Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 27 de noviembre de 2007

CION por un período de doce 12 meses contados a partir de la notificación de la Orden de Compra.
Período de prestación del servicio: desde el 23 de noviembre de 2007 hasta el 22 de noviembre de 2008.
ARTICULO 2º Recházanse las impugnaciones presentadas por el SINDICATO DE OBREROS
DE MAESTRANZA y por las empresas GERARDO LAREDO Y ASOCIADOS S.R.L., CENTURY GREEN
S.A. y LIMPIA BRILL S.R.L.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.290

36

Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
GUSTAVO BRICCHI, Gerente de Gestión de la Información. GUILLERMO R. CORZO, Subgerente General de Regulación y Régimen Informativo.
ANEXO: 1 HOJA.

ARTICULO 3º Desestímanse las ofertas que se detallan en el Anexo I de la presente, por los motivos que en él se mencionan.
ARTICULO 4º Adjudícase el servicio de limpieza a la COMPAÑIA DE SERVICIOS MARTIN
FIERRO S.R.L.. por haber cumplido los requisitos exigidos por la Ley, el Decreto Nº 436/00 Artículo 78, apartado a y los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares. Es hábil para contratar con el Estado Apartado b I; cumplió con los requisitos exigidos para la admisibilidad de las ofertas Apartado c I; la oferta es ajustada a Pliego, precio conveniente Apartado c II.
ARTICULO 5º El gasto que demanda lo dispuesto precedentemente cuyo monto total asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO $ 813.324,00, será atendido con cargo a: Jurisdicción 80 - SAF 912 - Programa 62 - Actividad 01 - Inciso 3 - Partida Principal 3 - Partida Parcial 5 - Ejercicio 2007: PESOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 85.850,84 - Ejercicio 2008: PESOS SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON DIECISEIS CENTAVOS
$ 727.473,16.
ARTICULO 6º La emisión de la respectiva Orden de Compra será autorizada por el Director de Administración, Cont. Carmelo J. PATANE con facultades delegadas mediante Disposición Nº 1712
S.N.R. de fecha 4 de octubre de 2007.
ARTICULO 7º Notifíquese a los interesados, que tienen diez 10 días para la interposición del recurso de reconsideración contra el presente acto administrativo Artículo 84 del Decreto Nº 1759/72
- T.O. 1991 y sus modificatorios o quince 15 días para la interposición del recurso de alzada o, a opción suya, de la demanda judicial Artículos 94, 95 y 98 del Decreto citado.
ARTICULO 8º Regístrese, publíquese por un día en el Boletín Oficial de la República Argentina;
comuníquese a quienes corresponda; cumplido, archívese. Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.
ANEXO I
OFERTAS DESESTIMADAS

El/los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Dr. Raúl Prebisch del Banco Central de la República Argentina Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Sitio www.bcra.gov.ar Opción Normativa.
e. 27/11 Nº 564.772 v. 27/11/2007

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION A 4727. 1/11/2007. Ref.: Circular. CONAU 1 - 831. Plan y Manual de Cuentas. R.l. Contable para Publicación Trimestral/Anual y R.l. para Supervisión Trimestral/Anual.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que se han efectuado una serie de modificaciones en el Plan y manual de cuentas a fin de actualizarlo.
Al respecto, Se aclaró en los Criterios particulares de valuación del Manual de cuentas apartado c que la cotización a utilizar es la correspondiente al último día hábil de cada mes, siempre que represente el precio de contado correspondiente a transacciones no forzadas entre partes independientes en las condiciones habituales de negociación de los mercados. Se elimina de esta manera la obligatoriedad de utilizar la cotización de contado inmediato en la medida en que no cumpla con las condiciones detalladas.
Oportunamente, se efectuarán las adecuaciones correspondientes en la redacción de las cuentas del Manual considerando el criterio expuesto precedentemente.
Se estableció, además, en el apartado mencionado precedentemente del manual de cuentas que se considerarán con cotización los títulos públicos, instrumentos de deuda del Banco Central y las acciones que integran el índice MERVAL 25, con volatilidad publicada mensualmente por esta Institución a los fines del cálculo de la exigencia de capital mínimo por riesgo de mercado.
También, se aclaró que el resto de los títulos privados acciones no incluidas en la Metodología de Cálculo de las volatilidades y otros títulos privados como Obligaciones Negociables, Fondos Comunes de Inversión, Certificados de Participación y Títulos de Deuda de Fideicomisos Financieros y títulos públicos del exterior, se considerarán con cotización cuando hayan registrado precio de cierre en los mercados correspondientes en al menos el 50% de las ruedas de los últimos tres meses.
Se dieron de baja las cuentas vinculadas con los depósitos reprogramados y las de depósitos en dólares liquidables en pesos.
Se realizó la apertura de una partida en Otras Obligaciones por Intermediación Financiera a fin de reflejar el Préstamo BID Nº 1192/OC-AR otorgado para la ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Comunicación A 4620.
Se incorporaron cuentas en los rubros Utilidades diversas y Pérdidas diversas que reflejarán exclusivamente el Resultado por participaciones en entidades financieras locales.
Se efectuó la apertura, tanto en pesos como moneda extranjera, en Cuentas de ordenDeudoras-De Control-Títulos representativos de inversiones en custodia por cuenta de AFJP.
Teniendo en cuenta las Altas y Bajas efectuadas en el Plan y Manual de Cuentas se adecuó la Tabla de Correspondencia del R.I. para Publicación Trimestral/Anual.
Además, se aclara que las emisiones de Obligaciones Negociables cuya suscripción se efectúe en moneda extranjera pero cuyo principal e intereses estén denominados en pesos, se deberán registrar en pesos. Se debe tener en cuenta que en estos casos es el inversor quien asume el riesgo por la variación del tipo de cambio y la deuda se convierte en moneda extranjera únicamente al momento de la cancelación tomando como base el monto registrado en pesos.
Por último, se realizaron aclaraciones para la integración del cuadro 7. Depósitos, otras obligaciones por intermediación financiera y obligaciones negociables subordinadas - apertura por tasa de interés teniendo en cuenta su instrumentación del Régimen Informativo para Supervisión Trimestral/
Anual.
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
RICARDO O. MAERO, Gerente de Régimen Informativo. GUILLERMO R. CORZO, Subgerente General de Regulación y Régimen Informativo.
ANEXO

e. 27/11 Nº 564.993 v. 27/11/2007

Los Anexos no se publican, la documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sitio www.bcra.gov.ar Opción Normativa.
e. 27/11 Nº 564.761 v. 27/11/2007

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION A 4726. 1/11/2007. Ref.: Circular RUNOR 1 - 835. Régimen Informativo para Supervisión Trimestral / Semestral / Anual R.I. - S.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones a las instrucciones operativas correspondientes a la Sección 13 de Presentación de informaciones al Banco Central.
Al respecto, cabe destacar la adecuación efectuada en la Tabla de Correspondencia asociada a la leyenda de error 38 vinculada con la validación de partidas incluidas en el Cuadro 14: Información sobre Promedios de Saldos diarios y Datos Complementarios, cuya aplicación tendrá vigencia a partir de las informaciones correspondientes al trimestre cerrado en septiembre 2007.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION A 4729. 2/11/2007. Ref.: Circular CONAU 1 - 832. R.l. Contable Mensual Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos. Posición Unificada en pesos Octubre-Noviembre/07. Posiciones en instrumentos de deuda.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el régimen de la referencia, como consecuencia de la emisión de las Comunicaciones A 4707 y 4716.
A continuación se detallan las mencionadas modificaciones:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/11/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data27/11/2007

Conteggio pagine60

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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