Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 22 de mayo de 2013

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 229/2013
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar

Pág.

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Decisión Administrativa 230/2013
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar

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Decisión Administrativa 231/2013
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa

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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 236/2013
Autorízase contratación en la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional de la Subsecretaría de Políticas de Empleo y Formación Profesional de la Secretaría de Empleo

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Decisión Administrativa 237/2013
Autorízanse contrataciones en la Dirección Regional Austral de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la Secretaría de Trabajo

9

RESOLUCIONES
RECOMPENSAS
Resolución 690/2013-MJDH
Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para dar con el paradero de determinada persona
Resolución 689/2013-MJDH
Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para dar con el paradero de determinada persona
Resolución 694/2013-MJDH
Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para la detención de determinada persona

9

10

10

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

11

AVISOS OFICIALES
Nuevos

16

Anteriores

47

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

DECRETOS

TRANSPORTE FERROVIARIO
Decreto 566/2013
Dispónese la constitución de la sociedad Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima.

Bs. As., 21/5/2013
VISTO el Expediente NºS02:0011400/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, y CONSIDERANDO:
Que las competencias en materia de transporte originariamente asignadas al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS han sido transferidas a la órbita del MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE en virtud de lo establecido en los Decretos Nros. 874
y 875, ambos del 6 de junio de 2012.

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Que por la Resolución Nº585 de fecha 22
de octubre de 2012 del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, se dispuso la intervención administrativa de la gestión llevada adelante por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA S.O.E.S.A. en virtud del Contrato celebrado con fecha 13 de junio de 2006 y que fuera prorrogado por el artículo 6 del Decreto Nº1771 de fecha 29 de octubre de 2008, para la operación temporaria de los servicios incluidos en la concesión aprobada por el Decreto Nº1037 de fecha 20 de septiembre de 1999.
Que por la Resolución Nº28 de fecha 4 de febrero de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se dispuso dar por concluidas la gestión y operación del contrato de gerenciamiento celebrado con la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA S.O.E.S.A..
Que la rehabilitación del FERROCARRIL
GENERAL BELGRANO es una herramienta central para alcanzar objetivos de política económica general y en particular para el desarrollo regional, a través del aumento de la capacidad total del sistema nacional de transporte de cargas, permitiendo la conexión entre los centros de producción con los puertos y los centros de acopio y consumo, resultando éste un factor clave en el desempeño y crecimiento de las eco-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.644

nomías provinciales para la colocación de sus productos.
Que en tal sentido y a los fines de lograr una administración y operación, integral y eficiente de la infraestructura y servicios para el transporte de carga en el sector de la red ferroviaria nacional integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO, resulta necesario disponer la constitución de la sociedad BELGRANO CARGAS Y
LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, bajo el régimen de la Ley Nº19.550 de Sociedades Comerciales t.o. 1984 y sus modificatorias y las normas de su Estatuto Societario, que tendrá por objeto la prestación y explotación comercial del servicio, la operación y logística de trenes, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, infraestructura, equipos, terminales de carga y servicios de telecomunicaciones y todas las demás actividades complementarias y subsidiarias del sector de la red nacional ferroviaria integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO y de los sectores de la red ferroviaria nacional que en un futuro se le asignen.
Que en función de preservar la accesibilidad, continuidad y calidad del servicio ferroviario de cargas prestado a los usuarios, resulta necesario que dicha sociedad pueda asimismo extender sus cometidos a los sectores de la red ferroviaria nacional que en un futuro se le asignen.
Que los artículos 4 y 7 de la Ley Nº26.352
y los estatutos sociales de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, aprobados por Decreto Nº752 de fecha 6 de mayo de 2008 Anexos I y II, respectivamente, reconocen a ambas sociedades la capacidad de formar parte de sociedades y efectuar aportes a las mismas.
Que en el artículo 6 del Estatuto de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO aprobado como Anexo A del Decreto Nº1456 del 4 de septiembre de 1987 se reconoce a dicha sociedad la competencia para constituir o participar en sociedades del estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria u otras sociedades por acciones.
Que a su vez, la importancia que tiene el transporte de cargas y su integración con los puertos y el comercio por vías navegables, hace conveniente que la sociedad a crearse se encuentre integrada por la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que en consecuencia, BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA
estará conformada por la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, por la SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA
SOCIEDAD DEL ESTADO y por la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que corresponde atender a diferentes cuestiones vinculadas a la creación de la nueva sociedad BELGRANO CARGAS Y
LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA.
Que el artículo 1 del Decreto Nº 1771 de fecha 29 de octubre de 2008 dispuso el inicio del proceso de terminación del Contrato de Concesión suscripto con la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD
ANONIMA que fuera aprobado por Decreto Nº 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999, instruyendo al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para que a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE elabore los instrumentos necesarios para llevar adelante el proceso referido, evaluando el nivel de cumplimiento de las obligaciones a cargo de las partes, conciliando las cuentas, la totalidad de los pasivos y activos, el inventario patrimonial de bienes muebles e inmuebles y toda cuestión vinculada con la terminación del contrato.
Que por Resolución Nº 28 de fecha 4 de febrero de 2013 del MINISTERIO DEL IN-

