Boletín Oficial de la República Argentina del 29/03/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 29 de marzo de 2012

Que atento lo requerido por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de posibilitar las contrataciones de los agentes en cuestión, corresponde exceptuar a los mismos de las restricciones contenidas en el inciso c, punto II, del artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº1421/02.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el último párrafo del artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a contratar a las personas que se consignan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, conforme las condiciones y plazos que se consignan en dicho Anexo, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el punto II del inciso c del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Nº25.164.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Julio C. Alak.
ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE JUSTICIA

D.N.I. Nº 28.908.670
26.718.493

NIVEL Y GRADO
A-0
A-0

9

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, para contratar desde el 1 de octubre de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011 a la señora Da. Lucía María OTAEGUI D.N.I. Nº34.098.252, con la categoría equivalente al Nivel D, Grado 1 con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421 de fecha 8
de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos en lo referido a experiencia laboral, fijados para el acceso al Nivel D en el Capítulo III, artículo 13, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº1714 de fecha 19 de noviembre de 2010.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
Decisión Administrativa 132/2012
Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 23/3/2012

Contratación artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164
APELLIDO Y NOMBRE
DOMINGUEZ, Daniela STURLA, Soledad Cecilia
BOLETIN OFICIAL Nº 32.368

FECHA INICIO
18/07/2011
18/07/2011

FECHA FINAL
31/12/2011
31/12/2011

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

VISTO la Ley Nº25.164, los Decretos Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, Nº1714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Resolución SIGEN Nº12 de fecha 26 de enero de 2011 y el Expediente Nº 1474/2011 SG-CSMESyA del registro de la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, y CONSIDERANDO:
Que siguiendo las pautas impartidas por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, se dictó la Resolución SIGEN Nº12 de fecha 26 de enero de 2011, que establece el régimen al que debe ajustarse la contratación de personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Decisión Administrativa 131/2012
Dase por aprobada una contratación.

Que, en dicho marco, el Organismo citado requiere se autorice la contratación del señor D. Lisandro Joaquín DEL PINO D.N.I. Nº33.402.123 con la categoría equivalente al Nivel D, Grado 1 del Escalafón vigente, conforme al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº1714 de fecha 19 de noviembre de 2010 para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Bs. As., 23/3/2012
VISTO la Ley Nº25.164, los Decretos Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, Nº1714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Resolución SIGEN Nº12 de fecha 26 de enero de 2011 y el Expediente Nº 1423/2011 SG-CSMESyA del registro de la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, y
Que si bien el señor DEL PINO no cumple con el requisito de experiencia laboral para el Nivel D, fijado en el Capítulo III, artículo 13 del referido Convenio, el citado ha acreditado la idoneidad suficiente para las tareas asignadas por el Organismo desde el 4 de abril de 2011, como Asistente Técnico en el marco del Convenio suscripto con la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

CONSIDERANDO:

Que por razones de necesidad operativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, es necesario autorizar a ese Organismo a contratar al señor DEL PINO.

Que siguiendo las pautas impartidas por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, se dictó la Resolución SIGEN Nº12 de fecha 26 de enero de 2011, que establece el régimen al que debe ajustarse la contratación de personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el suscripto se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción, excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.

Que, en dicho marco, el Organismo citado requiere se autorice la contratación de la señora Da. Lucía María OTAEGUI D.N.I. Nº34.098.252 con la categoría equivalente al Nivel D, Grado 1 del Escalafón vigente, conforme al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº1714 de fecha 19 de noviembre de 2010 para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Que si bien la señora OTAEGUI no cumple con el requisito de experiencia laboral para el Nivel D, fijado en el Capítulo III, artículo 13 del referido Convenio, la citada ha acreditado la idoneidad suficiente en el desempeño de las tareas asignadas por el Organismo desde el 1 de junio de 2011, como Asistente Técnico en el marco del Convenio suscripto con la Universidad Nacional de La Matanza.
Que por razones de necesidad operativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, es necesario autorizar a ese Organismo a contratar a la señora OTAEGUI.
Que el suscripto se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción, excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL
y por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, para contratar desde el 1 de octubre de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011 al señor D. Lisandro Joaquín DEL PINO D.N.I. Nº33.402.123, con la categoría equivalente al Nivel D, Grado 1, con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421 de fecha 8
de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos en lo referido a experiencia laboral, fijados para el acceso al Nivel D en el Capítulo III, artículo 13, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº1714 de fecha 19 de noviembre de 2010.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 29/03/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data29/03/2012

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9411

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/07/2024

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