Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 19 de enero de 2010
3º de la citada ley en forma adicional a las distribuciones de fondos regidas por dicha ley, salvo las previstas en otros regímenes especiales.
Que por el Artículo 97 de la Ley Nº11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005, se autoriza al ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, a acordar a las Provincias y al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal, que deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante retenciones sobre el producido de los mismos impuestos coparticipados, con el objeto de subsanar deficiencias transitorias de caja o cuando razones de urgencia así lo aconsejen. Asimismo, cuando razones fundadas aconsejen extender dicho plazo, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con opinión favorable del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, podrá ampliarlo sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue. Los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa que fije el citado Ministerio en cada oportunidad, no pudiendo exceder la que abone el TESORO NACIONAL por el acceso a los mercados de crédito.
Que por el Artículo 97 de la Ley Nº11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005, se establece que una vez verificada la retención total del anticipo otorgado se determinará el interés devengado, el cual será reintegrado mediante el mecanismo dispuesto en el primer párrafo de dicho artículo.
Que el mencionado anticipo puede otorgarse, ya que lo posibilita la participación local prevista para dichos gravámenes.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y el Artículo 97 de la Ley Nº11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto T.O.
2005.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Facúltase a la SECRETARIA DE
HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a otorgar adelantos financieros a la Provincia de TIERRA
DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, por hasta la suma total de PESOS
VEINTE MILLONES $20.000.000.
Art. 2º Facúltase a la SECRETARIA DE
HACIENDA a disponer la cancelación de los anticipos otorgados con más los intereses que se devenguen, la que se efectuará mediante la afectación de la respectiva participación en el Régimen de la Ley Nº23.548 y sus modificaciones o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 97 de la Ley Nº11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto T.O. 2005.
A tal fin, el Gobierno de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL
ATLANTICO SUR deberá disponer:
a La afectación de su participación en el Régimen de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido por la Ley Nº23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados con más sus intereses.
b La autorización al Gobierno Nacional para retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley Nº23.548 y sus modificaciones o
el régimen que la sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta los montos anticipados, a fin de cancelar los fondos que se otorgan más sus intereses.
Art. 3º La CONTADURIA GENERAL DE LA
NACION registrará la presente erogación en concepto de anticipo de fondos de la TESORERIA
GENERAL DE LA NACION, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y cargará en cuenta el importe equivalente a la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA
E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER Aníbal D.
Fernández Amado Boudou.

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO

BOLETIN OFICIAL Nº 31.824

3

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el pago de los viáticos, correspondientes al Nivel Jerárquico I según lo dispone el Decreto Nº 280/95, por SEIS 6 días a la señora Da.
Yvonne Elizabeth FISHER M.I. Nº12.639.789
en la ciudad de Nueva Delhi REPUBLICA DE
LA INDIA, correspondiendo la aplicación del artículo 19 del citado Decreto para CUATRO 4
días.

RES - NUEVA DELHI - BUENOS AIRES, a favor de la señora Da. Yvonne Elizabeth FISHER.

Art. 3º Convalídase en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO la emisión de la orden de pasaje para el tramo BUENOS AI-

Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge E. Taiana.

Art. 4º Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para el ejercicio en vigencia.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2265/2009
Prorróganse designaciones en la Secretaría de Trabajo.

Decreto 51/2010
Convalídase el desplazamiento a la Ciudad de Nueva Delhi República de la India de un funcionario para asistir a la señora Presidenta de la Nación.
Bs. As., 12/1/2010
VISTO el viaje que la señora Presidenta de la Nación realizó a la ciudad de Nueva Delhi REPUBLICA DE LA INDIA entre los días 13 y 15 de octubre de 2009 y el Expediente Nº52.411/2009 del registro del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:
Que la señora Da. Yvonne Elizabeth FISHER se trasladó a la ciudad de Nueva Delhi REPUBLICA DE LA INDIA entre los días 11 y 17 de octubre de 2009, a los efectos de asistir en calidad de intérprete a la señora Presidenta de la Nación.
Que el Decreto Nº280/95 establece el régimen al que se ajustarán los viajes al exterior del personal de la Administración Pública Nacional, disponiendo en su Artículo Nº19
que, cuando se trate de funcionarios que integren misiones al exterior encabezadas por los señores Presidente y Vicepresidente de la Nación, o funcionarios comprendidos en el Nivel Jerárquico I de la planilla que obra como Anexo III del citado Decreto, tanto esos últimos titulares de misión cuanto sus acompañantes, podrán optar por percibir el monto diario de los gastos que ocasione su alojamiento en hotel, juntamente con el TREINTA Y TRES POR CIENTO 33% del importe del viático diario establecido para ese destino, en reemplazo del total del viático diario que les correspondería.
Que han tomado debida intervención la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y
ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Convalídase el desplazamiento de la señora Da. Yvonne Elizabeth FISHER M.I.
Nº12.639.789 a la ciudad de Nueva Delhi REPUBLICA DE LA INDIA entre los días 11 y 17 de octubre de 2009, a los fines señalados en el Visto y Considerando precedentemente expuestos.
Art. 2º Convalídase en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
Bs. As., 28/12/2009
VISTO el Expediente Nº1.337.308/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.422 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 227 del 25
de marzo de 2009, 228 del 25 de marzo de 2009, 262 del 7 de abril de 2009, 271 del 7 de abril de 2009, 339 del 16 de abril de 2009, 384 del 23 de abril de 2009, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros 11 del 6 de enero de 2006, 962 del 3 de septiembre de 2007 y 566 del 30 de junio de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.422 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 3º del Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº11 del 6 de enero de 2006 se aprobaron las aperturas inferiores del primer nivel operativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, establecida por el Decreto Nº628 del 13 de julio de 2005.
Que por el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº962 del 3 de septiembre de 2007 se aprobó la apertura a nivel departamental de la SECRETARIA DE TRABAJO de esa Cartera de Estado.
Que por el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº566 del 30 de junio de 2009 se aprobó la dotación de dicho Ministerio conforme el detalle que como panilla anexa al citado artículo forma parte integrante de la referida resolución.
Que por los Decretos Nros. 227 del 25 de marzo de 2009, 228 del 25 marzo de 2009, 262
del 7 de abril de 2009, 271 del 7 de abril de 2009, 339 del 16 de abril de 2009 y 384 del 23
de abril de 2009 se designaron con carácter transitorio en el ámbito del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a los funcionarios mencionados en dichas medidas.
Que por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.
Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles establecido en los Decretos precitados y no habiéndose efectuado las correspondientes convocatorias al proceso de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar por un término similar las designaciones transitorias de todos los funcionarios involucrados en el presente decreto.
Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº491/02.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/2010 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/01/2010

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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