Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 22 de setiembre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.996

Pág.
posibilitar la atención de un Convenio de asistencia financiera suscripto entre el Estado Nacional y la provincia de La Rioja.

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617/2006
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, a fin de incorporar a la Jurisdicción 75 - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, créditos con destino al Programa de Formación e Información Sistémico en Materia de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil.

6

621/2006
Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2006.

8

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
615/2006
Apruébanse contrataciones de profesionales que desarrollarán sus funciones en la Subgerencia de Informática del mencionado organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Salud.

ENSEÑANZA PRIVADA
5/2006-CGEP
Aclárase las Resoluciones Nros. 2/2006 y 3/2006.

9

9

76

MINISTERIO PUBLICO
Conjunta 3/2006-PTN y DGN
Apruébase el Reglamento del Tribunal de Enjuiciamiento.

75

PROGRAMA JEFES DE HOGAR
Conjunta 684/2006-SE y 1495/2006-SPSDH
Apruébase el manual operativo del Componente Proyectos Productivos.

48

89

921/2006-MTESS
Inscríbese en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Empleados de la Secretaría de Estado de Hacienda S.E.S.E.H., con domicilio en San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán.

89

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

90

consideración el adjunto proyecto de Ley, por el que la Policía Federal solicita se le acuerde una franquicia especial para la importación de armas, equipos, munición y todo material bélico necesario para el cumplimiento de sus importantes misiones.

Esos planes la mayoría de ellos de efecto inmediato incluyen la dotación de la mayor parte de los elementos modernos de lucha contra el delito, muchos de los cuales son de fabricación extranjera, y cuya importación de ningún modo puede trascender la órbita del más alto nivel institucional.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,
PROTECCION DE DATOS PERSONALES
11/2006-DNPDP
Apruébanse las Medidas de Seguridad para el Tratamiento y Conservación de los Datos Personales Contenidos en Archivos, Registros, Bancos y Bases de Datos Públicos no estatales y Privados.

78

SINTETIZADAS

79

CONCURSOS OFICIALES
80

AVISOS OFICIALES
Nuevos

80

Anteriores

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ASOCIACIONES SINDICALES

Ley 18.869
República Argentina Ministerio del Interior Bs. As., 14/12/1970

Se fundamenta este pedido en que la ola de violencia desatada, no sólo en nuestro país sino también en otros de América, obliga a mantener una actitud constantemente combativa en la acción policial de prevención y represión que, para su efectividad requiere, además del comprometido esfuerzo de esa Jefatura con todos sus elementos humanos y materiales, el secreto absoluto en que deben desarrollarse los planes elaborados para la contraofensiva.

Bs. As., 8/10/1970

DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
910/2006-MTESS
Apruébase el texto del Estatuto Social del Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garages y Playas de Estacionamiento S.O.E.S.G.Y.P.E.

920/2006-MTESS
Otórgase la ampliación de personería gremial sobre determinadas Localidades de la Provincia de Buenos Aires y la Provincia de Santa Fe, con exclusión de los profesionales del arte de curar y médicos que trabajan en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, a la Asociación de Médicos de la República Argentina A.M.R.A., con domicilio en Avellaneda, provincia de Buenos Aires.

GAS NATURAL
1329/2006-SE
Actualización de la normativa en relación con la homologación efectuada por la Resolución Nº208/
2004 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, del Acuerdo para la Implementación del Esquema de Normalización de los Precios del Gas Natural en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, dispuesto por el Decreto Nº181/2004.

Nuevos

Pág.

6

RESOLUCIONES
CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO
Conjunta 33/2006-SPRRS y 563/2006-SAGPA
Modificación.

2

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA
CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1 Declárese de aplicación para la Policía Federal, el contenido de la Ley 11.266
secreta y por tanto comprendidos en los alcances de la Ley 14.391, artículo 1, inciso 1º, las armas, equipos, munición y todo material de seguridad y defensa que importe esa Institución.
ARTICULO 2 A los efectos del artículo anterior, declárase de aplicación para la Policía Federal la resolución del Ministerio de Hacienda en expediente 3799, año 1927, quedando autorizada esa Institución para recibir sin verificación los elementos que importe, previo pedido que se formulará en cada caso la Administración Nacional de Aduanas.
ARTICULO 3º Extiéndense los beneficios del Decreto 202 del 16 de setiembre de 1926, a la Policía Federal, la cual quedará liberada del pago de los servicios establecidos por las leyes 11.248
y 11.249 y de los gravámenes fijados por la 11.281, de almacenaje, eslingaje y guinche, para las armas, equipos, munición y todo material de seguridad y defensa que importe.

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA
NACION:
Tenemos el honor de someter a consideración de V.E., el adjunto proyecto de ley por el cual se amplían, respecto del personal del Ministerio del Interior y de la ex-Secretaría de Estado de Gobierno, los términos del artículo 85 de la ley N 18.037.
De acuerdo con la norma legal precedentemente citada, para conservar el derecho a jubilarse por el régimen por el cual se optó, el personal aludido deberá cesar en el servicio antes del 1 de enero de 1971, a partir de cuya fecha quedará automáticamente incluido en el régimen de la ley 18.037.
De ello se desprende, que con anterioridad a la fecha indicada, cesarán el servicio en forma conjunta una elevada proporción del personal, ocasionando un sensible desequilibrio dentro de los cuadros estables que componen su estructura y afectando seriamente el normal desenvolvimiento de las tareas asignadas.
Motivos de servicio imponen en consecuencia ampliar, por un plazo prudencial, los términos del artículo 85 de la ley 18.037, lo que permitirá el retiro gradual del personal en condiciones de jubilarse, y paralelamente el ingreso y preparación del que haya de reemplazarlo.
Por iguales razones se estima necesario facultar al Ministerio del Interior, para escalonar hasta el 31 de diciembre de 1973, las jubilaciones del personal antes aludido.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.-

Bs. As., 14/12/1970
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA
CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 4º Comuníquese y archívese.
ARTICULO 1 El personal del Ministerio del Interior y de la ex-Secretaría de Estado de Gobierno, que hubiera ejercitado la opción a que alude el artículo 85 de la ley N 18.037 y que al 31 de diciembre de 1970 reuniera los requisitos para obtener los beneficios jubilatorios, de acuerdo con las disposiciones del régimen por el cual optó, conservará el derecho de jubilarse por ese régimen, siempre que el cese en los
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Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/09/2006

Conteggio pagine96

Numero di edizioni9422

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione09/08/2024

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