Boletín Oficial de la República Argentina del 31/12/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 31 de diciembre de 2012

Primera Sección
i Experiencia laboral en el sector público o privado hasta un máximo de DIEZ 10 puntos.
ii Experiencia específica en órganos de control del Sector Público Nacional hasta VEINTE 20
puntos.
iii Experiencia específica en el puesto a cubrir en la SIGEN hasta TREINTA 30 puntos.
B Antecedentes curriculares y su grado de vinculación con el cargo a cubrir. El puntaje específico a fijar por este rubro en el correspondiente llamado tendrá un máximo de CUARENTA 40 puntos y deberá respetar los siguientes rangos:
i Por poseer el nivel educativo requerido para el cargo a cubrir, hasta un máximo de QUINCE
15 puntos.
ii Por poseer un nivel superior al requerido para el cargo a cubrir, hasta DIEZ 10 puntos.
iii Por poseer estudios específicos aprobados en el INSTITUTO SUPERIOR DE CONTROL DE
LA GESTION PUBLICA, o haber realizado cursos, congresos y/o jornadas en el INSTITUTO SUPERIOR DE CONTROL DE LA GESTION PUBLICA o en instituciones de reconocido prestigio, relacionadas con temáticas vinculadas al control interno en la Administración Pública Nacional hasta QUINCE 15 puntos.
2 Etapa: Evaluación técnica tendrá una ponderación del SESENTA por ciento 60% del total de la calificación a obtener y se llevará a cabo en su totalidad a través de la modalidad concursocurso. El concurso-curso constará del dictado de DOS 2 módulos, uno General sobre asignaturas relacionadas con las actividades de control en el Sector Público Nacional y otro Específico con materias relacionadas con el cargo a concursar. Los módulos tendrán una duración de TREINTA
30 horas cada uno de ellos y se cursarán mediante plataforma e-learning con un primer encuentro presencial en el lugar, día y hora que se comunicará mediante la página institucional web www.sigen.
gov.ar, dentro de los QUINCE 15 días de finalizado el proceso de inscripción. Para su aprobación se tomará un examen escrito y anónimo de carácter presencial aprobando aquellos que obtengan al menos SESENTA 60 puntos de los CIEN 100 puntos máximos asignables, en cada uno de los módulos.
Cada módulo representa un valor del CINCUENTA por ciento 50% del total de la ponderación de la etapa.
3 Etapa: Evaluación laboral mediante entrevista personal tendrá una ponderación del DIEZ por ciento 10% del total de la calificación a obtener por el postulante.
Para aprobar la etapa de evaluación laboral mediante entrevista personal se requiere obtener SESENTA 60 puntos de los CIEN 100 puntos máximos asignables a la entrevista.
Cada etapa será evaluada en una escala de CERO 0 a CIEN 100 puntos y se dará por aprobada o desaprobada. Solo quienes aprueben una etapa podrán acceder a la siguiente. En cada etapa, se multiplicará el valor obtenido por el postulante en la etapa por la ponderación asignada a esa etapa, lo que constituirá el puntaje definitivo en esa etapa. La sumatoria de las etapas determinará la calificación definitiva del postulante.
e. 31/12/2012 Nº128470/12 v. 31/12/2012

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº3380/2012
Bs. As., 17/12/2012
VISTO el Expediente Nº8665/2012 del Registro del Instituto de Cine y Artes Audiovisuales, y la Ley Nº17.741 t.o. 1248/2001 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº17.741 t.o. 2001 y sus modificatorias prevén las atribuciones de la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, entre las que se encuentra la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin, así como también fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, técnicos, artísticos, industriales y comerciales.
Que el cine argentino se ha comprometido siempre en el relato y apoyo de las luchas populares, y ha sido el vehículo militante y artístico en la búsqueda de la memoria, la verdad y la justicia.
Que en ese sentido, desde 1983, la producción cinematográfica argentina ha abordado desde múltiples enfoques el tema de la violencia política, la última dictadura cívico-militar y las consecuencias en la vida social e individual de las personas, tendiendo a la búsqueda de sentido y aportando a la construcción de Memoria, Verdad y Justicia.
Que en este orden de ideas el Espacio Memoria y Derechos Humanos junto al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales han manifestado su voluntad de trabajar en conjunto.
Que en atención a ello y de acuerdo a las atribuciones establecidas, se estima conducente promover la producción de películas nacionales de cortometrajes, mediante la convocatoria a Concursos de alcance nacional.
Que el Concurso para la producción al que alude la presente Resolución se inscribe en el marco para la promoción de nuevos realizadores en la construcción desde lo audiovisual de la verdad y la justicia en la promoción de los Derechos Humanos en el ámbito de la producción nacional.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3º de la Ley Nº17.741 t.o. 2001 y sus modificatorias.
Por ello, LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Llámese al CONCURSO CORTOS CINEMATOGRAFICOS SOBRE DICTADURA Y DERECHOS HUMANOS ENRIQUE JUAREZ para la selección de DIEZ 10 Cortometrajes terminados de Ficción, Documental, Animación o Experimental.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.552

