Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 18 de julio de 2012

ANEXO III
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEROGACIONES
Unidad Organizativa
Nivel
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION COMUNITARIA
DIRECCION NACIONAL DE COMUNICACION ESTRATEGICA
DIRECCION DE PATRIMONIO COMUNITARIO
DIRECCION DE COMUNICACION EN RED

III

- COORDINACION DE INVESTIGACION

IV

SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
DIRECCION NACIONAL DE APOYO LOGISTICO

II

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1245/2012
Déjase sin efecto Resolución Nº1866/11.
Bs. As., 12/7/2012
VISTO la Ley Nº26.375, la Resolución ex MJSyDH Nº 1720 del 27 de junio de 2008, la Resolución MJyDH Nº 1866 del 1º de diciembre de 2011 y el Legajo Nº 64/11 de la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA
DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y CONSIDERANDO:
Que por ante el Juzgado Federal de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, se instruye el Expediente Nº 19/2007, caratulado Secretaría de Derechos Humanos s/denuncia c/Musa Azar y otros Grupo III Desapariciones forzadas de personas a partir del 24 de marzo de 1976.
Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, a cargo del doctor Fernando Gustavo Javier GIMENA.
Que mediante la Resolución MJyDH
Nº 1866/11 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL $100.000, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Juan José RAMIREZ L.E.
Nº 6.645.762, sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 7 de septiembre de 2010.
Que el mencionado Juzgado informa por Oficios Nros. 147 del 11 de mayo de 2012
y Nº181 del 28 de mayo de 2012, el fallecimiento del imputado ocurrido el 16 de diciembre de 2011 y la declaración de la extinción de la acción penal por muerte del imputado, respectivamente.
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución MJyDH Nº1865/11.
Que ha tomado intervención la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3º de la Ley Nº26.375 y de conformidad con la Resolución ex MJSyDH Nº1720/08.
Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º Déjase sin efecto la Resolución MJyDH Nº1866 del 1º de diciembre de 2011, en
la que se ofrecía como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS
CIEN MIL $100.000, destinada a aquellas personas que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Juan José RAMIREZ.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Alak.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS

BOLETIN OFICIAL Nº 32.440

que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de José Darío MAZZAFERRI.
Que posteriormente, a través de la Resolución MJyDH Nº 1663 del 10 de noviembre de 2011 se restableció por el término de DOCE 12 meses desde su dictado las recompensas previstas, entre otras, en la resolución citada precedentemente.
Que en atención al interés en la obtención de información determinante para la detención de José Darío MAZZAFERRI, resulta procedente ampliar la recompensa establecida a la suma de PESOS DOSCIENTOS
MIL $200.000.
Que por lo expuesto corresponde dejar sin efecto de la Resolución MJyDH Nº1663/11
el restablecimiento de la Resolución ex MJSyDH Nº1532/09.
Que la Decisión Administrativa Nº1 del 19 de enero de 2012 otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que han tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º de la Ley Nº26.375.

15

Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º Ofrécese como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL $200.000, por el plazo de DOCE 12 meses a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de José Darío MAZZAFERRI D.N.I. Nº10.395.323, Comisario General R de la Policía Federal Argentina.
Art. 2º Déjase sin efecto de la Resolución MJyDH Nº1663/11 el restablecimiento de la Resolución ex MJSyDH Nº1532/09.
Art. 3º Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA
DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA
al 011 5300-4020.
Art. 4º El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado.
Art. 5º Encomiéndase a la SECRETARIA DE
COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Julio C. Alak.

MINISTERIO DE EDUCACION

Resolución 1246/2012
Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para detención de persona.
Bs. As., 12/7/2012
VISTO la Ley Nº26.375, la Resolución ex MJSyDH Nº 1720 del 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 33/09 de la UNIDAD ESPECIAL
PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de CONCEPCION
DEL URUGUAY, provincia de ENTRE RIOS, se instruyen los Expedientes Nros. 56.208
y 571, caratulado: ROMAN, César Manuel - Denuncia e Incidente de solicitud de detención de José Darío MAZZAFERRI - Actuaciones complementarias.
Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal de CONCEPCION DEL URUGUAY, a cargo de la doctora María de los Milagros SQUIVO.
Que la Ley Nº26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA o a otra dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que por la Resolución ex MJSyDH Nº1532
del 18 de diciembre de 2009 se ofreció una recompensa de PESOS CIEN MIL
$ 100.000 destinada a aquellas personas
Resolución 1040/2012
Procedimiento para rendir asignaturas pendientes ante funcionarios de Embajadas o Consulados Argentinos en País de Residencia.

Bs. As., 6/7/2012
VISTO el Expediente Nº 2670/02 del registro de este Ministerio, la Ley de Educación Nacional Nº26.206, el Decreto Nº115/10, la Resolución Ministerial Nº1145/02 y la Resolución Ministerial Nº858/03, y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional estipula la obligatoriedad de la Educación Secundaria y es deber del MINISTERIO DE EDUCACION asegurar el cumplimiento de los principios, fines, objetivos y previsiones que establece la misma.
Que es necesario garantizar la terminalidad de los estudios de aquellas personas que se desplacen a otro país adeudando asignaturas del nivel secundario o sus denominaciones equivalentes y que hayan concluido la cursada de todos los años de la educación secundaria o sus denominaciones equivalentes.
Que para los casos mencionados en el considerando anterior es necesario fijar un máximo de asignaturas adeudadas, para rendir los exámenes ante funcionarios de las Embajadas o Consulados Argentinos ubicados en el país en que residan.
Que se debe garantizar la escolarización y el acceso a la educación de nivel secundario o sus denominaciones equivalentes de los estudiantes que deben insertarse en los sistemas educativos extranjeros, para proseguir estudios fuera de nuestro país, aun cuando adeuden asignaturas del sistema educativo argentino.
Que para los estudiantes que adeuden asignaturas con cuya aprobación completen años del nivel secundario o sus denominaciones equivalentes es necesario fijar un máximo de asignaturas adeudadas, para rendir los exámenes ante funcionarios de las Embajadas o Consulados Argentinos ubicados en el país en que residan, si las mismas impidieran acceder al año inmediato superior en el nuevo país de residencia.
Que las evaluaciones que deban rendir los estudiantes en el exterior serán elaboradas por los establecimientos educativos en los cuales hayan cursado sus estudios.
Que se debe estipular cantidad de reprobados que puede tener en cada asignatura y el plazo para rendir los exámenes.
Que en este marco, el reglamento aprobado por las resoluciones mencionadas en el VISTO
debe ser modificado y adecuado, dejando sin efecto ambas resoluciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº355/02.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data18/07/2012

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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