Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 19 de junio de 2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

BOLETIN OFICIAL Nº 32.421

17

ARTICULO 3º Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal de HONDA MOTOR DE ARGENTINA S.A. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Lic. MARIA S. AYERAN, Directora General, Dirección General de Aduanas.
e. 19/06/2012 Nº67692/12 v. 19/06/2012

DIVISION ADUANA DE POSADAS
Posadas, Sección Sumarios, 7/6/2012
MERCADERIAS SIN TITULAR CONOCIDO, SIN DECLARAR O EN REZAGO
Se anuncia por la presente la existencia de mercaderías, consistentes en CIGARRILLOS, situadas en el Depósito de esta Aduana de Posadas, cuyas actuaciones más abajo se detallan, las cuales se encuentran en la situación prevista en el artículo 417 del Código Aduanero, modificado por el artículo 1º de la ley 25.603, por lo cual se intima a toda persona que se considere con derechos respecto de las mismas, para que se presente dentro del término de ley a estar en derecho, bajo apercibimiento de considerarlas abandonadas en favor del Estado Nacional. Asimismo, se comunica que transcurridos 10 diez días de la presente publicación, esta Instancia procederá de conformidad a lo establecido en el artículo 44 de la ley 25.986 que modifica el art. 6º de la ley 25.603. ACTUACIONES: DN46: 1537 año 2010, 563/8, 1580/8, 1673/2, 2192/8, 2200/0 del año 2011, 0002/4, 0003/2, 0004/0, 0005/9, 0006/7, 0071/3, 0180/5, 0184/8, 0192/k, 0247/8, 0261/s, 0262/3, 0263/1, 0264/k, 0265/8, 0266/6, 0267/k y 0580/8 del año 2012.
Mercaderías: 3946 - Cartones de cigarrillos varias marcas, todos de Industrias Extranjeras.
PROPIETARIOS: Desconocidos - SINDOID N.N.
Ing. PEDRO A. PAWLUK, Jefe de División, Aduana de Posadas.
e. 19/06/2012 Nº67567/12 v. 19/06/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº15/2012
HONDA MOTOR DE ARGENTINA S.A. S/Incorporación al Régimen de Aduana en Factoría.
Bs. As., 13/6/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13289-3450-2011, en trámite ante el Departamento Grandes Operadores, y CONSIDERANDO:
Que la firma HONDA MOTOR DE ARGENTINA S.A., incorporada al Régimen de Aduanas Domiciliarias por Resolución Nº95/2010 DGA, manifiesta a través de su representante legal su voluntad de acogerse al Régimen de Aduana en Factoría, establecido por Decreto Nº688 del 26 de abril de 2002 y su modificatorio.
Que de acuerdo con lo expuesto, en la normativa reglamentaria, Anexo II de la Resolución General Conjunta Nº1424 AFIP y Nº14/03 SICyM, para acceder al Régimen de Aduana en Factoría, la firma peticionante debe acreditar entre otros extremos que se encuentra autorizada para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias previsto en la Resolución General Nº596 AFIP y que no registra ninguna de las causales de exclusión establecidas en el último párrafo del punto 1.2. del referido Anexo.
Que por su parte, el Decreto Nº688 del 26 de abril de 2002 considera cumplimentados los requisitos de observancia común a ambos regímenes cuando se acredite la condición de usuario del Régimen de Aduanas Domiciliarias.
Que en consonancia con lo expuesto, el último párrafo del Anexo II, punto 1.2, de la Resolución General Conjunta Nº1424 AFIP y Nº14/03 SICyM establece que se podrá solicitar la incorporación al Régimen de Aduana en Factoría, cumplimentando la totalidad de los requisitos adicionales establecidos a tal fin.
Que entre estos últimos se estipula la puesta a disposición de un sistema informático que cubra las exigencias establecidas en el Anexo IV de la Resolución General Conjunta Nº1424 AFIP y Nº14/03 SICyM y Resolución General Nº2550 AFIP.
Que a fin de determinar el efectivo cumplimiento de los requisitos expuestos en los párrafos precedentes y específicamente determinados en el Anexo II de la Resolución General Conjunta Nº1424 AFIP y Nº14/03 SICyM, se efectuaron, a través del Departamento Grandes Operadores, sendos pedidos de informes a las distintas dependencias de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS y se realizaron consultas en los sistemas informáticos del Organismo.
Que en base a la información reunida y contando con la conformidad de la Dirección Nacional de Industria Nota Nº1297/12, Expediente Nº46.591/2011, el Departamento Grandes Operadores propicia la inclusión de la firma en el Régimen de Aduana en Factoría, por entender que la misma cumple con todos los requisitos legales establecidos a tal fin.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 221/2012
Finalización de funciones en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Bs. As., 6/6/2012
VISTO las presentes actuaciones, y CONSIDERANDO:
Que por las mismas, se propicia dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a diversos agentes en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Salta.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo N 56/92 t.o. Resolución S.T. N 924/10, normativa que rige la relación de empleo público entre el Organismo y el personal perteneciente al servicio aduanero, prevé expresamente el caso de agentes que revisten como jefes de Unidades de Estructura y que resulten relevados de su cargo.
Que en este sentido, en su artículo 11 establece que la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, una vez confirmado de acuerdo con lo previsto en el artículo 9, inciso a, punto 2 que se refiere al momento en que la relación laboral adquiere el carácter de permanente.
Que la medida que se adopta respecto de los agentes de que se trata no innova con relación a la categoría escalafonaria alcanzada por los mismos, asignándose funciones acordes a ella.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.
Que el artículo 6, inciso 1 b, del Decreto N 618/97 otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, incluyendo el dictado y/o modificación de la estructura orgánico funcional y el estatuto del personal, siendo competencia de esta Administración Federal la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4 y 6 del Decreto N 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera Salta de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, a quienes se les asignarán funciones acordes con sus categorías de revista:
NOMBRES Y APELLIDO

