Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 7 de enero de 2011

Primera Sección
Que con motivo de lograr lo solicitado la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL convocó la Licitación Pública Nº47/10, autorizada por Resolución D.N.S.P.F. Nº1704 de fecha 10 de septiembre de 2010.
Que asimismo la mencionada Resolución aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado al efecto.
Que efectuado el Acto de Apertura de Ofertas el 12 de octubre de 2010 se presentaron cotizando las firmas FRIGORIFICO PENTA S.A., OLAZUL S.A., MARTINICO S.A., RAIALE S.R.L., D&D COMERCIAL S.R.L. y CABUTIA S.R.L.
Que a fojas 366 obra agregado el Cuadro Comparativo de las ofertas de cada una de las firmas intervinientes en la presente licitación.
Que a fojas 409/411 obra glosado el Dictamen de Evaluación Nº107 del 28 de octubre de 2010, por el cual se preadjudica la presente licitación de acuerdo al siguiente detalle: el renglón 1 a la firma MARTINICO S.A., el renglón 2 a la firma RAIALE S.R.L. y el renglón 3 a la firma CABUTIA S.R.L. por resultar sus ofertas admisibles y convenientes; declarándose desestimada la oferta correspondiente a la firma OLAZUL S.A. por aplicación del artículo 74, inciso c del Anexo al Decreto Nº436/00 en concordancia con su artículo 52, inciso a presentar insuficiente garantía de oferta y por aplicación del artículo 74, inciso g del Anexo al Decreto Nº436/00 por someterse expresamente a los juzgados en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la firma comercial OLAZUL S.A. interpuso impugnación contra el Dictamen de Evaluación Nº107/10, a tenor de su presentación obrante a fojas 446/447.
Que la firma impugnante alega que el error incurrido respecto a la declaración jurada donde se sometió al fuero judicial por los efectos legales emergentes de la presente licitación, se trata de un error de forma susceptible de subsanación; razón por la cual, a su criterio, la Comisión Evaluadora debió intimarla a subsanar tal deficiencia, tal como lo determina el artículo 12 de la Resolución M.E.
Nº834/00.
Que sobre el particular tomó intervención la DIRECCION DE AUDITORIA GENERAL del organismo contratante, asentando que la oferta de OLAZUL S.A. adolece de defectos de fondo y no de forma, los cuales no pueden ser objeto de subsanación.
Que respecto a la presentación de la garantía de oferta, señala el órgano opinante que la recurrente no emitió objeción alguna en su impugnación, por lo que entiende que dicha situación se encuentra convalidada.
Que en relación con la otra causal de desestimación, pone de relieve que tanto la normativa como la doctrina aplicable al caso llevan a la conclusión de que existe la protección a un valor jurídico como es el respeto por la situación del oferente cumplidor, que no permite la reparación de errores tal como lo denuncia la quejosa que contrarían principios o reglas que se fijan de antemano en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige un procedimiento licitatorio.
Que en razón de todo lo expuesto la DIRECCION DE AUDITORIA GENERAL concluyó que la impugnación de la oferente OLAZUL S.A. no reviste entidad suficiente como para ser acogida favorablemente.
Que por su parte, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio compartió los argumentos plasmados por el órgano preopinante, señalando que corresponde desestimar la impugnación en cuestión toda vez que la recurrente no presentó adecuadamente la garantía de mantenimiento de oferta.
Que resulta necesario destacar que para la preadjudicación la Comisión Evaluadora consideró las propuestas más económicas, las mejoras de precios obtenidas, aconsejando finalmente adjudicar esos valores como convenientes subrayando al mismo tiempo la necesidad impostergable de continuar con la prestación alimentaria a los fines de cumplimentar con los principios fundamentales establecidos en el artículo 65 de la Ley Nº24.660, como así también la confección de los menúes sugeridos y establecidos por la Resolución D.N. S.P.F. Nº1807/07, aplicando ese criterio para no disminuir la calidad ni la cantidad de los alimentos a suministrarse a la población penal y agentes de servicio, salvaguardando los intereses del Estado.
Que la variación evidenciada entre el monto presupuestado en la convocatoria y el total preadjudicado encuentra fundamento en lo expresado en el anexo al Dictamen de Evaluación Nº107/10 fojas 412/416.
Que se ha notificado a cada una de las firmas participantes el Dictamen de Evaluación Nº107/10, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 80 del Anexo al Decreto Nº436/00.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE AUDITORIA GENERAL de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº1344/07.
Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase la Licitación Pública Nº 47/10, convocada por la DIRECCION
NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL para resolver la adquisición de carne vacuna, pollo y chorizo para cubrir las necesidades del COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL NºII
MARCOS PAZ, por un período de NOVENTA 90 días.
ARTICULO 2º Adjudícase la Licitación referida en el artículo 1º de acuerdo al siguiente detalle: a la firma MARTINICO S.A. el renglón 1 por un importe total de PESOS DIECISEIS MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS $ 16.254,50, a la firma RAIALE S.R.L. el renglón 2 por un importe total de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS $988.865,81 y a la firma CABUTIA S.R.L. el renglón 3 por un importe total de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS $145.468,89, por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ascendiendo las adjudicaciones al importe total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTE
CENTAVOS $1.150.589,20.
ARTICULO 3º Declárase desestimada la oferta correspondiente a la firma OLAZUL
S.A. por aplicación del artículo 74, inciso c del Anexo al Decreto Nº436/00, en concordancia con su articulo 52, inciso a y por aplicación del artículo 74, inciso g del Anexo al Decreto Nº436/00.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.065

