicado a la altura del Km. CUATROCIENTOS
CUARENTA Y UNO CON CIEN 441,100, margen derecha del Río Paraná, ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, solicita una prórroga de la habilitación otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº002/2014 SDG OAI para la atención aduanera de las operaciones que se realicen en dicho muelle, entre las que se destacan la descarga de residuos orgánicos, slop, sluge, embarque de rancho y provisiones de a bordo.
Que en Actuación SIGEA 12509-171-2008 se encuentra acreditado que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NºS01:0258742/2010.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 5 de mayo de 2014.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1 de la Disposición Nº360/11 AFIP.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:

BOLETIN OFICIAL Nº 32.837

7

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.
Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.
Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.
Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto Nº491/02 y su aclaratorio, Decreto Nº601/02 artículo 2, se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria en razón de las modificaciones que la misma implica.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4 y 6 del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:
NOMBRES
Y APELLIDO

LEGAJO N

Lic. Verónica María KAUFMANN

037892/14

Ag. Laura Andrea FARUOLO

034714/07

FUNCION ACTUAL

FUNCION ASIGNADA

Director de auditoría, administración y rrhh - DIR. DE
ASUNTOS ORGANIZACIONALES
SDG PLA
Jefe de sección auditoría, administración y rrhh - SEC.
ADMINISTRATIVA DI ASOR

Acorde al grupo - SEDE
SUBDIRECCION GENERAL
SDG PLA
Acorde al grupo - SEDE
SUBDIRECCION GENERAL
SDG PLA

ARTICULO 2 Considerar el presente acto dispositivo con vigencia a partir del 19 de febrero del año en curso.

ARTICULO 1 Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera para realizar las operaciones mencionadas en los Considerandos en el muelle del Puerto de Cabotaje BG, ubicado sobre la margen derecha del Río Paraná, a la altura del km. CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO
CON CIEN 441,100, en la localidad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, solicitada por el Sr. Alberto José GUALTIERI CUIT Nº20-14438803-9, hasta el 5 de mayo de 2014, con igual carácter e idéntico alcance.

ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 27/02/2014 Nº12323/14 v. 27/02/2014

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº58/2014
ASUNTO: S/adecuación de Estructura Organizativa en el ámbito de la Subdirección General de Planificación.
Bs. As., 21/2/2014
VISTO la Disposición Nº21 AFIP del 29 de enero de 2014, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º del citado acto dispositivo se eliminó la Dirección denominada Asuntos Organizacionales y por el artículo 2 se eliminó UN 1 cargo de Jefe de Sección de la mencionada Dirección, en el ámbito de la Subdirección General de Planificación.
Que por lo expuesto, corresponde dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a la Licenciada Verónica María KAUFMANN y a la agente Laura Andrea FARUOLO
en el carácter de Directora de la Dirección de Asuntos Organizacionales y de Jefa Interina de la Sección Administrativa de la citada Dirección, respectivamente.
Que el artículo 6, inciso 1 b del Decreto Nº 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en razón de la función estratégica del servicio Art. 4 C.N. que se le ha encomendado por imperativo legal Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01, consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº56/92 - Laudo Nº16/92 t.o. Resolución S.T. Nº924/10 y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº15/91 t.o. Resolución S.T. Nº925/10, la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

e. 27/02/2014 Nº12340/14 v. 27/02/2014

Resolución Nº213/2014
Bs. As., 21/2/2014
VISTO el Expediente Nº2516/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, de la provincia de CATAMARCA, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION
DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.
Que el artículo 149 de la Ley Nº26.522 establece que La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual.
Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA SECUNDARIA RURAL
Nº3, de la localidad de ANQUINCILA, provincia de CATAMARCA.
Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 215, frecuencia 90.9 MHz., con categoría F, y señal distintiva LRQ719, para la localidad de ANQUINCILA, provincia de CATAMARCA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8 y 149 de la Ley Nº26.522.
Por ello, EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, de la provincia de CATAMARCA, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/02/2014 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/02/2014

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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