Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 25 de enero de 2011

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.077
Cargo 5ta.

Básico 2.064,24

Ant.
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a24
25 a 30
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 36
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30

Coef 1
1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5

Subtotal 2064,24
2167,45
2270,66
2477,09
2683,51
2889,94
3096,36
2040,00
2142,00
2244,00
2448,00
2652,00
2856,00
3060,00
2010,82
2111,36
2211,90
2412,98
2614,06
2815,14
3016,22
2280,00
2394,00
2508,00
2736,00
2964,00
3192,00
3420,00
2256,00
2368,80
2481,60
2707,20
2932,80
3158,40
3384,00
2340,00
2457,00
2574,00
2808,00
3042,00
3276,00
3510,00

30%
619,27
650,24
681,20
743,13
805,05
866,98
928,91
612,00
642,60
673,20
734,40
795,60
856,80
918,00
603,24
633,41
663,57
723,89
784,22
844,54
904,87
684,00
718,20
752,40
820,80
889,20
957,60
1026,00
676,80
710,64
744,48
812,16
879,84
947,52
1015,20
702,00
737,10
772,20
842,40
912,60
982,80
1053,00

total 2683,51
2817,69
2951,86
3220,21
3488,57
3756,92
4025,27
2652,00
2784,60
2917,20
3182,40
3447,60
3712,80
3978,00
2614,06
2744,76
2875,47
3136,87
3398,28
3659,69
3921,09
2964,00
3112,20
3260,40
3556,80
3853,20
4149,60
4446,00
2932,80
3079,44
3226,08
3519,36
3812,64
4105,92
4399,20
3042,00
3194,10
3346,20
3650,40
3954,60
4258,80
4563,00

6ta.

2.040,00

7ma.

2.010,82

Auxiliar
2.280,00

Sub Capataz
2.256,00

Capataz
2.340,00

Sub Encargado
2.292,00

0a4
5a9
10 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
mas de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
mas de 30

1
1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1.5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5

2292,00
2406,60
2521,20
2750,40
2979,60
3208,80
3438,00
2388,00
2507,40
2626,80
2865,60
3104,40
3343,20
3582,00

3.309,56

687,60
721,98
756,36
825,12
893,88
962,64
1031,40
716,40
752,22
788,04
859,68
931,32
1002,96
1074,60
992,87

2979,60
3128,58
3277,56
3575,52
3873,48
4171,44
4469,40
3104,40
3259,62
3414,84
3725,28
4035,72
4346,16
4656,60
4302,43

Encargado
2.388,00

Coordinador de deportes Sub Intendente Intendente Sub Jefe Jefe A
Jefe B

3.140,00
3.876,1 7
3.608,99
4.259,48
3.876,17

942,00
1162,85
1082,70
1277,85
1162,85

4082,01
5039,02
4691,68
5537,33
5039,02

Que por último, correspondería que una vez dictado el administrativo homologatorio del acuerdo y acta complementaria de referencia, se proceda a evaluar la procedencia de elaborar, el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, que impone a este Ministerio la obligación de fijar los promedios de las remuneraciones y el tope indemnizatorio al cálculo de la indemnización que le corresponde a los trabajadores en caso de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el acuerdo y acta complementaria celebrados entre la ASOCIACION BANCARIA SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO, por la parte gremial, y el CLUB ATLETICO BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte empresaria, que lucen a fojas 59/62 del Expediente Nº1.347.746/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el acuerdo y acta complementaria obrantes a fojas 59/62 del Expediente Nº1.347.746/09.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº18/75.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y acta complementaria homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.347.746/09
Buenos Aires, 19 de octubre de 2010
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1585/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 59/62 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1565/10. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
I.- Las partes arriban al acuerdo salarial conforme la documentación que se adjunta como anexo. El mismo refleja la nueva escala salarial que reemplaza la totalidad de los rubros salariales abonados hasta el presente, teniendo vigencia a partir del mes de Julio de 2010.
II.- Por las razones señaladas en el acápite I, las partes convienen que en cada oportunidad en que la Asociación Bancaria suscriba un incremento salarial de carácter remunerativo para el conjunto de la actividad que representa, se iniciarán las negociaciones necesarias para arribar un nuevo acuerdo salarial.

Cargo 2da.

Básico 2.220,00

3ra.

2.160,00

4ta.

2.084,78

Ant.
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30
0a4
5a9
10 a 15
16 a 20
21 a 24
25 a 30
más de 30

Coef 1
1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
1 1,05
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5

Subtotal 2220,00
2331,00
2442,00
2664,00
2886,00
3108,00
3330,00
2160,00
2268,00
2376,00
2592,00
2808,00
3024,00
3240,00
2084,78
2189,02
2293,26
2501,74
2710,22
2918,70
3127,18

30%
666,00
699,30
732,60
799,20
865,80
932,40
999,00
648,00
680,40
712,80
777,60
842,40
907,20
972,00
625,44
656,71
687,98
750,52
813,07
875,61
938,15

total 2886,00
3030,30
3174,60
3463,20
3751,80
4040,40
4329,00
2808,00
2948,40
3088,80
3369,60
3650,40
3931,20
4212,00
2710,22
2845,73
2981,24
3252,26
3523,28
3794,31
4065,33

68

EXPTE. Nº1.347.746/09
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil diez, siendo las 1615 horas. comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SGURIDAD
SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mi Sandra Yolanda CESAR
Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el señor Carlos IRRERA
Prosecretario Gremial Nacional, el señor José Maria MOLINARI Secretario Gremial seccional Buenos Aires, Alejandro FAGIANI Secretario de Cultura, Noelia Acevedo; Oscar VALLEJOS, Luis Alberto IBAÑEZ;
en su calidad de delegado en representación de la ASOCIACION BANCARIA patrocinados por la Dra. Rita PILLADO por una parte y por la otra lo hacen el señor José Luis SUAREZ en su calidad de Gerente del CLUB ATLETICO BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, patrocinado por el Dr. Juan Eduardo BETTINELLI todos con identidad, personería y demás datos acreditados en autos.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, esta procede a ceder el uso de la palabra a ambas representaciones quienes de común acuerdo y por sí MANIFIESTAN: Que vienen por este acto a acompañar acuerdo realizado de manera directa, ratificando en un todo el contenido y firmas, y solicitando en consecuencia la respectiva homologación.
En este estado la funcionaria actuante procede a hacer saber a las partes que se procederá a elevar los presentes obrados para la prosecución del trámite.
Siendo las 16.30 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mí funcionaria que CERTIFICO.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/01/2011

Conteggio pagine72

Numero di edizioni9417

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

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