Boletín Oficial de la República Argentina del 17/05/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 17 de mayo de 2007

Primera Sección
Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0148094/2007, la firma REMOTTI S.A., en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094183-2 presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo II que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0151101/2007, la firma COOPERATIVA DE TAMBEROS EL
CHIPION LIMITADA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094235-9, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo III que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146952/2007, la firma COOPERATIVA DE TAMBEROS VALTELINA LIMITADA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094392-4, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo IV que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0150535/2007, la firma COOPERATIVA TAMBERA DE GUALEGUAYCHU LIMITADA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094338-2, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo V que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146966/2007, la firma LA VARENSE S.R.L., en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094271-5, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo VI que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0150573/2007, la firma COOPERATIVA DE TRABAJO BLAQUIER LIMITADA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094218-9, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo VII que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146961/2007, la firma LAHORE S.A., en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094446-7, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo VIII que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146968/2007, la firma COOPERATIVA DE TAMBEROS LAS
CUATRO ESQUINAS LIMITADA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094522-6, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T.
y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo IX que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146972/2007, la firma LA AGRICOLA REGIONAL COOPERATIVA LIMITADA AGROPECUARIA, DE CONSUMO Y DE SERVICIOS, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 088037-9, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo X que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146970/2007, la firma PRODULAC SH, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094408-4, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo XI que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146975/2007, la firma KINDEBALUC S.R.L., en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094383-5, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo XII que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146954/2007, la firma POLAND S.A., en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094252-9, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo XIII que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146957/2007, la firma BURNHAUSER SCA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094293-6, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo XIV que forma parte de la presente resolución.
Que mediante expediente S01:0146969/2007, la firma COOPERATIVA DE TAMBEROS LIMITADA LA CRIOLLA, en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacio-

BOLETIN OFICIAL Nº 31.157

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nal bajo el Nº 094297-9, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo XV que forma parte de la presente resolución.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV que forman parte de la presente resolución, fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge del informe técnico obrante a fojas 17/23, 29/31, 36/39, 43/44, 50/53, 58/60, 64/66, 71/72, 77/79, 83/85, 88/89, 94/95, 98/
99, 102/103 y 107/109.
Que asimismo, la Coordinación del Area de Despacho de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 110.
Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos que se detallan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV
que forman parte integrante de la presente resolución, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV que forman parte integrante de la presente medida.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 61 de fecha 8 de febrero de 2007, todas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON CINCUENTA CENTAVOS
$ 267.150,55.
Art. 2º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS CIENTO VEINTE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS $ 120.563,55.
Art. 3º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo III que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SIETE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS
$ 81.807,55.
Art. 4º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo IV que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS $ 39.773,45.
Art. 5º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo V que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON QUINCE CENTAVOS
$ 37.153,15.
Art. 6º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo VI que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS
$ 33.353,20.
Art. 7º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo VII que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS
$ 23.929,95.
Art. 8º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo VIII que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS
$ 21.382,85.
Art. 9º Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo IX que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CINCO CENTAVOS $ 21.247,05.
Art. 10. Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo X que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON CINCO CENTAVOS $ 15.950,05.
Art. 11. Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo XI que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS $ 8.752,50.
Art. 12. Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo XII que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS $ 7.509,35.
Art. 13. Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo XIII que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS $ 6.777,70.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/05/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data17/05/2007

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9417

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/08/2024

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