Boletín Oficial de la República Argentina del 15/02/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 15
de febrero de 2008

BOLETIN OFICIAL

Año CXVI
Número 31.346

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Precio $ 0,80
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario
RESOLUCIONES
Pág.

RESOLUCIONES

PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS
24/2008-SICPME
Inscríbese a la empresa Seltich S.A. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y declárase a la misma beneficiaria del Régimen establecido por la Ley Nº 25.922.
PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS
25/2008-SICPME
Inscríbese a la empresa Caraytech S.A. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y declárase a la misma beneficiaria del Régimen establecido por la Ley Nº 25.922.
PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS
26/2008-SICPME
Inscríbese a la empresa Lempert S.A. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y declárase a la misma beneficiaria del Régimen establecido por la Ley Nº 25.922.
PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS
27/2008-SICPME
Inscríbese a la empresa Dsntec S.R.L. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y declárase a la misma beneficiaria del Régimen establecido por la Ley Nº 25.922.
PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS
28/2008-SICPME
Inscríbese a la empresa Core SDI S.A. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y declárase a la misma beneficiaria del Régimen establecido por la Ley Nº 25.922.

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
1

Resolución 24/2008

2

Inscríbese a la empresa Seltich S.A. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos y declárase a la misma beneficiaria del Régimen establecido por la Ley Nº 25.922.

Bs. As., 12/2/2008

3

VISTO el Expediente Nº S01:0154314/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

4

4

PRESUPUESTO
54/2008-MEP
Apruébase el Presupuesto para el Ejercicio 2008 de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, actuante en el área del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

5

PRESUPUESTO
55/2008-MEP
Apruébase el Presupuesto para el Ejercicio 2008 de Nación Leasing Sociedad Anónima.

6

CULTO
125/2008-SC
Reconócese como persona jurídica a la Congregación del Verbo Divino Congregación del Verbo Divino - Provincia Argentina Sur.

6

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
General 2410-AFIP
Nomenclatura Común del Mercosur NCM. Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1618.

6

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
General 2411-AFIP
Nomenclatura Común del Mercosur NCM. Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1618.

8

IMPUESTOS
General 2414-AFIP
Impuestos Internos. Ley Nº 24.674 y sus modificaciones. Decreto Nº 175/2007. Resolución General Nº 725, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.

PRODUCTORES DE SOFTWARE Y
SERVICIOS INFORMATICOS

8

Que mediante la Ley Nº 25.922, reglamentada por el Decreto Nº 1594 de fecha 15 de noviembre de 2004, se establece el Régimen de Promoción de la Industria del Software, en virtud del cual las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la industria del software, podrán gozar de determinados beneficios mediante su inscripción en el Registro que se creare a tal fin.
Que el Artículo 21 de la Ley Nº 25.922 determina que la Autoridad de Aplicación de la misma es la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con excepción de lo establecido en el Capítulo IV de la mencionada medida y sin perjuicio de lo establecido por el Artículo 6º del Decreto Nº 252 de fecha 17 de marzo de 2000, modificado por el Decreto Nº 243 de fecha 26 de febrero de 2001.
Que en uso de tales facultades, mediante la Resolución Nº 61 de fecha 3 de mayo de 2005
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION se ha creado, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EM-

Que conforme surge de las presentes actuaciones, la Empresa SELTICH S.A. solicitó su inscripción en el Registro antes mencionado, a cuyo fin ha presentado la documentación requerida por el Anexo I de la Resolución Nº 61/05 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que conforme surge del Informe Complementario obrante a fojas 43/48 del expediente cabeza, la presentación mencionada en el considerando anterior ha sido analizada por el Equipo de Evaluación conformado en el ámbito de la Dirección Nacional de Industria, dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, habiéndose concluido en dicho Informe que corresponde inscribir a la Empresa SELTICH S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES
DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS y otorgarle los beneficios derivados de dicha inscripción.
Que de conformidad con lo indicado en el Informe Complementario de foja 58 del expediente cabeza, corresponde considerar que la Empresa SELTICH S.A. ha cumplimentado todos los requisitos relativos a la presentación del Formulario Guía de Inscripción con fecha 30 de mayo de 2007.
Que conforme surge del Informe Técnico a fojas 43/48 del expediente cabeza, a los efectos de encuadrar sus actividades en el Régimen de Promoción de la Industria del Software, la empresa ha optado por el criterio previsto en el Artículo 5º, inciso a de la Resolución Nº 61/05 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA.
Que conforme al citado Informe Técnico, y de acuerdo a lo informado por la empresa con carácter de Declaración Jurada en el Anexo I
Cuadro V del Formulario Guía de Inscripción antes citado, la cantidad de personal destinado a actividades promovidas representa el CIEN POR CIENTO 100% sobre el total de empleados de la requirente, y la masa sala-

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 627.576

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Continúa en página 2

PRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, el REGISTRO NACIONAL
DE PRODUCTORES DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS, y se ha establecido el Formulario Guía de Inscripción que, con carácter de Declaración Jurada, deben completar y presentar en forma correcta y completa aquellos sujetos que pretendan gozar de los beneficios establecidos por el mencionado Régimen.

DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/02/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data15/02/2008

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9384

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/07/2024

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