Boletín Oficial de la República Argentina del 06/07/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 6 de julio de 2006

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

3

BOLETIN OFICIAL Nº 30.941

ANEXO
Nombre del Proyecto: 0000000183 SECRETARIA DE FINANZAS
Gasto Mensual Demandado por las Contrataciones.
Horario Dto. 1184/01 y Suma Dto. 682/04

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decisión Administrativa 358/2006
Danse por aprobadas enmiendas a contratos de personal destinados a diversas dependencias de la Secretaría de Finanzas, celebrados bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184/2001.

Mes
Año
Honorario Dto. 1184/01

MARZO

2006

27400.00

0.00

27400.00

ABRIL

2006

27400.00

0.00

27400.00

MAYO

2006

27400.00

0.00

27400.00

JUNIO

2006

27400.00

0.00

27400.00

109600.00

0.00

109600.00

Bs. As., 30/6/2006

Totales
Suma Dto. 682/04

VISTO el Expediente Nº S01:0072116/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.078 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:

Gasto Mensual

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de las enmiendas de los contratos de los consultores que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, destinadas a diversas dependencias de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de conformidad con lo solicitado por el citado Ministerio.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del Ministerio citado precedentemente, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible, adecuar y enmendar los contratos del personal que se menciona en el Anexo adjunto a la presente medida.

Danse por aprobadas contrataciones destinadas a la Secretaría de Coordinación Técnica del citado Ministerio, celebradas bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

Que las personas indicadas en los considerandos precedentes se encuentran exceptuadas del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y en el Decreto Nº 1019 de fecha 3 de noviembre de 2000, por no existir reingreso a la Administración Pública Nacional.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
DOS MIL $ 2.000.-.
Que en las enmiendas propiciadas se configura el supuesto previsto en el considerando precedente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que se cuenta con el crédito necesario en el Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, aprobado para el Ejercicio 2006 por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, a fin de atender el gasto resultante de las enmiendas alcanzadas por la presente medida, conforme lo indicado en el Anexo respectivo.

Decisión Administrativa 359/2006

Bs. As., 30/6/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0095175/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.078 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12
de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de contrataciones de personal en el marco del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, destinadas a la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de conformidad con el detalle obrante en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del citado Organismo resulta necesario aprobar las contrataciones indicadas en el Anexo adjunto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ha tomado la intervención que le compete.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1
y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobadas las enmiendas de los contratos del personal indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, destinadas a diversas dependencias de la SECRETARIA
DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indica.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, aprobados por la Ley Nº 26.078 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006 y distribuidos por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, de conformidad con lo indicado en el Anexo adjunto a la presente decisión administrativa.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto A. Fernández. Felisa Miceli.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, a fin de atender el gasto que demanden las contrataciones de las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobadas las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que integra la presente medida, destinadas a la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, bajo el régimen del Decreto Nº 1184 de fecha 20
de septiembre de 2001, de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que en cada caso se indica.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION para el Ejercicio 2006, de conformidad con lo indicado en el Anexo que integra la presente decisión administrativa.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Felisa Miceli.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/07/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data06/07/2006

Conteggio pagine24

Numero di edizioni9408

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione26/07/2024

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