Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 13 de enero de 2012

Expediente Nº1.442.976/11
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1768/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1696/11.
VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO Paritaria 13 de ABRIL 2011
Entre la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIA, en adelante denominada ADEF, por una parte y en representación de los Empleados, con Personería Gremial otorgada por Resolución Número 000142 de fecha 20/09/1954, inscripta en el registro respectivo bajo el número 000265 con carácter de entidad gremial de Primer grado, con domicilio legal en la calle Rincón 1044, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Secretario General, Sr. Alfredo Luís Ferraresi, LE
4.352.931; el Secretario General Adjunto, Dr. Fermín Víctor Carricarte, DNI. 17.031.654; el Secretario Gremial y Acción Social, Dr. Rubén Antonio Bezzato DNI. 12.225.311; el Secretario Tesorero, Sr. Carlos Eduardo Freire D.N.I. 13.362.446 y la Dra. Hemilce Rosa Arias DNI. 4.734.782; y por la otra, en representación de los Empleadores, la CAMARA ARGENTINA DE FARMACIAS C.A.F, representada por su presidente el Sr. Rodolfo Barrero DNI. 7.672.141 y el Director Ejecutivo Sr. Marcelo Kassabchi DNI 12.976.615, con domicilio en Rivadavia 1615, 1º piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la CAMARA DE FARMACIAS BONAERENSE CAFABO, representada por su Presidente de Sr. Julio Alvarez DNI. 4.523.769, y el Sr. Carlos Lerner, D.N.I. 4.843.625 en su carácter de representante, con domicilio en 25 de Mayo 624, Partido de Morón, Pcia. de Buenos Aires; la ASOCIACION PROPIETARIOS
DE FARMACIAS ARGENTINAS ASOFAR, representada por su presidente el Sr. Alfredo Di Salvo DNI
10.621.744 y el Director Ejecutivo Sr. Dan Carlos Alonso DNI 6.230.733, con domicilio en Rivadavia 954, 3º piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Presidente de la CAMARA DE FARMACIAS
DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CAFASUR, Sr. Gustavo Enrique Benedetto DNI 11.885.801, con domicilio en Rivadavia 159, Local 22, Partido de Quilmes, Pcia. de Buenos Aires; el Secretario Adjunto de la ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, Sr. Carlos Luís Nemesio DNI 7.364.025, juntamente con Osvaldo Alberto Zetola DNI 13.630.147 en su carácter de Vocal Titular, con domicilio en la calle Doblas 1356, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la FEDERACION ARGENTINA DE CAMARAS DE FARMACIAS FACAF, representada por su Vicepresidente Segundo y miembro paritario Alberto Ruiz DNI 8.520.929, con el patrocinio letrado de Germán José Alfaro, en adelante LOS EMPLEADORES.
Abierto el acto y luego de intensas tratativas, las partes en conjunto ACUERDAN:
PRIMERA:
Convenir una recomposición salarial no remunerativa a partir del 1 de abril de 2011 hasta el 29
de febrero de 2012, independientemente de su homologación, que se calculará sobre las escalas vigentes de los salarios básicos establecidos en el Art. 12 del Convenio Colectivo de Trabajo 414/05, sobre los haberes básicos remunerativos correspondientes al mes de marzo de 2011, los que se implementarán conforme con la cláusula segunda.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.317

OCTAVA: APORTE EMPRESARIAL EXTRAORDINARIO:
Tomando en consideración que la Asociación de Empleados de Farmacia A.D.E.F. cuenta con el Centro de Formación Profesional Nº26, aprobado por la Resolución Nº2542/91 del Consejo Nacional de Educación Técnica por la cual los trabajadores del gremio farmacéutico mantienen un convenio educativo que brinda la posibilidad de desarrollar la formación técnica y profesional de los trabajadores, en beneficio de las necesidades de la empresa farmacéutica, quien en la actualidad requiere de personal idóneo y capacitado en materia de la realización de tareas básicas como efectores primarios de salud.
Para este fin, los empleadores efectuarán un Aporte Empresario Extraordinario por única vez por todos los trabajadores afiliados o no comprendidos en el CCT 414/05 que integren la nómina de personal al mes de la liquidación, consistente en una suma fija de pesos noventa y cinco con 33/100 $95,33.- mensuales, por cada trabajador.
Esta suma se abonará desde el 1 de agosto de 2011 hasta el 31 de octubre de 2012, inclusive.
Todo excedente deberá ser destinado a Acción Social.
Estas sumas deberán ser depositadas a la orden de la Asociación de Empleados de Farmacia A.D.E.F., denominada Aporte Empresarial Extraordinario a través de la boleta de depósito de ADEF correspondiente a la cuenta Nº6830/1 del Banco de la Provincia de Buenos Aires juntamente con la cuota Sindical.
Las partes acuerdan que en oportunidad de que el Poder Legislativo / Poder Ejecutivo sancione o decrete la finalización de los montos no remunerativos, convenidos en este acuerdo salarial, la presente cláusula CLAUSULA 8 quedará sin efecto, asumiendo el compromiso las partes suscriptoras, de readecuar el aporte extraordinario definido en esta cláusula, según lo establecido por la norma extintiva antes citada, sea legislativa o ejecutiva. Ocurrido esto ultimo, la Comisión Paritaria en forma inmediata se reunirá con la finalidad de establecer los valores correspondientes adecuados a la nueva norma en cuestión.
NOVENA:
Las partes acuerdan expresamente que todas las sumas no remunerativas convenidas en la presente acta devengarán el aporte establecido en el art. 46 del CCT 414/05, a través de la boleta de depósito de ADEF, correspondiente a la cuenta Nº6830/1 del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
DECIMA:
Las partes solicitan la respectiva homologación del presente acuerdo.
En prueba de conformidad, se suscriben 9 ejemplares de un mismo tenor y efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de abril de 2011.
ANEXO I

