Boletín Oficial de la República Argentina del 13/03/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 13 de marzo de 2009

Primera Sección
Por ello, EL INTERVENTOR
EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudícase a la señora Carolina del Huerto GARRETON D.N.I. Nº23.518.954, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría F, que operará en el Canal 291, Frecuencia 106.1 MHz, identificada con la señal distintiva LRQ316, de la localidad de FAMAILLÁ, provincia de TUCUMAN, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº 310/98 modificado por el Decreto Nº883/01 y reglamentado por Resolución 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04
y 672-SG/06, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO 2º La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE 15 años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ 10 años, conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº22.285 y 9 del Decreto Nº310/98, modificado por su similar Nº883/01.
ARTICULO 3º Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica detallada en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
ARTICULO 4º El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente adjudicación a que hace referencia el artículo 16º del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE $6.817, debiendo el depósito constituirse en la modalidad y plazos prescriptos en el referido pliego, conforme lo estatuido en su artículo 16.1.
ARTICULO 5º Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO 365 días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa autorización de este COMITE FEDERAL, de conformidad con lo previsto por artículo 16.5 del referido Pliego de Bases y Condiciones en las condiciones y bajo el apercibimiento establecido en el artículo 16 in fine.
ARTICULO 6º Dispónese que en el caso de corresponder, dentro de los TREINTA 30 días hábiles administrativos, el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº113-COMFER/97.
ARTICULO 7º Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 13/03/2009 Nº16672/09 v. 13/03/2009

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº195/2009
Bs. As., 2/3/2009
y
VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº3183.00.0/06, CONSIDERANDO:

Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Carlos Aníbal GOMEÑUKA, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de SAN PEDRO, provincia de MISIONES, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº883/01 y reglamentado por Resolución 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04
y 672-SG/06.
Que la Ley de Radiodifusión Nº22.285 establece en su artículo 39 inciso a que Las licencias para la prestación del servicio de radiodifusión por particulares serán adjudicadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE
RADIODIFUSION, conforme lo establezca la reglamentación de esta ley, para el caso de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión.
Que por consiguiente, las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, de acuerdo con el sistema legal vigente, deben ser adjudicadas por decreto del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, previa sustanciación de los correspondientes concursos públicos convocados al efecto por este COMITE FEDERAL.
Que en el año 1998 se dictó el Decreto Nº310/98, por el cual se complementa el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada, aprobado por Decreto Nº1144/96, modificado por su similar Nº1260/96.
Que la norma legal citada en primer término modifica el sistema de adjudicación establecido por el artículo 39 de la Ley Nº22.285, en cuanto a las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia categorías E, F y G.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución SG Nº124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares elaborados por este Organismo, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.
Que posteriormente, por Resolución Nº1366-COMFER/06 se convocó a las personas físicas y jurídicas en general, con exclusión de aquellos emplazados en las localizaciones específicamente consignadas en su Anexo III, a solicitar la adjudicación directa de licencias, en los términos del artículo 4 inc. d del Decreto 310/98, modificado por su similar Nº883/01.
Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de SAN PEDRO, provincia de MISIONES, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.614

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/03/2009 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/03/2009

Conteggio pagine52

Numero di edizioni9416

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/08/2024

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