Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 28 de mayo de 2007

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.163

Por ello;
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065.
Por ello, EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Autorízase el ingreso de SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA para su Local Nº 90, ubicado en Ameghino y José Luro de la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia de LA PAMPA como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM, en la condición de GRAN USUARIO MENOR GUME, a partir del 1º de febrero de 2007, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2º Establécese que la COOPERATIVA POPULAR DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS DE SANTA ROSA LTDA. CPE deberá prestar al agente cuyo ingreso se autoriza, la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT según lo determinado en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 672 del 15 de mayo de 2006.
ARTICULO 3º Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED a notificar al nuevo agente, a POWERCO S.A. que celebró contrato con aquél y a la cooperativa citada, e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
e. 28/5 Nº 546.633 v. 28/5/2007

ARTICULO 1º Deniégase la excepción al cumplimiento del artículo 3º de la ley 25.630 solicitada por la firma Industrias Alimenticias Argentinas S.A. con domicilio constituido a estos efectos en Calle 24 lote 35, Parque Industrial del Pilar, Provincia de Buenos Aires, para elaborar con harina sin enriquecer de acuerdo a la Ley Nº 25.630 y su Decreto Reglamentario Nº 597/03, los productos: Pizza con cebolla marca: Jorges - R.N.P.A. Nº 02-500545, Pizza con mozzarella, jamón y salsa de tomate marca: Jorges - R.N.P.A. Nº 02-500543, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Jorges R.N.P.A. Nº 02-500547, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Leader Price - R.N.P.A.
Nº 02-500696, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Leader Price - R.N.P.A. Nº 02-500697, Pizza con mozzarella, jamón y salsa de tomate marca: Leader Price - R.N.P.A. Nº 02-500698, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Jorges - Nº 02-500544, Pizza con mozzarella, jamón y salsa de tomate marca: Carrefour - R.N.P.A. Nº 02-500342, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Carrefour - R.N.P.A. Nº 02-500343, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Carrefour - R.N.P.A. Nº 02-500341, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Jumbo - R.N.P.A. Nº 02-357793, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Jumbo - R.N.P.A. Nº 02-357794, Pizza con salsa de tomate, jamón y mozzarella marca: Bells - R.N.P.A. Nº 02-356978, Pizza con salsa de tomate y mozzarella marca: Bells R.N.P.A. Nº 02-356998, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Bells - R.N.P.A. Nº 02-504872, Pizza con salsa de tomate y mozzarella marca: Great Value - R.N.P.A. Nº 02-352557, Pizza con salsa de tomate mozzarella y jamón marca: Great Value - R.N.P.A. Nº 02-352517, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Great Value - R.N.P.A. Nº 02-352514, Pizza con salsa de tomate, jamón y mozzarella marca: Norte - R.N.P.A. Nº 02-351576, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Norte - R.N.P.A. Nº 02351429 y Pizza con salsa de tomate y mozzarella marca: Norte - R.N.P.A. Nº 02-351578, con R.N.E.
Nº 02-033436, por las razones expuestas en el considerando.
ARTICULO 2º Notifíquese a la firma Industrias Alimenticias Argentinas S.A. que cuenta con el recurso de reconsideración, en los términos del artículo 84 del Decreto 1759/72 to 1991, el cual podrá interponerse dentro del plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de su notificación.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese. Notifíquese al interesado. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. Dr. GINES MARIO GONZALEZ
GARCIA, Ministro de Salud.