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ARTICULO 2º Podrán participar en el presente Concurso sólo aquellos directores argentinos o extranjeros que acrediten una residencia fehaciente no menor a los TRES 3 años en el país, no siendo suficiente para acreditar tal extremo, el domicilio que surja del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
ARTICULO 3º Los Cortometrajes deberán abordar la promoción y defensa de los Derechos Humanos, la utilización del audiovisual en la construcción de la memoria de los Derechos Humanos en relación con hechos acontecidos en la última Dictadura militar, relacionados con la militancia e identidad, en todas sus formas.
ARTICULO 4º Fíjanse los días 17 de diciembre de 2012 al 5 de marzo de 2013 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones al Concurso al que se llama por la presente Resolución, estableciéndose la falta de limitación en cuanto a la cantidad de Cortometrajes a ser presentados por cada participante, pero debiendo hacerlo bajo SEUDONIMO.
ARTICULO 5º Los Cortometrajes podrán realizarse y se aceptarán en todos los formatos, fílmico o digital, siendo un requisito indispensable poseer una copia en formato broadcasting Internacional, BLU RAY, HDV, HDCAM y debiendo entregar CINCO 5 copias del Master en el formato DVD para su visualización por el jurado.
ARTICULO 6º La duración máxima de cada Cortometraje a presentarse será de TREINTA 30
minutos, incluyendo títulos y rodantes.
ARTICULO 7º Los Cortometrajes deberán presentarse en el AREA PROGRAMAS Y ACTIVIDADES del ENTE PUBLICO ESPACIO PARA LA MEMORIA Y PARA LA PROMOCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, sito en Avda. del Libertador 8151, Ciudad de Buenos Aires C1429BNC Argentina, en el horario de 10.00 a 17.00 hs. En el caso de remisiones por vía postal se entenderá presentado en la fecha de su imposición en la oficina postal de que se trate. Todo material recibido en esta dirección permanecerá en su poder en los términos de este Reglamento, hasta la selección definitiva de los ganadores.
ARTICULO 8º Las presentaciones deberán identificarse notoriamente con el nombre CONCURSO
CORTOS CINEMATOGRAFICOS SOBRE DICTADURA Y DERECHOS HUMANOS ENRIQUE JUAREZ.
ARTICULO 9º Los Cortometrajes no podrán tener publicidad comercial.
ARTICULO 10. Cada participante deberá garantizar que posee y es titular de todos los derechos necesarios para que el Cortometraje reciba el tratamiento, uso y explotación señalados en la presente Resolución, incluyendo todos los permisos, autorizaciones y licencias requeridas por los titulares de los derechos musicales, imágenes, actores, colaboradores, sindicatos, gremios y entidades de gestión.
ARTICULO 11. Cada participante deberá declarar que todas las personas que aparecen en el Cortometraje presentado han dado su consentimiento para ser filmados. Expresamente deberá declararse, en caso de los actores menores de edad, la obtención de los permisos correspondientes para su aparición.
ARTICULO 12. En caso de existir algún reclamo de cualquier tipo en relación con las estipulaciones vertidas en los Artículos 10º y 11, cada participante será el único responsable y mantendrá al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, indemne en todo momento y circunstancia frente a los mismos.
ARTICULO 13. La presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES designará un Jurado compuesto por CINCO 5 miembros, a los fines de la selección de los Cortometrajes a premiar.
ARTICULO 14. El Jurado escogerá los DIEZ 10 mejores Cortometrajes entre aquellos Participantes cuyo material cumpla los requisitos, condiciones y términos establecidos en el Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 15. La selección de los Cortometrajes que resulten ganadores, implicará para sus presentantes la autorización a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
de difundir y/o exhibir en forma total o parcial, por las señales de televisión públicas o privadas con las que el Organismo celebre Convenios al efecto y/o página Web del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y/o los Espacios INCAA y/o por cualquier otro medio de exhibición existente o a crearse en el futuro por el término de TRES 3 años contados a partir de la fecha en que se dicte la Resolución declarando ganadores. Asimismo el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES podrá disponer de los cortometrajes ganadores a los efectos de su difusión en las ocasiones que considere pertinentes y que tengan como objetivo la promoción y presencia del cine nacional en diversos encuentros así como actos culturales y otros de fines similares.
ARTICULO 16. Respecto a la comercialización, el VEINTICINCO POR CIENTO 25% de lo recaudado será para el realizador, y el SETENTA Y CINCO POR CIENTO 75% restante a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTICULO 17. El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES otorgará a cada uno de los DIEZ 10 participantes que resulten ganadores la suma de PESOS TRES MIL
$3.000.- pagadero mediante cheque, en concepto de compra de derechos de exhibición, no exclusiva, por el término de TRES 3 años. Esta cantidad será transferida al Banco Comercial indicado por los participantes ganadores. Las liberaciones de las sumas aportadas por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria.
ARTICULO 18. Vencido el plazo de presentación de los Cortometrajes, el jurado tendrá un plazo de CUARENTA Y CINCO 45 días para la selección de los Cortometrajes ganadores. Las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos. La decisión del Jurado es inapelable.
ARTICULO 19. Los Participantes seleccionados deberán informar y solicitar la debida autorización al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la participación de sus Cortometrajes ganadores del Concurso que se convoca mediante la presente Resolución, en Muestras, Festivales y/o Concursos Nacionales e Internacionales.
ARTICULO 20. Los Cortometrajes seleccionados deberán incluir en los títulos de presentación en primer término, un cartel con la leyenda: EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES PRESENTA como así también dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 727/07/
INCAA o aquella que la reemplace en el futuro. Dicha leyenda deberá figurar en la publicidad y en la presentación del Cortometraje en Festivales o Muestras de Cine, tanto en el país como en el exterior.
ARTICULO 21. Apruébense las Bases al CONCURSO CORTOS CINEMATOGRAFICOS SOBRE DICTADURA Y DERECHOS HUMANOS ENRIQUE JUAREZ que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 22. El incumplimiento de alguno de los requisitos o forma de presentación dispuestos en dichos Anexos producirá la automática eliminación de la participación en el concurso.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 31/12/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data31/12/2012

Conteggio pagine72

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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