Boletín Oficial de la República Argentina del 20/03/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 20 de marzo de 2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE FORMOSA
Formosa, 22/2/2012

La Aduana de Formosa, conforme lo instruye la Ley N 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderías en la lista de próxima subasta Art. 439 C.A. y/o se pondrán a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley antes citada. Cabe aclarar que con las mercaderías a las que no se puede dar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C.A.; a dichos efectos, los interesados deberán presentarse en esta dependencia, sita en calle Brandzen N 459 de la ciudad capital de la Provincia de Formosa.
N DE
DENUNCIA

SIGEA

APELLIDO Y NOMBRE

N DE DOCUMENTO

MERCADERIAS

365/2010

12281-426-2010

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

455/2010

12281-520-2010

NESTOR GABRIEL LOPEZ

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR CALZADOS

854/2010

12281-936-2010

CATALINA NOGUERA

SE DESCONOCE

TEXTIL-PRENDAS DE
VESTIR

979/2010

12281-1069-2010

FLAVIO DAMIAN
FERNANDEZ

SE DESCONOCE

CALZADOS-PRENDAS
DE VESTIR

1347/2010

15628-209-2010

ELVIRA VILLASBOA

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

1402/2010

15628-298-2010

MARIO RUBEN ALMADA

SE DESCONOCE

TELEFONO CELULAR

1500/2010

15628-366-2010

AGUEDA ORTEGA
GIMENEZ

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

1600/2010

15628-133-2011

GLADIS BEATRIZ RAMOS

SE DESCONOCE

TEXTILES
CUBRECAMAS

1602/2010

15628-77-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

JUGUETES

1626/2010

15628-130-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

1629/2010

15628-129-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

TEXTILES

1630/2010

15628-122-2011

MARCOS QUINTEROS

SE DESCONOCE

TEXTILES

1634/2010

15628-75-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CALZADOS -PRENDAS
DE VESTIR

1633/2010

15628-100-2011

MARIA DE LOS A.
CANNEMAN

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

1636/2010

15628-124-2011

FRANCO SANGUINA

SE DESCONOCE

CALZADOS

1650/2010

15628-118-2011

MYRIAN ESTELA GOMEZ

SE DESCONOCE

CALZADOS -PRENDAS
DE VESTIR

164/2011

15628-287-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

TEXTILES TOALLAS

168/2011

15628-290-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

TEXTILES TOALLAS

1-2011/6

12281-141-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

311-2011/2

12281-456-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

738-2011/8

12281-952-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CUBIERTA P/
MOTOCICLETA

740-2011/0

12281-954-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CUBIERTA P/
MOTOCICLETA

743-2011/5

12281-9587-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

SILLON INFANTIL

744-2011/3

12281-958-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

ACCESORIO P/BAÑO

746-2011/K

12281-911-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

BALANZA ELECTRONICA

774-2011/8

12281-926-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

SILLON INFANTIL

776-2011/K

12281-928-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

SILLON INFANTIL

861-2011/3

12281-1179-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CALZADOS

866-2011/K

12281-1185-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR CALZADOS

943-2011/1

12281-1249-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CALZADOS

999-2011/7

12281-1055-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

TEXTILES - PRENDAS DE
VESTIR

1026-2011/9

12281-1081-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CALZADOS -PRENDAS
DE VESTIR

1400-2011/6

12281-1662-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

TEXTIL

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CARGADORES
UNIVERSALES P/
CELULAR
PICANA ELECTRICA

1527-2011/3

12281-1838-2011

1612-2011/7

12281-2064-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

1673-2011/K

12281-1819-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CALZADOS

1867-2011/6

12281-2091-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

CALZADOS - PRENDAS
DE VESTIR

310-2011/4

12281-455-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

1244-2011/5

12281-1421-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

1511-2011/0

12281-1681-2011

AUTORES IGNORADOS

SE DESCONOCE

PRENDAS DE VESTIR

Quedan debidamente notificados.
ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP, DGA, Aduana Formosa.
e. 20/03/2012 Nº26419/12 v. 20/03/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