SEGUNDA:
El presente reajuste salarial será de carácter no remunerativo y acumulativo, y se abonará conforme con el siguiente cronograma:
a un 15% a partir del 1 de abril de 2011;
b un 6,5% a partir del 1 de julio de 2011;
c un 7,5% a partir del 1 de octubre de 2011.
TERCERA:
El incremento que aquí se acuerda tendrá carácter de asignación no remunerativa y se liquidará en el recibo de haberes por rubro separado bajo la denominación Acta Acuerdo Paritaria 13 de abril de 2011.
La totalidad del incremento pactado recién tendrá carácter salarial remunerativo y se incorporará a la escala salarial básica del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 414/05, a partir del 1 de marzo de 2012.
CUARTA:

37

Asignación No Remunerativa Acta Acuerdo Paritaria 13 de abril de 2011
Incremento No Remunerativo BASICOS
abrilmayo y CATEGORIAS
MARZO
junio 2011
2011
CATEGORIA INICIAL A
CATEGORIA INICIAL B
CAJERO, PERFUMERIA Y
ADMINISTRATIVO
EMPLEADO DE FARMACIA
EMPLEADO ESPEC. DE
FARMACIA
FARMACEUTICO

$2.199,96
$2.353,96

15%
$330,00
$353,10

Incremento No Remunerativo julio - agosto y septiembre 2011
6,5%
$494,45
$529,06

$2.438,00

$365,70

$547,94

$771,89

$3.209,89

$2.522,05

$378,31

$566,83

$798,49

$3.320,54

$2.998,55

$449,79

$673,94

$949,37

$3.947,92

$3.278,82

$491,83

$736,93

$1.038,11

$4.316,93

Sumatoria No Remunerativa octubre 2011 a febrero 2012
7,5%

BASICOS
MARZO
2012

$696,53
$745,29

$2.896,49
$3.099,25

En prueba de conformidad, se suscriben nueve 9 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de abril del año 2011.

El presente acuerdo comprende el período 1º de abril de 2011 al 29 de febrero de 2012.
QUINTA:
Las partes acuerdan que el incremento porcentual fijado en la presente en su cláusula segunda, también será tomada en cuenta para calcular y abonar los incisos a; b; c y d del art. 18 del CCT
414/05.
SEXTA:
El presente incremento sólo podrá ser absorbido hasta su concurrencia por aquellas empresas que hubieren otorgado incrementos salariales a cuenta de futuros aumentos, desde enero de 2011
hasta la firma del presente acuerdo.
SEPTIMA:
Se pacta, para los meses de julio y diciembre, el pago de una suma no remunerativa que se detalla a continuación:
7.1 JULIO 2011: La suma fija de $150 para cada una de las categorías laborales establecidas en el art. 12 / CCT 414/05.
7.2 DICIEMBRE 2011: Una suma fija consistente en:
Para la Categoría Inicial A: $279.
Para la Categoría Inicial B: $298,50.
Para las Categorías Personal Administrativo - Perfumería - Cajero: $309,20.
Para la Categoría de Empleado de Farmacia: $319,85.
Para la Categoría de Empleado Especializado de Farmacia: $380,25.
Para la Categoría Farmacéutico: $415,80.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1769/2011
Registro Nº 1700/2011
Bs. As., 2/12/2011
VISTO el Expediente Nº 1.465.620/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 t.o. 2004, la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LA INDUSTRIA
CINEMATOGRAFICA ARGENTINA SICA por el sector sindical y el empleador JUAN JOSE STAGNARO por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.465.620/11 y ha sido debidamente ratificado a fojas 9 y 13 de las mismas actuaciones.
Que el acuerdo cuya homologación se solicita se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo C.C.T. Nº 235/75 y mediante el mismo se establece un incremento salarial en los términos, plazos y conforme con los lineamientos allí establecidos el que se plasma en las escalas salariales que forman parte del mismo.
Que existen antecedentes negociales entre las partes individualizadas en el primer párrafo del presente, plasmado en el acuerdo que ha sido debidamente homologado mediante Resolución Secretaria de Trabajo S.T. Nº 1068, de fecha 20 de agosto de 2008.
Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente resolutorio.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2012 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/01/2012

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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