Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 25 de abril de 2005
y con la habilitación de los edificios por los organismos pertinentes, verificada por el citado Ministerio, conforme a lo establecido por los artículos 4º y 8º del Decreto Nº 576/96.

Que la renuncia fue aceptada con fecha 12
de noviembre de 2004 por Resolución DGN.
Nº 857/04 del señor Defensor General de la Nación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que no obstante, por aplicación del principio del paralelismo de las formas y las competencias, corresponde que dicha atribución sea ejercida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ya que el artículo 5º de la Ley Nº 24.946
le confiere la facultad de designar a los magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme al procedimiento allí previsto.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 62
de la Ley Nº 24.521.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase provisoriamente la creación y el funcionamiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SALUD MENTAL de la ASOCIACION PSICOANALITICA DE BUENOS AIRES, con sede principal en la calle MAURE Nº 1850, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en la que se desarrollarán, si fueran aprobadas según lo dispuesto por el artículo 2º del presente decreto, las carreras de posgrado de: ESPECIALIZACION
EN PSICOANALISIS, ESPECIALIZACION EN
PSICOANALISIS DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, ESPECIALIZACION EN PSICOPATOLOGIA Y
SALUD MENTAL, MAESTRIA EN CULTURA Y
SALUD MENTAL, MAESTRIA EN FAMILIA Y PAREJA y MAESTRIA EN PSICOPATOLOGIA Y
SALUD MENTAL, conducentes respectivamente, a los títulos de posgrado de: ESPECIALISTA EN
PSICOANALISIS, ESPECIALISTA EN PSICOANALISIS DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, ESPECIALISTA EN PSICOPATOLOGIA Y SALUD MENTAL, MAGISTER EN CULTURA Y SALUD MENTAL, MAGISTER EN FAMILIA Y PAREJA y MAGISTER EN PSICOPATOLOGIA Y SALUD MENTAL.

Que, por otra parte, y según lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION
NACIONAL, compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL la aceptación de las renuncias que presenten los funcionarios cuyo nombramiento y remoción no esté reglado de otra forma en la Carta Magna.
Que es necesario aceptar la renuncia presentada por el señor doctor D. Alberto Oscar ARAGONE.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7
de la CONSTITUCION NACIONAL.

Art. 3º Toda otra oferta educativa propuesta por el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SALUD
MENTAL de la ASOCIACION PSICOANALITICA
DE BUENOS AIRES dentro del proyecto institucional y que no figura en la nómina de carreras citada en el artículo 1º, deberá ser autorizada por el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA, en los términos previstos por el artículo 16 del Decreto Nº 576/96.

Bs. As., 21/4/2005

Decreto 354/2005
Acéptase la renuncia del Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires.

CONSIDERANDO:
Que el señor doctor D. Alberto Oscar ARAGONE ha presentado su renuncia al cargo de DEFENSOR PUBLICO OFICIAL ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
DE TRES DE FEBRERO, PROVINCIA DE
BUENOS AIRES.

BOLETIN OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
Colección de Separatas Textos actualizados de consulta
Procedimientos Fiscales Ley 11683 T.O. 1998
Procedimientos Administrativos Ley 19549 - Régimen Penal TributarioLey 24769 - Normas modificatorias y complemtentarias
$7

MINISTERIO PUBLICO
Decreto 355/2005
Acéptase la renuncia del titular de la Fiscalía Nº 6 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal.

VISTO el expediente Nº 148.305/05 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:
Que el doctor Jorge AGUILAR ha presentado su renuncia a partir del 1º de abril de 2005, al cargo de FISCAL GENERAL ante los TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL, FISCALIA
Nº 6.
Que la renuncia fue aceptada con fecha 23
de marzo de 2005 por Resolución Per. Nº 313/
05 del señor Procurador General de la Nación.
Que no obstante, por aplicación del principio del paralelismo de las formas y las competencias, corresponde que dicha atribución sea ejercida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ya que el artículo 5º de la Ley Nº 24.946
le confiere la facultad de designar a los magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme al procedimiento allí previsto.

Bs. As., 21/4/2005
VISTO el expediente Nº 144.035/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Horacio D. Rosatti.

Artículo 1º Acéptase, a partir del 1º de abril 2005, la renuncia presentada por el doctor Jorge
Artículo 1º Acéptase, a partir del 12 de octubre de 2004, la renuncia presentada por el señor doctor D. Alberto Oscar ARAGONE D.N.I.
Nº 11.534.610 al cargo de DEFENSOR PUBLICO OFICIAL ante el JUZGADO FEDERAL DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE TRES DE FEBRERO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que, por otra parte, y según lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION
NACIONAL, compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL la aceptación de las renuncias que presenten los funcionarios cuyo nombramiento y remoción no esté reglado de otra forma en la Carta Magna.
Que es necesario aceptar la renuncia presentada por el doctor Jorge AGUILAR.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7
de la CONSTITUCION NACIONAL.

4

AGUILAR Mat. Nº 4.222.611, al cargo de FISCAL GENERAL ante los TRIBUNALES ORALES
EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA CAPITAL
FEDERAL, FISCALIA Nº 6.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Horacio D. Rosatti.

MINISTERIO PUBLICO

Por ello,
Por ello,
Art. 2º Establécese que antes de dar comienzo a las actividades académicas correspondientes a las carreras indicadas en el artículo anterior, el Instituto Universitario deberá obtener la aprobación del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y
TECNOLOGIA, de su Estatuto, de las carreras y de los planes de estudios respectivos, conforme a la propuesta del proyecto institucional, objetivos y plan de acción para su desarrollo por SEIS 6 años, así como la verificación por parte de dicho Ministerio, de haber acreditado el cumplimiento de todas las exigencias, de los compromisos asumidos y de la habilitación de los edificios por los organismos pertinentes, conforme a lo establecido por el artículo 8º del Decreto Nº 576/96.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Daniel F. Filmus.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.639

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2005 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/04/2005

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

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