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TERIOR Y TRANSPORTE se instruyó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE para que una vez establecidas las cuentas, el estado de los bienes recibidos por la nueva sociedad y evaluado el cumplimiento que debió llevar adelante la SOCIEDAD OPERADORA
DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA
S.O.E.S.A. se establezcan, si así correspondiesen, los daños sobre los bienes entregados para el gerenciamiento según los términos del contrato oportunamente celebrado por las partes.
Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE, con la debida intervención de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL
TRANSPORTE CNRT, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL
ESTADO y de la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION SIGEN dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, deberá realizar un inventario detallado de los bienes integrantes de la concesión aprobada por el Decreto Nº1037 de fecha 20 de septiembre de 1999 y establecer el estado de situación de los mismos.
Que sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto Nº 1771 de fecha 29 de octubre de 2008 corresponde desafectar de la concesión aprobada por el Decreto Nº1037 de fecha 20 de septiembre de 1999 los bienes destinados a la misma, su reversión al ESTADO NACIONAL y asignar su administración a BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA.
Que resulta necesario para la recuperación e integración de dicha red ferroviaria de carga y con particular atención a su alto valor estratégico, asignar a la sociedad a crearse la administración de los bienes muebles e inmuebles que pertenecientes al sector del sistema ferroviario nacional integrado por el FERROCARRIL GENERAL
BELGRANO, resulten necesarios para la explotación eficiente de la misma, y que estuviesen por cualquier título en tenencia o posesión de la empresa FERROCARRIL
GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA y de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO o los administrados por la SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que corresponde instruir al MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE para que transfiera a los fines de su administración a BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA
SOCIEDAD ANONIMA el material rodante, equipamiento, rezagos y toda clase de bienes vinculados a la actividad ferroviaria que se encuentren actualmente sin destino específico, Que en forma particular corresponde incluir a los talleres ferroviarios de TAFI
VIEJO entre los activos a ser transferidos a BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA.
Que, asimismo, resulta necesario resolver la cuestión del personal de la concesionaria BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA cuyos salarios se encuentran actualmente a cargo del ESTADO NACIONAL a través de la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA
creada por el Decreto Nº1774 de fecha 23
de agosto de 1993.
Que en tal sentido, corresponde facultar a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a realizar la transferencia de la nómina de personal de BELGRANO CARGAS
SOCIEDAD ANONIMA cuyos salarios se encuentran actualmente a cargo del ESTADO NACIONAL a través de la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO
SOCIEDAD ANONIMA y que se encuentren afectados a la explotación del FERROCARRIL GENERAL BELGRANO a la nueva sociedad, suscribiendo los acuerdos respectivos y reconociéndoles la antigedad, categoría y remuneración actual, así como su estabilidad laboral, integrando asimismo dicha nómina con el personal de los

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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/05/2013

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9382

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/06/2024

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