Boletín Oficial de la República Argentina del 19/10/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 19 de octubre de 2012

SECRETARIA DE CULTURA
Decreto 1942/2012
Recházase recurso interpuesto contra Resolución Conjunta de la ex S.G. y G.P. y S.C.
Nº174 y 1616/2009.

Bs. As., 15/10/2012
VISTO el Expediente Nº 4890/2009 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente obra el recurso de reconsideración interpuesto por la agente Alicia María DELZART contra la Resolución Conjunta de la ex S.G.yG.P. y S.C.
Nros. 174 y 1616, respectivamente, de fecha 24 de junio de 2009, por la cual se dio por aprobado a partir del 1º de diciembre de 2008 el reencasillamiento del personal permanente de la SECRETARIA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, y se la reubicó en el Nivel D, Grado 9 del Agrupamiento General.
Que por la Resolución Conjunta ex S.G.P y S.C. Nos. 95 y 1759, respectivamente, de fecha 14 de junio de 2010, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto, por cuanto el acto administrativo recurrido aplicó las pautas previstas en el artículo 124, apartado 3 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, quedando en evidencia que el reencasillamiento se había ajustado a derecho.
Que, conforme lo prevé el artículo 88 in fine del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991, se le notificó a la recurrente que disponía del término de ley para mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico en subsidio.
Que la actora no ha hecho uso del referido derecho de ampliar o mejorar los fundamentos de su recurso.
Que no habiéndose verificado arbitrariedad o desviación de poder, encontrándose al acto atacado así como también el procedimiento sustanciado debidamente funda-

dos, sobre la base de los antecedentes de hecho y derecho conforme lo exige el Artículo 7º de la Ley Nº19.549, corresponde rechazar el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la agente Alicia María DELZART contra la Resolución Conjunta de la ex S.G.yG.P. y S.C. Nros. 174 y 1616, respectivamente, de fecha 24 de junio de 2009.
Que, asimismo, se ha expedido la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en los términos previstos en el artículo 92 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 t.o. 1991.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 90
del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991
y el artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Recházase el recurso jerárquico interpuesto por la agente Alicia María DELZART
DNI Nº13.835.192, titular de un cargo Nivel D, Grado 9 del Agrupamiento General del SINEP, de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, contra la Resolución Conjunta de la ex S.G.yG.P. y S.C. Nros. 174 y 1616, respectivamente, de fecha 24 de junio de 2009, por la cual se dio por aprobado a partir del 1º de diciembre de 2008 el reencasillamiento del personal permanente de la citada Secretaría en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08.
Art. 2º Hágase saber a la recurrente, de acuerdo con lo prescripto por el artículo 40 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 t.o. 1991, que la resolución del recurso jerárquico agota la instancia administrativa, sin perjuicio del derecho que le asiste de deducir el recurso previsto en el artículo 100
del mismo cuerpo legal.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal F.
Randazzo.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 997/2012
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 15/10/2012
VISTO el Expediente CUDAP Nº15694/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 de fecha 22 de febrero de 2007, Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009 y Nº1318 de fecha 29 de agosto de 2011, la Resolución ex SSGP
Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y Nº52
de fecha 6 de marzo de 2009, y
suscripto con fecha 30 de marzo de 2012, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Pablo Guillermo OROZCO de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

CONSIDERANDO:

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A
diversas exigencias.

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo
BOLETIN OFICIAL Nº 32.504

de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de abril de 2012, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.728 Servicio Administrativo Financiero Nº 317
de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y en el Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado con efectos al 1 de abril de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y Dn. Pablo Guillermo OROZCO D.N.I. Nº18.546.475, para desempeñar funciones de Asesor Técnico Especializado en la citada Secretaría, equiparado al Nivel A Grado 7 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO Decreto Nº2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SSGP
Nº48/02 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1 de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.728 - Servicio Administrativo Financiero Nº317 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan M. Abal Medina.
Aníbal F. Randazzo.

7

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 998/2012
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa.

Bs. As., 15/10/2012
VISTO el Expediente CUDAP Nº15136/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y los Decretos Nº2345 del 30
de diciembre de 2008, Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007, Nº1248
del 14 de septiembre de 2009 y Nº1318 del 29 de agosto de 2011, y CONSIDERANDO:
Que en la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS resulta indispensable aprobar la contratación de la consultora Da. María Cristina FERRARIO, en el marco del Decreto Nº 2345/08, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Subsecretaría.
Que la consultora propuesta reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas por lo que se hace necesario exceptuarla de lo establecido en el artículo 7 del Anexo I del Decreto Nº2345/08.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Nº601/02
reglamentario del Decreto Nº491/02, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular SLyT de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº4/02.
Que la consultora de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de marzo de 2012, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.728.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 7 del Anexo I del Decreto Nº2345/08 y a tenor de lo establecido en el Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado a partir del 1 de marzo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la consultora Da. María Cristina FERRARIO D.N.I.
Nº 6.044.320 para desempeñar funciones de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/10/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/10/2012

Conteggio pagine84

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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