Boletín Oficial de la República Argentina del 21/12/2009 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, lunes 21
de diciembre de 2009

Boletin Oficial
Año CXVII
Número 31.805

de la RepUblica Argentina
Precio $ 1,10

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
incluye suplemento actos de gobierno Pág.

LEYES

LEYES
EDUCACION SUPERIOR
26.559
Créase la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
26.565
Sustitúyese el Anexo de la Ley Nº24.977 Monotributo. Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico. Sustitúyese el Artículo 17 de la Ley Nº26.063

1

EDUCACION SUPERIOR
Ley 26.559

3

Créase la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Sancionada: Noviembre 18 de 2009
Promulgada de Hecho: Diciembre 16 de 2009

DECRETOS

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ASUETO
2090/2009
Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre

8

FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
2051/2009
Apruébase una designación en la Gerencia de Finanzas y Administración

8

GENDARMERIA NACIONAL
2075/2009
Promociones
INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
2055/2009
Dase por prorrogada una designación en la Dirección de Políticas Contra la Discriminación
2053/2009
Dase por aprobada la prórroga de una designación en la Dirección de Asistencia y Asesoramiento a Personas en Situación de Discriminación
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
2047/2009
Danse por aprobadas designaciones en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

8

8

9

9

JUSTICIA
2101/2009
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Juez Federal de Primera Instancia de Córdoba, Juzgado Nº3

10

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
2049/2009
Dase por aprobada una designación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

10

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
2052/2009
Dase por prorrogada una designación en la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación

10

2054/2009
Dase por aprobada una designación en la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
2076/2009
Promociones de personal superior

11

CREACION DE LA UNIVERSIDAD DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL
ATLANTICO SUR
ARTICULO 1º Créase la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, la que estará sujeta al régimen jurídico aplicable a las Universidades Nacionales.
ARTICULO 2º La Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur se constituirá sobre la base de la transformación de la Sede Ushuaia de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
El Poder Ejecutivo nacional por intermedio del Ministerio de Educación de la Nación, constituirá una Comisión Especial conformada por: UN 1 representante del propio Ministerio, UN 1 de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco y DOS 2 designados por el Rector Organizador, en representación de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Dicha Comisión tendrá como misión implementar el proceso de transferencia a la nueva Universidad, a través de la firma de un acuerdo marco y/o de la utilización de otras herramientas legales pertinentes, de todos los servicios educativos de la sede anteriormente citada, sus bienes muebles e inmuebles, así como su personal docente y no docente.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario
11

DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Continúa en página 2

Director Nacional
También asegurará los mecanismos para la continuidad, graduación y certificación de los estudiantes, respetando sus derechos adquiridos.
ARTICULO 3º El Ministerio de Educación de la Nación, dispondrá la designación del Rector Organizador que tendrá las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la Ley Nº24.521 y que durará en su cargo hasta tanto se elijan las autoridades que establezca el futuro estatuto de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 4º El Rector Organizador será asistido para la formulación del proyecto institucional por una Comisión Asesora integrada por DOS
2 representantes del Gobierno provincial uno por cada departamento territorial y UN 1 representante del Ministerio de Educación de la Nación.
Este proceso de diseño se ajustará a lo pautado en los artículos 5º y 6º de la presente ley.
ARTICULO 5º El proyecto institucional deberá responder a las necesidades sociales, económicas, culturales y del desarrollo integral de la provincia, debiendo contemplar un plan de crecimiento viable para establecer sedes efectivas, con oferta académica sustantiva y equilibrada en los principales centros urbanos del territorio provincial.
ARTICULO 6º El proyecto institucional y las autoridades de la Universidad Nacional creada, en el marco de la administración de los recursos asignados, deberán garantizar:
a Que el personal transferido mantenga en todos los casos la equivalencia en la jerarquía, funciones y situación de revista en que se encontrasen a la fecha de la transferencia.
b Que se reconozca su antigedad en la carrera y en el cargo cualquiera sea su carácter.
ARTICULO 7º El Rector Organizador una vez designado quedará facultado para gestionar y aceptar de las administraciones nacional; provincial y/o municipal de su ámbito regional y/o de instituciones públicas y privadas, la cesión de bienes muebles e inmuebles y/u otros derechos a incorporar al patrimonio de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 8º Hasta tanto se incluya en la ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional el presupuesto correspondiente al funcionamiento de la Universidad creada por la presente, asígnese a la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº723.199
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/12/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data21/12/2009

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9381

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2009>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031