ADRIAN N. SCAGLIONI, Administrador I, Aduana de Comodoro Rivadavia, Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.
e. 20/03/2012 Nº26641/12 v. 20/03/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE COMODORO RIVADAVIA
Art. 1013, inc. h, Ley 22.415.
Comodoro Rivadavia, 6/1/2012
Atento desconocer el paradero, como así también domicilio dentro de la República Argentina de la Sra. RAMIREZ ARAYA PAZ MARIA, de nacionalidad chilena, CI 15.322.537-0 se le notifica por este medio que dentro del plazo de 10 diez días hábiles perentorios, deberá comparecer a la sede de esta Aduana de Comodoro Rivadavia, sita en Ameghino Nº1152 de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, a efectos de presentarse en el Sumario Contencioso Nº17/2009
instaurado en su contra, por presunta infracción al art. 970 del Código Aduanero, oportunidad en la cual podrá ejercer su derecho de defensa y ofrecer las pruebas que considere pertinente. Todo ello bajo apercibimiento de rebeldía, art. 1105 del Código de la materia. Asimismo se le notifica que deberá constituir domicilio dentro del radio de esta División Aduana Comodoro Rivadavia Art. 1001
del C. Aduanero bajo apercibimiento de lo normado por el Art. 1004 del citado texto legal, quedando las próximas providencias e incluso la declaración de rebeldía y actos resolutivos notificados ministerio legis. Asimismo se le recuerda que en todas las presentaciones en que se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado, conforme art. 1034 del mismo marco normativo, y de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, ésta deberá acreditar la personería invocada en la primera presentación, arts. 1030 y 1031 del citado cuerpo legal. Se le hace saber que el pago de la multa mínima que le pudiere corresponder asciende a la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS $14.900,00 monto que, de ser abonado dentro del mencionado plazo, producirá la extinción de la acción fiscal sin que se registren antecedentes infraccionales en su contra Art. 930
Código Aduanero.
ADRIAN N. SCAGLIONI, Administrador I, Aduana de Comodoro Rivadavia, Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.
e. 20/03/2012 Nº26642/12 v. 20/03/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE COMODORO RIVADAVIA
Art. 1013, inc. h, Ley 22.415.
Comodoro Rivadavia, 6/1/2012
Atento desconocer el paradero, como así también domicilio dentro de la República Argentina del Sr. RUIZ CISTERNA PABLO CESAR, de nacionalidad chileno, CI 15.152.437-6 se le notifica por este medio que, dentro del plazo de 10 diez días hábiles perentorios, deberá comparecer a la sede de esta Aduana de Comodoro Rivadavia, sita en Ameghino Nº1152 de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, a efectos de presentarse en el Sumario Contencioso Nº108/2009
instaurado en su contra, por presunta infracción al art. 970 del Código Aduanero, oportunidad en la cual podrá ejercer su derecho de defensa y ofrecer las pruebas que considere pertinentes. Todo ello bajo apercibimiento de rebeldía, art. 1105 del Código de la materia. Asimismo se le notifica que deberá constituir domicilio dentro del radio de esta División Aduana Comodoro Rivadavia Art. 1001
del C. Aduanero bajo apercibimiento de lo normado por el Art. 1004 del citado texto legal, quedando las próximas providencias e incluso la declaración de rebeldía y actos resolutivos notificados ministerio legis. Asimismo se le recuerda que en todas las presentaciones en que se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado, conforme art. 1034 del mismo marco normativo, y de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, ésta deberá acreditar la personería invocada en la primera presentación, arts. 1030 y 1031 del citado cuerpo legal. Se le hace saber que el pago de la multa mínima que le pudiere corresponder asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL VEINTISEIS CON SETENTA Y OCHO/100 $4.026,78 monto que, de ser abonado dentro del mencionado plazo, producirá la extinción de la acción fiscal sin que se registren antecedentes infraccionales en su contra Art. 930 Código Aduanero.
ADRIAN N. SCAGLIONI, Administrador I, Aduana de Comodoro Rivadavia, Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.
e. 20/03/2012 Nº26661/12 v. 20/03/2012

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº44/2012

Art. 1013, inc. h, Ley 22.415.

ACTA Nº1194

Atento desconocer el paradero, como así también domicilio dentro de la República Argentina del Sr. TOLEDO ALVAREZ RAFAEL ANTONIO, de nacionalidad chileno, CI 6.130.231-K se le notifica por este medio que dentro del plazo de 10 diez días hábiles perentorios, deberá comparecer a la sede de esta Aduana de Comodoro Rivadavia, sita en Ameghino Nº1152 de la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, a efectos de presentarse en el Sumario Contencioso Nº108/2009

16

instaurado en su contra, por presunta infracción al art. 970 del Código Aduanero, oportunidad en la cual podrá ejercer su derecho de defensa y ofrecer las pruebas que considere pertinentes. Todo ello bajo apercibimiento de rebeldía, art. 1105 del Código de la materia. Asimismo se le notifica que deberá constituir domicilio dentro del radio de esta División Aduana Comodoro Rivadavia Art. 1001
del C. Aduanero bajo apercibimiento de lo normado por el Art. 1004 del citado texto legal, quedando las próximas providencias e incluso la declaración de rebeldía y actos resolutivos, notificados ministerio legis. Asimismo se le recuerda que en todas las presentaciones en que se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado, conforme art. 1034 del mismo marco normativo, y de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, ésta deberá acreditar la personería invocada en la primera presentación, arts. 1030 y 1031 del citado cuerpo legal. Se le hace saber que el pago de la multa mínima que le pudiere corresponder asciende a la suma de PESOS QUINCE MIL $15.000,00
monto que, de ser abonado dentro del mencionado plazo, producirá la extinción de la acción fiscal sin que se registren antecedentes infraccionales en su contra Art. 930 Código Aduanero.

ADUANA DE COMODORO RIVADAVIA

Comodoro Rivadavia, 6/1/2012

BOLETIN OFICIAL Nº 32.361

Expediente ENRE Nº35.487/2011
Bs. As., 14/3/2012
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte, solicitado por la ADMINISTRACION
PROVINCIAL DE ENERGIA DE LA PAMPA, a requerimiento del DEPARTAMENTO PROVINCIAL

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/03/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/03/2012

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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