Boletín Oficial de la República Argentina del 21/02/2005 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Lunes 21 de febrero de 2005
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.596
39
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº 30.383 del 15 Feb 2005
Resolución Nº 30.387 del 16 Feb 2005
Expediente Nº 46.024
Expediente Nº 31.057: Reforma del estatuto social de INDEPENDENCIA COMPAÑIA DE
SEGUROS DE VIDA S.A.
Síntesis:
Síntesis:
VISTO Y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
ARTICULO 1º Autorizar a la entidad SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A. a operar en el territorio de la República en el denominado Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento, con las condiciones técnico-contractuales aprobadas mediante Resoluciones Conjuntas SSN-SAFJP Nº 28478-6/01, sus modificatorias y complementarias, y Nº 25529-619/97; con los artículos 5º y 7º correspondientes a Tasa de Premio e Intereses Compensatorios y Punitorios, con el artículo opcional de Participación en Utilidades y sus bases técnicas, obrantes a fs. 3/6 de las presentes actuaciones.
ARTICULO 2º Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Firmado: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721, Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.
e. 21/2 Nº 472.050 v. 21/2/2005
ARTICULO 1º Conformar la reforma de los artículos 4º, 5º, 9º, 12º, 14º, 18º, 21º y 23º del estatuto social de INDEPENDENCIA COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A., conforme fuera aprobado por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 22 de octubre de 2004.
ARTICULO 2º A los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, confiérase intervención a la Inspección General de Justicia.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL
BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Julio A. Roca 721, Planta Baja, Capital Federal, Mesa de Entradas.
e. 21/2 Nº 472.116 v. 21/2/2005
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº 30.388 del 16 Feb 2005
Resolución Nº 30.384 del 15 Feb 2005
Expediente Nº: 45.999
Expediente Nº 13.086: Reforma de los artículos 4º, 7º, 9º, 10º y 12º del estatuto social de COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS DE CREDITO A LA EXPORTACION SOCIEDAD
ANONIMA.
Síntesis:
Síntesis:
VISTO Y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
ARTICULO 1º Inscribir a ESCUDO SEGUROS S.A. en el Registro Especial del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio - Decreto Nº 1567/74, habilitado para las Entidades que operen en dicho seguro, bajo el número 276.
ARTICULO 2º Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Firmado: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.
e. 21/2 Nº 472.045 v. 21/2/2005
ARTICULO 1º Conformar la reforma de los artículos 4º, 7º, 9º, 10º y 12º del estatuto social de COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS DE CREDITO A LA EXPORTACION SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con lo aprobado por la Asamblea General Extraordinaria de la entidad celebrada el 15
de diciembre de 2004.
ARTICULO 2º A los fines establecidos en los artículos 5º y 167º de la Ley 19.550, pasen las actuaciones a la Inspección General de Justicia y cumplida que sea la inscripción, tómese razón en el Libro de Entidades de Seguros.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL
BAELO, Superintendente de Seguros.
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº 30.385 del 16 Feb 2005
Expediente Nº 45.666 - LIQUIDADORA DE SINIESTROS Y AVERIA ING. CARINA CANGERI S/POSIBLE INFRACCION A LAS RES. NROS. 26.385 Y 26.661.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Julio A. Roca 721, Planta Baja, Capital Federal, Mesa de Entradas.
e. 21/2 Nº 472.115 v. 21/2/2005
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº 30.389 del 16 Feb 2005
Síntesis:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
ARTICULO 1º Sancionar a la Liquidadora de Siniestros y Averías Ing. Carina Cangeri matr.
156 con la pena de inhabilitación por el término de 5 cinco años.
Expediente Nº 246. Aumento de capital y reforma del artículo 2º del estatuto social de LA
EQUITATIVA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS.
Síntesis:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
ARTICULO 2º Tómese nota en el Registro de liquidadores de siniestros y averías, que estará a cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Registros, una vez firme.
ARTICULO 3º Se deja constancia de que la presente resolución es recurrible en los términos del art. 83 de la Ley 20.091.
ARTICULO 4º Regístrese, notifíquese a la interesada al domicilio de Juan Carrigo Nº 594 - CP
3100 - Paraná - Entre Ríos, y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 21/2 Nº 472.118 v. 21/2/2005
ARTICULO 1º Conformar el aumento de capital social y la reforma del artículo 2º del estatuto social de LA EQUITATIVA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS aprobada por Asamblea General Extraordinaria celebrada el 26 de octubre de 2004.
ARTICULO 2º A los fines establecidos en los artículos 5 y 167 de la Ley 19.550, confiérase intervención a la Inspección General de Justicia.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL
BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación sita en Av. Julio A. Roca 721, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires.
e. 21/2 Nº 472.114 v. 21/2/2005
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº 30.386 del 16 Feb 2005
Resolución Nº 30.390 del 16 Feb 2005
Expediente Nº 26.326. Reforma del artículo 10º y nuevo texto ordenado del estatuto social de LA ESTRELLA S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO
Expediente Nº 10.141. Reforma del artículo 9º y nuevo texto ordenado del estatuto social de JUNCAL COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
Síntesis:
Síntesis:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:
ARTICULO 1º Conformar la reforma del artículo 10º y el nuevo texto ordenado del estatuto social de LA ESTRELLA S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO aprobada por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime celebrada el 29 de octubre de 2004.
ARTICULO 1º Conformar la reforma del artículo 9º y el nuevo texto ordenado del estatuto social de JUNCAL COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A. aprobada por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime celebrada el 29 de octubre de 2004.
ARTICULO 2º A los fines establecidos en los artículos 5 y 167 de la Ley 19.550, confiérase intervención a la Inspección General de Justicia.
ARTICULO 2º A los fines establecidos en los artículos 5 y 167 de la Ley 19.550, confiérase intervención a la Inspección General de Justicia.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL
BAELO, Superintendente de Seguros.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: MIGUEL
BAELO, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación sita en Av. Julio A. Roca 721, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires.
e. 21/2 Nº 472.117 v. 21/2/2005
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación sita en Av. Julio A. Roca 721, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires.
e. 21/2 Nº 472.113 v. 21/2/2005