e. 28/5 Nº 546.596 v. 28/5/2007

MINISTERIO DE SALUD
Resolución Nº 558/2007

16

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Bs. As., 17/5/2007
Resolución Nº 45/2007
VISTO el expediente Nº 1-47-2110-5186-04-5 de la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.630 de prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural, impone a quienes elaboran productos alimenticios la obligación de utilizar harina adicionada con hierro, ácido fólico, tiamina, riboflavina y niacina.
Que el Decreto Nº 597/03, reglamentario de la Ley Nº 25.630, prevé el otorgamiento de excepciones a quienes demuestren resultados negativos mediante exámenes de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud.
Que la firma Industrias Alimenticias Argentinas S.A. ha solicitado la excepción para los productos:
Pizza con cebolla marca: Jorges - R.N.P.A. Nº 02-500545, Pizza con mozzarella, jamón y salsa de tomate marca: Jorges - R.N.P.A. Nº 02-500543, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca:
Jorges - R.N.P.A. Nº 02-500547, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Leader Price R.N.P.A. Nº 02-500696, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Leader Price - R.N.P.A. Nº 02-500697, Pizza con mozzarella, jamón y salsa de tomate marca: Leader Price - R.N.P.A. Nº 02-500698, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Jorges - R.N.P.A. Nº 02-500544, Pizza con mozzarella, jamón y salsa de tomate marca: Carrefour - R.N.P.A. Nº 02-500342, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Carrefour - R.N.P.A. Nº 02-500343, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Carrefour - R.N.P.A.
Nº 02-500341, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Jumbo - R.N.P.A. Nº 02-357793, Pizza con mozzarella y salsa de tomate marca: Jumbo - R.N.P.A. Nº 02-357794, Pizza con salsa de tomate, jamón y mozzarella marca: Bells - R.N.P.A. Nº 02-356978, Pizza con salsa de tomate y mozzarella marca: Bells - R.N.P.A. Nº 02-356998, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Bells - R.N.P.A. Nº 02504872, Pizza con salsa de tomate y mozzarella marca: Great Value - R.N.P.A. Nº 02-352557, Pizza con salsa de tomate mozzarella y jamón marca: Great Value - R.N.P.A. Nº 02-352517, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Great Value - R.N.P.A. Nº 02-352514, Pizza con salsa de tomate, jamón y mozzarella marca: Norte - R.N.P.A. Nº 02-351576, Pizza con mozzarella y cebolla marca: Norte R.N.P.A. Nº 02-351429 y Pizza con salsa de tomate y mozzarella marca: Norte - R.N.P.A. Nº 02351578, con R.N.E. Nº 02-033436.
Que la Comisión de Asesoramiento, creada por el artículo 2º del Decreto 597/2003, reglamentario de la Ley 25.630, ha merituado los argumentos expuestos por el recurrente y ha emitido el informe de su competencia, en el que aconseja no hacer lugar a lo solicitado teniendo en cuenta, en primera instancia, que no se demuestra con estudios la imposibilidad de elaborar el producto con harina enriquecida y que por otra parte la masa para pizza es un alimento cocido de baja actividad acuosa y no contiene materia grasa agregada de acuerdo con lo declarado y como consecuencia no es susceptible de sufrir cambios inaceptables en el color y el flavor, no obstante eso está permitido el uso de aditivos antioxidantes de acuerdo con la legislación nacional Artículo 724- Resolución GMC Nº 141/96
- Resolución MSyAS Nº 587 del 1.09.97 del Código Alimentario Argentino; aún más, no se ha encontrado en la bibliografía evidencia que avale una excepción para estos productos, ni antecedentes con referencia a la dificultad de elaborarlos con harina enriquecida.

Bs. As., 7/5/2007
VISTO los trámites de solicitudes de Renovaciones de Autorizaciones Específicas referidos en el Anexo a la presente Resolución, lo actuado por las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y TRANSPORTE y de CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES RELEVANTES CALPIR, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804 y su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, y CONSIDERANDO:
Que las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y TRANSPORTE y de CONTROL DE REACTORES NUCLEARES han verificado que se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación de las solicitudes citadas en el VISTO, y que la formación, la capacitación, el entrenamiento y el reentrenamiento de los solicitantes de Renovaciones de Autorizaciones Específicas se ajustan a los requerimientos de la normativa de aplicación.
Que el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES
RELEVANTES en su nota CALPIR 11/07 correspondiente a su Reunión Nº 214 recomendó dar curso favorable a los trámites de solicitudes referidos en el VISTO.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 22 y 16, incisos b y c de la Ley Nº 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 4 de mayo de 2007 Acta Nº 6
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:
ARTICULO 1º Otorgar las solicitudes de Renovaciones de Autorizaciones Específicas, correspondientes a la Reunión del CALPIR Nº 214, que se listan como Anexo a la presente Resolución.
ARTICULO 2º Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a las SUBGERENCIAS CONTROL
DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y TRANSPORTE y de CONTROL DE REACTORES
NUCLEARES a los fines correspondientes, al CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE
PERSONAL DE INSTALACIONES RELEVANTES, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. Dr. RAUL OSCAR
RACANA, Presidente del Directorio.
ANEXO A LA RESOLUCION DEL DIRECTORIO Nº 45/07.
SOLICITUDES DE RENOVACION DE AUTORIZACION ESPECIFICA ACTA CALPIR Nº 214

Que en consecuencia la solicitud no encuadra en las excepciones de la citada Ley ni de su Decreto Reglamentario Nº 597/03.

NOMBRE
INSTALACION

Que la Ley 25.630 en su artículo 2º establece que el Ministerio de Salud, a través del Instituto Nacional de Alimentos, será el Organismo de control del cumplimiento de la Ley.
Que del artículo 7º de la misma Ley surge que la aplicación de la Ley será función del Ministerio de Salud, ejerciéndola por sí o en colaboración con otros Organismos nacionales, provinciales o municipales, organizaciones no gubernamentales e instituciones internacionales.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 25.630 y Decreto Nº 597/03, reglamentario de la misma.

VENC.
AU. ESP

FUNCION ESPECIFICADA
Nº Autorización Esp.

Ing. Ricardo SAINZ
Expte Nº 5.387.473
Actuación Nº RAE-01/AE-03

CNE

25/05/08

Gerente 4102

Ing. José VILLEGAS
Expte Nº 7.978.543
Actuación Nº RAE-21/AE-01

CNE

28/11/07

Jefe de Turno 4103

Sr. Miguel SANTALIZ
Expte Nº 11.139.750
Actuación Nº RAE-14/AE-01

CNE

20/05/08

Operador Sistema de Recambio 4104

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/05/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data28/05/2007

Conteggio pagine24

Numero di edizioni9384

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione02/07/2024

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