Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 20 de enero de 2012

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO
DEL INTERIOR - O.D. 203 AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, de conformidad con la Ley Nº26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº2053/10 y complementada por el Decreto Nº2054/10.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, equiparándolo por el período y al Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme con el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164 y a las condiciones previstas en el ANEXO I adjunto.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y en el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

5

BOLETIN OFICIAL Nº 32.322

TIEMPO DETERMINADO: Desde el 24 de junio hasta el 31 de diciembre de 2011.
APELLIDO

NOMBRES

TD


NIVEL

GRADO

TIEMPO DETERMINADO DESDE:

CERNADAS

ALDO HORACIO

DNI

10.391.070

D

0

24 de junio de 2011

Artículo 1º Exceptúase a D. Emiliano Carlos GABRIELLONI D.N.I. Nº23.682.769 de lo establecido en el inciso c, punto II, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, equiparándolo por el período y al Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme con el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164, de acuerdo con lo consignado en el ANEXO I, que integra la presente medida.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
TIEMPO DETERMINADO: Desde el 1º de agosto hasta el 31 de diciembre de 2011
APELLIDO

NOMBRES

TD


NIVEL

GRADO

TIEMPO DETERMINADO DESDE:

GABRIELLONI

EMILIANO
CARLOS

DNI

23.682.769

C

0

1º de agosto de 2011

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decisión Administrativa 8/2012
Danse por aprobadas contrataciones en el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Secretaría General.

Bs. As., 17/1/2012
VISTO el Expediente Nº 33.441/11 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21
de enero de 2004 y sus modificaciones, la Resolución ex SSGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES ha elevado la propuesta de contratar personal, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.

MINISTERIO DEL INTERIOR

Que el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Decisión Administrativa 62/2011

Que los antecedentes curriculares de los agentes propuestos resultan atinentes a los objetivos de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede autorizar sus contrataciones como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II, del artículo 9º deI Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Dase por aprobada una contratación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Bs. As., 30/12/2011
VISTO el Expediente NºS02:0010825/2011, del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes Nº25.164 y Nº26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº2053/10 y complementada por el Decreto Nº2054/10, el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, las Decisiones Administrativas Nº3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y Nº1 del 7 de enero de 2011, y la Resolución Nº48 del 30 de diciembre de 2002, de la entonces SUBSECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2º, de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Por ello,
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL solicita la excepción prevista en el último párrafo del artículo 9º, del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, a efectos de contratar a D. Aldo Horacio CERNADAS.
Que el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado.
Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar la contratación que se propicia.
Que la persona involucrada en esta medida resulta imprescindible para la consecución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la operatoria del citado Organismo requiere.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.
Que por Decisión Administrativa Nº1/11 se determinaron los créditos presupuestarios, la estimación de los recursos y las fuentes de financiamiento correspondientes a la prórroga del presupuesto vigente del Ejercicio 2011.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO
DEL INTERIOR - O.D. 203 AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, de conformidad con la Ley Nº26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº2053/10 y complementada por el Decreto Nº2054/10.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase a D. Aldo Horacio CERNADAS D.N.I. Nº10.391.070 de lo establecido en el inciso c, punto II del último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421 del 8 de agosto
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION a celebrar la contratación de las personas que se detallan en la planilla que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Alicia M. Kirchner.
ANEXO I
CONTRATOS LEY MARCO DE REGULACION DE EMPLEO PUBLICO NACIONAL Nº 25.164
PERTENECIENTES AL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES - CNCPS
DEL 1/9/2011 AL 31/12/2011
Nº 1
2 3
4 5
6 7
8 9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27

APELLIDO
ABRAHAM
ARAYA
BALCAZA
BEBEK
BERNASCONI
BERTUCCIO
BOURLOT
FERNANDEZ
FERNANDEZ
GABURRO
INSAUSTI
KUCESKI
LIGUORI
LOBASSO
MIGUEZ
NUÑEZ
ORTIZ BROSSARD
PEDEMONTE
PERALTA
PEREZ
PLATINI
POROYAN
RAMIREZ
RIGHETTI ABIGO
TORRES
URQUIZA
VAGLICA

NOMBRES
María Elena José Hernán Romina Paola Juan José María Verónica Andrés Pablo César Ruben Gabriela Elisabeth Hernán Ignacio José Juan Ignacio Javier Hugo Máximo Nicolas Jorge Andrés Santiago Mariano Andrés Mario Emiliano Fernando Daniel Luis Alberto Agustín Nicolas Lucas Sebastián Nélida Noelia Diego Nicolas Luciano Ariel Martín Matías Jorge Matías Gabriel
TIPO DOC.
D.N.I.
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D.N.I.
D.N.I.

Nº DOC.
32.147.364
30.860.074
26.048.054
34.713.942
22.704.493
27.621.317
20.813.513
30.306.096
24.082.705
25.226.743
29.801.597
27.040.971
30.591.732
25.360.314
31.895.016
27.022.839
34.739.866
29.478.432
29.753.076
35.320.595
23.573.819
28.491.123
31.223.650
34.511.199
29.592.088
25.902.469
34.810.345

NIVEL
B B
B C
B B
B B
B B
B B
B B
B B
C B
C C
B B
B B
B B
C

GRADO
0 0
0 0
0 0
2 1
1 0
0 1
1 1
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0 2
1 0
2 0
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0 0
0

DEDIC.
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/01/2012

Conteggio pagine72

Numero di edizioni9396

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione14/07/2024

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