Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 23 de mayo de 2006

ANEXO
DNI

APELLIDO

22.200.521

PIANTINO

NOMBRES

GUSTAVO
RAFAEL
ENRIQUE

FUNCION

RANGO

CONSULTOR A

II

INICIO
FIN
CONTRATO CONTRATO
22/2/06

31/12/06

MONTO
MENSUAL

MONTO
TOTAL

$ 3.500,00 $ 35.816,66

BOLETIN OFICIAL Nº 30.911

3

que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que el Decreto Nº 577/03 establece en su artículo 4º que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación que tramite por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD
será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
TRES MIL $ 3.000.

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 210/2006
Excepción al Artículo 5º, inciso f de la Ley Nº 25.164, a fin de posibilitar una contratación.
Bs. As., 19/5/2006
VISTO la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 30 de diciembre de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación de Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que el Artículo 5º, inciso f del Anexo de la referida Ley prevé que no podrán ingresar a la Administración Pública Nacional aquellas personas que tengan la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación o el que gozare de un beneficio previsional, salvo aquellas personas de reconocida aptitud, las que no podrán ser incorporadas al régimen de estabilidad.
Que el art. 5º Anexo I del Decreto Nº 1421/02
establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, previo dictamen favorable de la autoridad de aplicación, podrá autorizar la incorporación de las personas comprendidas en el alcance del inciso f del Artículo reglamentado en las condiciones allí establecidas, a propuesta circunstanciada y fundada dei titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.
Que por la Resolución Nº 48/02 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal previsto en el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 estableciéndose el procedimiento para aquellos supuestos en que fuera necesario tramitar la contratación de personas comprendidas en los alcances del Artículo 5º, inciso f del Anexo de la Ley Nº 25.164.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO resulta necesaria la contratación de personal configurándose el supuesto previsto en el considerando precedente.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO solicita exceptuar de las precitadas previsiones legales al señor Eliseo Buenaventura GALARZA como paso previo a su contratación en el marco de lo establecido en el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 en función de su reconocida aptitud y experiencia y a fin de asegurar el debido cumplimiento de los objetivos fijados y el adecuado funcionamiento de la organización.
Que se entiende pertinente exceptuar al señor Eliseo Buenaventura GALARZA del impedimento establecido por el Artículo 5º, inciso f del Anexo de la Ley Marco de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que han brindado su conformidad la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES y han tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS Y ORGANIZACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO ha elevado la propuesta de contratación de personal cuya prestación de servicios resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades previstas en los documentos de los proyectos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que a solicitud del área detallada en el ANEXO I y a propuesta de la DIRECCION GENERAL
DE COOPERACION INTERNACIONAL DGCIPRO, han tomado la intervención que les compete los DIRECTORES NACIONALES de los PROYECTOS PNUD, la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con el Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase la contratación de personal para la realización de las actividades previstas en el marco de los proyectos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD
ejecutados en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO detallada en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa por el período y condiciones que se indican en la misma.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de cada proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ejecutados en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, correspondientes al período de su devengamiento.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Jorge E. Taiana.

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 100, incisos 1. y 2. de la CONSTITUCION
NACIONAL y el Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase al señor Eliseo Buenaventura GALARZA M.I. Nº 4.130.798 de la restricción prevista en el Artículo 5º, inciso f del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 a fin de posibilitar su contratación en el marco del artículo 9º del Anexo de la citada Ley.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Jorge E. Taiana.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 211/2006
Apruébase una contratación celebrada para la realización de las actividades previstas en el marco de los proyectos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial

Nuevo Servicio para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales excepto edictos sucesorios Trámite Urgente y Trámite Semi Urgente Horario de recepción:
Sede Central Suipacha 767
desde 11.30 hasta 13.30 hs.
Delegación Tribunales Libertad 469
desde 8.30 hasta 13.30 hs.
Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes 1441
desde 10.00 hasta 13.30 hs.

Bs. As., 19/5/2006
VISTO los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y
Delegación Inspección General de Justicia Moreno 251
desde 9.30 hasta 12.30 hs.

CONSIDERANDO:
Que conforme lo determinara el Decreto Nº 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/
02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional o internacional, y los
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
www.boletinoficial.gov.ar

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2006 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data23/05/2006

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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