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inc.
p, del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997 y la delegación conferida por el artículo 3º del Decreto Nº688 del 26 de abril de 2002.

UNIDAD DE ESTRUCTURA

DIRECTOR
INTERINO

DIRECCION REGIONAL
ADUANERA SALTA

Edgardo Enrique BERETTA
Legajo N 23.957-7

ADMINISTRADOR
INTERINO

ADUANA SALTA

Ing. Néstor Fernando GALLARDO SANSONE
Legajo N 26.146-7

JEFE INTERINO

DIVISION FISCALIZACION DE
OPERACIONES ADUANERAS

Abog. Rubén MELLERETZKY
Legajo Nº 25.574-2

JEFE

DIVISION JURIDICA

ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
e. 19/06/2012 N 67690/12 v. 19/06/2012

Que en atención a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la firma HONDA MOTOR DE ARGENTINA S.A., para operar en el Régimen de Aduana en Factoría.
Que han tomado la intervención que les competen las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Operaciones Aduaneras del Interior.

CARACTER

Abog. Raúl Ricardo DOXANDABARAT
Legajo N 25.761-3

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición N 71/2012
Designación de Agentes Notificadores. art. 100, inc. e, de la Ley N 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata.

Por ello, LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Incluir a la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA S.A., C.U.I.T. 30-577546777, con domicilio legal en Suipacha Nº1111, piso Nº18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio fiscal en Av. del Libertador Nº1613, PB - Vicente López - provincia de Buenos Aires, en el Régimen de Aduana en Factoría establecido por Decreto Nº688 del 26 de abril de 2002 y su modificatorio.
ARTICULO 2º Acéptese para operar en el régimen la Garantía de Actuación de PESOS CIENTO
VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS DIECISEIS $122.523.716,-.

Bs. As., 8/6/2012
VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP N 11858-65-2012 del registro de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Mar del Plata solicita la designación de nuevos agentes notificadores en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas del área.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/06/2012

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9382

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/06/2024

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