Boletín Oficial de la República Argentina del 13/04/2009 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Lunes 13 de abril de 2009
14
BOLETIN OFICIAL Nº 31.631
PERIODO 2008
Nº
EXPEDIENTE
RAZON SOCIAL
12
S01-0360566/08
13
11853W0B5
14
S01-0053868/08
C.U.I.T
C.B.U
30-64667324-7
011028352002831075391-5
DIEPPE S.A.
30-70084681-0
311001350100000042207-6
DANIELLE CATALINA, GARELLO
30-66879217-7
015052690200010151931-9
SALVADOR JOSE PUIGPINOS
enero
febrero
0,00
marzo
0,00
abril
0,00
mayo
0,00
junio
2.317,04
julio
agosto
septiembre
octubre
noviembre
diciembre
20.533,73
33.783,53
29.912,13
39.721,76
30.239,95
30.359,67
155.047,01
216.714,26
189.870,56
146.301,59
89.856,32
58.512,88
32.435,14
104.235,22
86.628,38
117.782,43
S.A.
HECTOR MIGUEL Y GARELLO
MARTA ADRIANA S.H.
15
S01-0036916/07
IRUANYAK S.R.L.
30-70855426-6
191009575500950205386-4
16
S01-0076798/08
RAUL OMAR ALVARO
20-05383121-5
014031050163280308562-6
69.680,31
17
S01-0157618/08
LA BRITANIA SRL
30-70844759-1
020036630100000025656-5
131.113,94
128.768,30
117.769,76
18
S01-0079667/08
SUCESORES DE MIGUEL
30-62949321-9
014032280163610045931-3
89.454,73
87.236,01
74.394,11
20-06130645-6
191038335503830000169-6
28.724,09
30-60708056-5
072016592000000091255-4
47.998,19
33-56966891-9
011044422004440055563-2
14.673,98
39.087,75
81.731,84
64.184,58
52.074,00
36.251,71
CAMIO S.A
19
S01-0000892/08
CAPPELLETTI OSCAR NAZARENO
20
S01-0024162/07
LAS LAJITAS S.A.
21
S01-0108462/08
TRUMIL S.A
TOTAL
4.926.465,29
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 13, 40, 49, 58, 66, 72, 81, 88, 97, 121, 126, 133, 144, 151, 172, 190, 204, 218 y 225.
PRODUCCION DE GANADO BOVINO
Resolución 3195/2009
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 260 respectivamente.
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº9/2007 del entonces Ministerio de Economía y Producción.
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral Feed Lots.
Bs. As., 6/4/2009
VISTO el Expediente NºS01:0102835/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 259, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del citado Ministerio, se facultó expresamente a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.
Que mediante Resolución Nº1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por sus similares Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas ellas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº9/07 y su complementaria Nº40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que mediante la referida Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes de los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TRES
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS $3.662.426,87 por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PPESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS $3.662.426,87 por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Eyras.
ANEXO
PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANDO BOVINO A CORRAL FEED LOTS
Nº
EXPEDIENTE
RAZON SOCIAL
C.U.I.T
C.B.U
PERIODO 2008
enero
febrero
marzo
abril
mayo
junio
julio
2
S01-0109541/08
HUGO JORGE ROSA
20-12568986-9
014036550167890060105-7
3
11184O0WP/08
MARIA AMALIA MC INNES
27-17854631-2
011012832001281101412-3
4
S01-0162156/08
AGROVETERINARIA CAM-
33-62045234-9
191035985503590149186-4
5
S01-0306822/08
CAMPO NOBLE SA
30-68251989-0
011039682003961073099-9
6
S01-0335682/08
FIORI EDUARDO
20-11800652-7
388078553000000050952-2
7
S01-0112414/08
FERRERE JUAN PABLO
23-17528343-9
014033890164780502643-4
8
S01-0339734/08
MONTE CALDEN S.
30-71052073-5
011023472002340035540-4
1.543,65
9
S01-0064010/08
ABASTECEDORA CALCHA-
30-61854536-5
011017022001701071835-1
165.065,86
10
S01-0160669/08
30-59791946-4
007099902000005432441-3
20.231,54
14.547,33
diciembre
007010572000000157471-7
22.371,17
72.079,53
noviembre
20-05385474-6
19.967,09
99.463,10
octubre
CARLOS JOSE BULNES
31.559,51
84.092,72
septiembre
S01-0320951/08
12.488,85
agosto
1
7.122,91
4.277,11
25.958,66
1.815,32
7.738,31
18.417,14
16.544,63
5.472,68
PO ARGENTINO SH
37.477,45
3.665,75
64.148,84
50.117,05
QUI SRL
ESTABLECIMIENTOS
137.281,86
192.542,07
222.443,78
224.076,27
238.052,94
265.446,26
295.524,83
238.964,90
MARALJO S.A.
11
25887YZ8E
PEREZ, MARIA ISABEL
27-16605045-1
093030012010000559144-3
5.125,74
12
S01-0243229/08
LUCIANI JOSE RAUL
20-11655789-5
330002661026000493107-1
11.075,60
13
S01-0052618/08
S.A. GANADERA Y FINAN-
30-52714043-5
014005400151510112639-7
30-70913849-5
011022932002290020526-4
34.693,58
26.001,05
15.136,34
CIERA SAN RAFAEL
14
S01-0152748/08
AGROPECUARIA LOS
RETOÑOS S.A.
6.292,33