Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 21 de enero de 2013

Que por el Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 1479/2012
Apruébase contratación.

Bs. As., 28/12/2012
VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex-SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601
del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y el Expediente Nº1-2002-1396/12-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de excepción a las prescripciones del artículo 5 inciso f, del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Nº 25.164, formulada por el MINISTERIO DE SALUD para contratar, con carácter de prestación de servicios, al Sr. Jorge Pedro PAOLA D.N.I. Nº4.545.223, por el período comprendido entre el 1 de febrero de 2012 y el 31 de diciembre del mismo año.
Que la contratación propiciada responde a imprescindibles necesidades de servicio, las cuales podrán ser debidamente cumplimentadas de acuerdo con los conocimientos y experiencia del nombrado, cuya idoneidad en el desarrollo e instrumentación de las acciones emergentes del cumplimiento de los objetivos que son motivo de la presente contratación se encuentra debidamente comprobada.
Que por la Resolución Nº48/02 de la ex-Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones referido.
Que el artículo 1 del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios, establece que toda contratación, en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS $8.500.
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, correspondiendo al suscripto disponer su aprobación.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD
a fin de atender al gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por los artículos 1 del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios y 5 del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Exceptúase al Sr. Jorge. Pedro PAOLA D.N.I. Nº 4.545.223, de lo dispuesto por el artículo 5 inciso f del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.
Art. 2 Apruébase el contrato de prestación de servicios celebrado entre el MINISTERIO
DE SALUD y el Sr. Jorge Pedro PAOLA D.N.I. Nº4.545.223, en el marco de lo establecido por el artículo 9 del Anexo a la Ley Nº25.164 y su Decreto Reglamentario Nº1421/02 y la Resolución de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº48/02 y sus modificatorias, en las condiciones, por el período y equiparación escalafonaria indicados en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes asignados al MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Juan L. Manzur.
ANEXO
TIPO Y NºDE
REMUNERACION
DOCUMENTO DE
C.U.I.L.
MENSUAL EQUIVALENTE
IDENTIDAD
NIVEL - GRADO SINEP
Dependencia de prestación de servicios: PROGRAMA DE ENVEJECIMIENTO ACTIVO
Período de contratación: 01/02/2012 al 31/12/2012
PAOLA, Jorge D.N.I. 4.545.223
23-04545223-9
B-10
Pedro APELLIDO Y
NOMBRE

DEDIC.

100%

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 1475/2012
Autorízase contratación en la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Coordinación.

Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº 1.506.860/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.566

PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº25.164 se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que por el artículo 9 del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que la Señora Silvia Nora NAVARRO M.l.
Nº 16.814.992 ha sido afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1.421/02.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los niveles escalafonarios.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que se procede a autorizar la contratación de la mencionada persona con carácter de excepción a lo establecido en el Inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1.421/02.
Que el Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social solicita exceptuar de las precitadas previsiones normativas a la Señora Silvia Nora NAVARRO M.I.
Nº16.814.992.

12

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1.421/02.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a contratar con carácter de excepción al punto II
del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, en el ámbito de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera dependiente de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, a la Señora Silvia Nora NAVARRO M.l. Nº 16.814.992, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C, Grado 4, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098
de fecha 3 de diciembre de 2008, desde el 1 de julio de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Carlos A.
Tomada.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data21/01/2013

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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