Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2010 - Primera Sección

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Primera Sección
Miércoles 20 de enero de 2010

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

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sus modificatorias, que impone a este Ministerio la obligación de fijar los promedios de las remuneraciones y el tope indemnizatorio al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en caso de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.825

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Por ello,
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado convenio.

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA APUAYE, por la parte gremial y el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS, por el sector empresarial, obrante a foja 2, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello,
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 2 el Expediente Nº1.325.296/09.

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº935/07 E.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado por celebrado por F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº1.318.930/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº1.318.930/09.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difu-

Expediente Nº1.325.296/09
Buenos Aires, 8 de julio de 2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº806/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº715/09. VALERIA ANDREA
VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO Nº4
En la ciudad de Paraná, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil nueve 16/4/2009, reunidas por una parte el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS, el EPRE representada en este acto por el señor Interventor Arq. Francisco TAIBI y el Jefe del Departamento Administrativo Contable Fabián KOCHENDOERFER, y por la otra la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, la APUAYE representada por los Ingenieros Jorge ARIAS y José ROSSA, en su carácter de Presidente y Vicepresidente respectivamente, en conjunto las Partes, acuerdan lo siguiente:

sión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº547/03 E.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Convenio Colectivo de Trabajo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.318.930/09
Buenos Aires, 8 de julio de 2009

PRIMERO.
Dejar sin efecto a partir del primero de abril de dos mil nueve 1/4/2009, la exclusión del cargo de Director Jurídico del Convenio Colectivo de Trabajo Nº935/07 E vigente, establecida en la cláusula PRIMERA del ACTA ACUERDO Nº2 de fecha 3 de julio de 2008, homologada según Resolución S.T. Nº1571
de fecha 24 de octubre de 2008.
SEGUNDO.
Incluir, en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº935/07 E vigente, el cargo citado de Director Jurídico y consecuentemente al profesional universitario que lo desempeñe, a partir del primero de abril de dos mil nueve 1/4/2009.

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº807/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº730/09. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 20 días del mes de febrero de 2009, se reúnen, por una parte, los Señores Osvaldo IADAROLA, Claudio MARIN y Alejandro TAGLIACOZZO en representación de FOETRA
SINDICATO BUENOS AIRES y por la otra, los Sres. Rafael BERGES, José María PASTOR BEDOYA y Daniel DI FILIPPO en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., quienes manifiestan lo siguiente:
PRIMERO: GRUPO CLIENTES

Leída y ratificada la presente Acta Acuerdo Nº4 en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, elevándose la misma a la Autoridad de Aplicación para su correspondiente homologación.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº807/2009
Registro Nº730/2009
Bs. As., 2/7/2009
VISTO el Expediente Nº1.318.930/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº1.318.930/09 obra el Acuerdo celebrado por F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones laborales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº547/03 E, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, se estima pertinente que las partes acompañen las escalas correspondientes a efectos que la Dirección de Regulaciones del Trabajo proceda a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y
De acuerdo con lo acordado en el punto SEGUNDO del acta de fecha 20/2/09 las partes acuerdan la creación de un nuevo Grupo Laboral denominado Grupo Clientes cuyas funciones y categorías profesionales serán las siguientes:
Funciones:
1. Venta directa de productos de telefonía Fija asociados al segmento masivo. Dichas funciones se encuentran contenidas dentro de las Unidades Organizativas de Fuerza de Venta Directa y Tups Com AMBA, ambos organismos pertenecientes a la Dirección Residenciales.
2. Gestión personalizada de la morosidad de una cartera asignada de Clientes minimizando el índice de incobrabilidad. Dichas funciones se encuentran contenidas dentro de la Unidad Organizativa Cobranzas.
Categorías:
Categoría 1
2 3

Descripción profesional Oficial de Fuerza de Venta Ejecutivo Jr.
Ejecutivo Sr.

Las condiciones de trabajo del Grupo Clientes son las siguientes:
a será de aplicación para este nuevo grupo laboral, en tanto no alteren a las condiciones establecidas en el presente acuerdo, las disposiciones del CCT 547/03 E, a excepción de los artículos 15 y 22.
b La jornada de trabajo será de treinta y dos horas y media semanales, con media hora diaria adicional de discontinuidad, con excepción de lo dispuesto en el inciso g, siendo facultad de la Empresa establecer los horarios, el escalonamiento de los mismos y sus eventuales modificaciones.
c Se establece, en atención al interés común manifestado por las partes de aumentar la eficiencia y la calidad de los servicios y con el fin de favorecer la formación continúa de los trabajadores a la vez que su desarrollo laboral, que estos grupos tengan funciones de mayor amplitud a los efectos de atribución de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2010 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/01/2010

Conteggio pagine84

Numero di edizioni9420

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/08/2024

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