Boletín Oficial de la República Argentina del 24/12/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 24 de diciembre de 2008

BOLETIN OFICIAL Nº 31.559

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS

procedente la designación de abogados que actúen en forma específica para el fin propuesto.

Decreto 2226/2008

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Autorízase a la Titular de la Unidad de Información Financiera a intervernir como parte querellante en los procesos en los que se investigue la comisión de los delitos tipificados por la Ley Nº25.246.
Bs. As., 23/12/2008
VISTO la Ley Nº25.246 y modificatorias, la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas aprobada mediante la Ley Nº24.072, el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo aprobado, mediante la Ley Nº26.024, la Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional aprobada mediante la Ley Nº25.632, y los Decretos Nº1235 del 5 de octubre de 2001
y Nº290 del 27 de marzo de 2007, y CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley Nº 25.246 se creó la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, que funciona con autarquía funcional en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que dicho Organismo es el encargado del análisis, tratamiento y transmisión de información, a efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos proveniente tanto de la comisión de diversos tipos delictuales como del delito de financiación del terrorismo.
Que, asimismo es competencia de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA colaborar con los órganos judiciales y del Ministerio Público, en la persecución penal de los delitos reprimidos por la Ley Nº25.246.
Que conforme el Decreto Nº 290 del 27 de marzo de 2007, reglamentario de la Ley Nº25.246, el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, es la autoridad de aplicación de dicha normativa.
Que el Estado Nacional tiene un significativo interés institucional en satisfacer los deberes emergentes de los compromisos internacionales asumidos en la materia, tales como la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas Viena, 19 de diciembre de 1988 aprobada por nuestro país mediante la Ley Nº 24.072, el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo Nueva York, 9 de diciembre de 1999 aprobado mediante la Ley Nº26.024
y la Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobada mediante Ley Nº 25.632, entre otros; por lo que se requiere que, con el máximo respeto a la división constitucional de poderes, el Poder Ejecutivo Nacional tome intervención en las actuaciones judiciales en las que se investigan hechos de tal gravedad.
Que la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo es una preocupación prioritaria del Estado Nacional, toda vez que dichas conductas delictivas constituyen un serio riesgo, no sólo para la estabilidad de los sistemas democráticos y el desarrollo de sus economías, sino fundamentalmente para la libertad de los ciudadanos. Dicha lucha consiste en buena parte en la adopción de medidas regulatorias que tornen eficaces, en el orden interno, la prevención y represión de estos delitos.
Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la titular de la UNIDAD DE INFORMACION
FINANCIERA, o a los funcionarios a quienes se les encomiende ese cometido, a intervenir como parte querellante en los procesos en los que se investigue la comisión de los delitos tipificados por la Ley Nº25.246 y modificatorias, en aquellos casos en que la gravedad de los hechos bajo investigación así lo amerite.
Que la especialidad de la materia de que se trata, ajena al cometido habitual de los servicios jurídicos permanentes y delegados del Cuerpo de Abogados del Estado, configura una situación excepcional que torna
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase a la titular de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA a intervenir como parte querellante en los procesos en los que se investigue la comisión de los delitos tipificados por la Ley Nº25.246 y modificatorias, en aquellos casos que así lo ameriten.
La Señora Presidenta de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, podrá encomendar las tareas de seguimiento de las respectivas causas judiciales a profesionales que actúen en el organismo a su cargo.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

HOMENAJES

en la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar en el margen superior derecho un sello con la leyenda 2009 - Año de Homenaje a Raúl SCALABRINI ORTIZ.

nación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Art. 3º En orden a lo establecido en el artículo 1º del presente, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos que contribuyan a la difusión en el país de la trayectoria pública de Raúl SCALABRINI ORTIZ, para valorizar a aquellos hombres excepcionales que contribuyeron con el pensamiento nacional.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T. Massa. Aníbal F. Randazzo.

Bs. As., 22/12/2008
VISTO el Expediente Nº24.769/08 del Registro de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y, CONSIDERANDO:
Que el próximo 30 de mayo de 2009 se cumplen CINCUENTA 50 años de la desaparición física del destacado pensador y escritor nacional Raúl SCALABRINI ORTIZ.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL
considera importante resaltar y difundir la labor de quien realizara tan importantes aportes para la defensa del ser nacional.
Que Raúl SCALABRINI ORTIZ perteneció a una generación que hizo propias las consignas del desarrollo de la industria nacional y la lucha contra el colonialismo dilucidando la historia oficial.
Que el pensamiento nacional se vio ampliamente enriquecido por los aportes de este intelectual, entre cuyas obras, se inscriben: El hombre que está solo y espera; Los ferrocarriles deben ser del pueblo argentino; Bases para la reconstrucción nacional, Política Británica en el Río de la Plata, Historia de los Ferrocarriles Argentinos; entre otras.
Que la vigencia de su pensamiento a CINCUENTA 50 años de su desaparición puede resumirse en las palabras que Arturo JAURETCHE pronunciara en su homenaje:
más allá del estrecho límite de los partidos y de las fracciones, de los perecederos gobiernos, de la transitoriedad de los éxitos y las derrotas. Somos vencedores en esta conciencia definitiva que los argentinos hemos tomado de lo argentino.

Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Declárase el año 2009 como el Año de Homenaje a Raúl SCALABRINI ORTIZ.
Art. 2º Dispónese que a partir del 1º de enero de 2009, toda la papelería oficial a utilizar
Que el agente de que se trata, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.

Decreto 2151/2008
Dase por prorrogada la designación transitoria del titular de la Dirección de Programas e Infraestructura y Producción, dependiente de la Dirección Nacional de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS

Por ello, Bs. As., 15/12/2008
VISTO el expediente Nº 3697/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.337, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 482 del 26
de marzo de 2008 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2008.
Que mediante el Decreto Nº 482/08 se dio por designado con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, al Licenciado D. Eduardo Daniel ARRAIZA en un cargo Nivel A - Grado 0, como titular de la DIRECCION DE PROGRAMAS DE
INFRAESTRUCTURA Y PRODUCCION, con Función Ejecutiva Nivel II, dependiente de la DlRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS
Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SECRETARIA
DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles como excepción a lo dispuesto por el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995, toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selección previsto.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles a partir del 6 de junio de 2008, la designación transitoria efectuada oportunamente, en un cargo Nivel A Grado 0, como titular de la DIRECCION DE PROGRAMAS DE INFRAESTRUCTURA Y PRODUCCION, con Función Ejecutiva Nivel II, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS
Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, del Licenciado D. Eduardo Daniel ARRAIZA DNI Nº 22.432.313. La mencionada prórroga se efectúa con carácter de excepción a lo establecido por el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I
del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91
t.o. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 6 de junio de 2008.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T. Massa.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Que la vida e historia del pensador Raúl SCALABRINI ORTIZ son un ejemplo a seguir por la ciudadanía argentina.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Decreto 2185/2008
Declárase el año 2009 como el Año de Homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz.

6

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 608/2008
Convalídase una contratación celebrada en el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento ENHOSA de la Secretaría de Obras Públicas.

Bs. As., 18/12/2008
VISTO el Expediente Nº 446/2007 del Registro del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS
DE SANEAMIENTO ENOHSA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley de Presupuesto Nº 26.198, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/12/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data24/12/2008

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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