Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 21 de enero de 2008

personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.
Que el Decreto Nº 577/03 modificado por su similar Nº 149/07 estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS TRES MIL CIEN $ 3100
y de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones pactadas en el contrato originario.
Que la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA ha elevado la propuesta de contratación del personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada Jurisdicción y con el objetivo de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2007, siendo que las mismas reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en cada caso.
Que los consultores propuestos para su contratación han prestado servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Decreto Nº 1184/01 de acuerdo con lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 790 de fecha 27 de octubre de 2006, por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 804
COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA Programa 16 - Actividad 02 - Inciso 1 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 7 para el Ejercicio 2007.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Nº 149/07.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.327

RESOLUCIONES

Ente Nacional Regulador de la Electricidad
PROGRAMA DE USO RACIONAL
DE LA ENERGIA ELECTRICA
Resolución 4/2008
Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones Kp que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de enero y el 9 de febrero de 2008.

Bs. As., 16/1/2008
VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE
Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE
Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/
2005, y CONSIDERANDO:

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébanse las contrataciones celebradas entre la COMISION NACIONAL DE
EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA y las personas que se detallan en la planilla que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida por el período, categorías y montos indicados en la misma.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Entidad 804 COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA - Programa 16 - Actividad 02 - Inciso 1 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 7 para el Ejercicio 2007.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández. Juan Carlos Tedesco.

ANEXO

APELLIDO Y NOMBRE

BELLOCCHIO, María Gabriela
CAILLON, Adriana María
CALBI, Mariano César
FARINETTI, Marina

FILIPPA, Ana Gloria
GROPPO, María Marcela
HABERFELD, Leandro Ernesto
LORENTE, Estela María
ROVEGNO, Nora Edith
TREBINO, Hernán Jorge
VIALE, Carmen Azucena
Nº DOCUMENTO

Categoría Consultor
DNI 17.556.410

A III

DNI 6.711.652

DNI 18.442.663

DNI 18.001.397

DNI 17.648.660

DNI 16.324.407

DNI 20.200.457

LC 6.492.306

DNI 13.020.666

DNI 18.098.422

DNI 10.504.368

A II

A II

Coordinador General I

Período
Monto Mensual
Monto Total
31/12/07

4.061

36.549

01/04 al 31/12/07

3.610

32.490

31/12/07

3.610

32.490

01/04 al 31/12/07

4.512

40.608

4.512

40.608

01/04 al
01/04 al
Coordinador
01/04 al
General I

31/12/07

A II

01/04 al 31/12/07

A II

AII

A II

Coordinador General I
A II

3.610

32.490

31/12/07

3.610

32.490

01/04 al 31/12/07

3.610

32.490

31/12/07

3.610

32.490

01/04 al 31/12/07

4.512

40.608

3.610

32.490

01/04 al
01/04 al
01/04 al 31/12/07

TOTAL

385.803

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA en adelante Versión 2005 del PUREE, sustituyendo así el normado mediante Resolución SE
Nº 552/2004, en adelante Versión 2004 del PUREE.
Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I
de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE
LA ELECTRICIDAD en adelante ENRE es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida;
aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.
Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica en kWh y los consumos en exceso en pesos al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/
11/2007 y el día 9/12/2007 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.
Que, en este sentido, EDESUR S.A., mediante Nota de ENTRADA Nº 139.622 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 38.839.508 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 89.408.980 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO CON 94/100 $ 3.960.494,94
como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS
MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 37/
100 $ 432.414,37; en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1
fueron de 12.577.562 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 8.437.532 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON
SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL

16

OCHOCIENTOS QUINCE CON 8/100
$ 1.678.815,08,y ajustes por PESOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 57/100 $ 62.789,57; para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.261.023 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.370.946 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS
UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y UN
MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON
68/100 $ 1.551.669,68 y ajustes por PESOS
CIENTO SESENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 67/100 $ 160.992,67;
para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.032.432 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 9.550.173
kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON CIENTO SEIS MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO
CON 51/100 $ 1.106.994,51 y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE CON 70/100 $ 99.429,70;
en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 9.750.326 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 22.962.887 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO
CON 44/100 $ 3.060.238,44 y ajustes por PESOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 49/100
$ 82.619,49; los usuarios T3 BT ahorraron 8.160.876 kWh, consumieron en exceso 28.466.896 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES
TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL
CIENTO CUARENTA Y UNO CON 28/100
$ 2.374.141,28 y ajustes por PESOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS SEIS CON
61/100 $ 50.306,61; los T3 MT ahorraron 9.506.312 kWh, consumieron en exceso 28.658.803 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 27/100
$ 2.292.268,27 como así también ajustes por valor de PESOS CUATRO MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON
13/100 $ 4.891,13; en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 53.370 kWh, los consumos en exceso 807.349 kWh, los cargos afrontados PESOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 90/100
$ 51.796,90 y ajustes por PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 88/100
$ 675,88; en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 133.698 kWh, los consumos en exceso 3.866.941 kWh y los cargos abonados PESOS DOSCIENTOS
OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
UNO CON 46/100 $ 208.341,46, siendo los ajustes de PESOS 1/100 $ 0,01.
Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 139.617 EDELAP S.A. informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 4.022.431
kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 9.555.524 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CUATROCIENTOS
UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 85/100 $ 401.337,85; asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON 52/100
$ 54.814,52; en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.504.108 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10%
fue de 1.178.092 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOSCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 53/
100 $ 201.456,53; asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y
NUEVE CON 7/100 $ 25.239,07; para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 369.986 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.106.711 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 3/
100 $ 141.659,03, registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS TREINTA Y
OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2008 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data21/01/2008

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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