Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 5 de enero de 2005
RESUMEN POR MUNICIPIO

A

Cantidad de usuarios B

kWh C

Importe de energía $
D

Importe otros conceptos E

Canon Municipal F

15

ANEXO II - B 6

USUARIOS EN SITUACION IRREGULAR - AVISOS DE PAGO COBRADOS
Municipio
BOLETIN OFICIAL Nº 30.563

Corresponde al mes de año
Ley 7290 Ley 9038
G

H

21%
I

Otros Importe Total Impuestos J
K

TOTALES
DEDUCCION TASA DE COBRABILIDAD
TOTAL NETO

RESUMEN POR MUNICIPIO

ANEXO II - B VII

USUARIOS DADOS DE BAJA - AVISOS DE PAGO COBRADOS
Municipio A

Cantidad de usuarios B

kWh C

Importe de energía $
D

Importe otros conceptos E

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES
DE LA POLICIA FEDERAL

TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO

Decreto 1969/2004

Recategorización de funcionarios.

Canon Municipal F

Ley 7290 Ley 9038
G

H

21%
I

Otros Importe Total Impuestos J
K

Desígnanse Directores.
Bs. As., 29/12/2004
Bs. As., 29/12/2004
VISTO el Expediente N 122.022/04 del registro de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y
PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, y
RESUMEN POR MUNICIPIO

ANEXO II - B 8

USUARIOS NO FORMALES DEL SERVICIO ELECTRICO - AVISOS DE PAGO COBRADOS

A

Cantidad de usuarios B

kWh C

Importe de energía $
D

Importe otros conceptos E

Canon Municipal F

Corresponde al mes de año

Ley 7290 Ley 9038
G

H

21%
I

Otros Importe Total Impuestos J
K

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N 2154 del 25 de octubre de 2002 fueron designados como integrantes del Directorio de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA
FEDERAL, los Comisarios Generales R D.
Alberto José de BENITO y D. Luis Santiago FERNANDEZ, a partir del 26 de octubre de 2002 y por el término de DOS 2 años.

Que por el artículo 1 del Decreto N 491/02
se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que a tales efectos, el señor Presidente de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL propone la designación por un 1 nuevo período de Ley como integrantes del Directorio a los Comisarios Generales R D. Luis Roque SCHIAVILLA y D. Nicolás FRANCHINI.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 12
del Decreto-Ley N 15.943/46, ratificado por Ley 13.593.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Danse por designados Directores de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y
PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL a los Comisarios Generales R D. Luis Roque SCHIAVILLA L.E. N 4.148.899 y D. Nicolás FRANCHINI D.N.I. N 4.428.601 por el término de DOS
2 años, a partir del 26 de octubre de 2004.

TOTALES

VISTO el Expediente N 107/2004 del registro de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002, y
CONSIDERANDO:

Que a raíz de lo determinado por el Título III, Artículo 15 del Decreto-Ley N 15.943/46, ratificado por la Ley N 13.593, el día 26 de octubre de 2004 expiró el período legal del mandato del primero de los funcionarios citados, encontrándose sin cobertura el del segundo por haber sido aceptada su renuncia mediante Resolución N 17 de fecha 16 de enero de 2004 del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

TOTALES

Municipio
Decreto 1978/2004

Corresponde al mes de año

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.
Fernández. Aníbal D. Fernández.

Que, de las constancias existentes en el Expediente del Visto, se desprende que en el ámbito de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, resulta imprescindible recategorizar al personal de la Gerencia de Periodismo, medida ésta, que se encuentra motivada en la necesidad de favorecer el funcionamiento operativo de dicha área.
Que en virtud de lo normado en los arts. 5 y 24 del Convenio Colectivo de Trabajo de Prensa Escrita y Oral N 301/75, resulta proveniente de los usos y costumbres de práctica en la Empresa que las recategorizaciones se produzcan cumplidos los plazos indicados en el citado artículo 24.
Que la formulación de las propuestas enunciadas en los considerandos que anteceden, no obstante lo establecido por el artículo 1
del Decreto N 491/02, guardan amparo en las facultades acordadas al Directorio de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, en el artículo 12 del Estatuto Social de dicha Sociedad.
Que los costos derivados de las mencionadas recategorizaciones del personal propuesto, ya está imputado con cargo al ítem Remuneraciones del programa de Servicio Informativo de TELAM S.E.
Que la normativa aplicable en materia de personal, en el ámbito de TELAM SOCIEDAD
DEL ESTADO, se encuentra, básica y principalmente, en las Leyes números 12.908;
12.921 y 20.744 y modificatorias.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/2005 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data05/01/2005

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9418

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/08/2024

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