90

ARTICULO 4º Desestímase la impugnación de la oferente OLAZUL S.A. contra el Dictamen de Evaluación Nº107/10, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTICULO 5º Autorízase a la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL a emitir las respectivas Ordenes de Compra.
ARTICULO 6º El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo a la cuenta Administración Central - Servicio Administrativo Financiero 331 - Ejercicio 2010.
ARTICULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. Julio C. Alak, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
e. 07/01/2011 Nº1402/11 v. 07/01/2011

AVISOS OFICIALES
Anteriores % 90 %
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL CORDOBA
Córdoba, 9/11/2010
La Dirección Regional Córdoba, de la Dirección General Impositiva, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, notifica por este medio a los contribuyentes cuyo detalle abajo se consigna y/o responsables de los mismos, que deberán constituirse dentro del plazo de 15 quince días, en la sede de la División Fiscalización Nº1 sita en la calle 27 de Abril Nº784, Piso 3º, de la Ciudad de Córdoba, a efectos de retirar la documentación que fuera puesta bajo la guarda del Organismo, bajo apercibimiento que de no concurrir por sí o por apoderado debidamente autorizado, se procederá a la destrucción de la totalidad de la documentación en cuestión.
CONTRIBUYENTE
CENTRO DISTRIBUIDOR S.A. y/o CENTRO
DISTRIBUIDOR JESUS MARIA S.A.
FRIGORIFICOS MEDITERRANEOS S.A.
Cantidad de Publicaciones 5

Número del Aviso
CUIT

Orden De Intervención
30-60709943-6
30-52118876-2

6477/7 AÑO 1992
7367/9 AÑO 1992

Fecha de Comienzo de la Publicación 17/11/2010

Fecha de Finalización de la Publicación 24/11/2010

Cont. Púb. SILVIA MARIA LOPEZ, Jefe Int. Sección Administrativa, Dirección Regional Córdoba.
e. 06/01/2011 Nº139547/10 v. 12/01/2011

% 90 %
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios al señor LEANDRO ULISES VERGARA ALVAREZ DNI 23.867.421 para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, sito en Reconquista 250, Piso 5º, Oficina 8502, Capital Federal, en el horario de 10 a 13hs., a estar a derecho en el Expediente Nº101351/08, Sumario Nº4352, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8º de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº19.359
t.o. por Decreto Nº480/95, bajo apercibimiento de declararle su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
NANCY V. SCIORRA, Jefe del Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios.
LAURA ANGELICA BONFIGLIO, Analista Administrativo, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 06/01/2011 Nº163520/10 v. 11/01/2011

% 90 %
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios al señor CARLO RODOLFO GALINDO DNI Nº93.976.829 para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, sito en Reconquista 250, Piso 5º, Oficina 8502, Capital Federal, en el horario de 10 a 13hs., a estar a derecho en el Expediente Nº100990/06, Sumario Nº3837, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8º de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº19.359 t.o. por Decreto Nº480/95, bajo apercibimiento de declararle su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
NANCY V. SCIORRA, Jefe del Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios.
LAURA A. BONFIGLIO, Analista Administrativo, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 03/01/2011 Nº163515/10 v. 07/01/2011

% 90 %
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 diez días hábiles bancarios al señor DIEGO FERNANDO CARRIZO DNI 25.862.072 para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, sito en Reconquista 250, Piso 5º, Oficina 8502, Capital Federal, en el horario de 10 a 13hs., a estar a derecho en el Expediente Nº100307/08, Sumario Nº4437, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8º de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº19.359 t.o. por Decreto Nº480/95, bajo apercibimiento de declararle su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial.
NANCY V. SCIORRA, Jefe del Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios.
LAURA A. BONFIGLIO, Analista Administrativo, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 03/01/2011 Nº163522/10 v. 07/01/2011

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2011 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data07/01/2011

Conteggio pagine92

Numero di edizioni9417

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

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