Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 13 de diciembre de 2004
CUIT

COD. DEPENDENCIA DENOMINACION

CERTIFICADO

30-68521819-0
30-69119165-2

020
020

SUBDIR. GRAL. DE OPERACIONES IMPOSITIVAS III
SUBDIR. GRAL. DE OPERACIONES IMPOSITIVAS III

30-69231900-8

020

SUBDIR. GRAL. DE OPERACIONES IMPOSITIVAS III

NOMBRE Y APELLIDO O
DENOMINACION

020-0573-2004 A. EVANGELISTA S.A.
020-0601-2004 TELEFONICA DATA ARGENTINA
S.A.
020-0596-2004 TECHTEL LMDS COMUNICACIONES
INT. S.A.

Abogado PEDRO ALBERTO JAUREGUI, Subdirector General de Operaciones Impositivas I, a/c Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas III, Dirección General Impositiva.
e. 13/12 Nº 467.111 v. 13/12/2004

BOLETIN OFICIAL Nº 30.546

De Interés Martes 13 de julio de 2004

Primera Sección
IMPRENTAS, AUTOIMPRESORES E IMPORTADORES PROPIOS O PARA TERCEROS

VISTO el procedimiento actual para la recepción de avisos comerciales en esta DIRECCION NACIONAL, y
Resolución de Aceptación según R.G. Nro 100
DOMICILIO FISCAL

NRO. INSCR.

IMPRENTA

20238038635

VEGIANI HECTOR

015

CUBA 4601 1653 -VILLA BALLESTERPCIA. BS. AS.

014326/0

Abog. PEDRO ALBERTO JAUREGUI, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Impositivas I, Dirección General Impositiva.
e. 13/12 Nº 467.112 v. 13/12/2004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
IMPRENTAS, AUTOIMPRESORES E IMPORTADORES PROPIOS O PARA TERCEROS
Resolución de Aceptación según R.G. Nº 100
CUIT

NOMBRE Y APELLIDO O DENOMINACION

20061838199
20209228980

SCHWARZHANS CARLOS ALBERTO
RIMER, ROBERTO GERMAN

20232561727
20255354168
27054959597
27223248670
27284275034

TONIUTTI JUAN MARCELO
GUERRERO BERNARDO MARTIN
RIBOTTA, GRISELDA LORENZA
CINALLI MARIA ALEJANDRA
PERIOTTI VIRGINIA

DEPEND.

DOMICILIO FISCAL

NRO. INSCR.

IMPRENTAS

851
25 DE MAYO Nº 1256 - TOTORAS
401
RIVADAVIA Y MORENO N65-C.
DU GRATY - CHACO
602
ALBERDI NRO. 442- 5300 LA RIOJA
108
25 DE MAYO Y MORENO 1814 CAÑUELAS
279
ALBERDI 254 - 5800 - RIO CAURTO-CBA.
108
SARMIENTO N 980 1814 CAÑUELAS
858
ISLAS MALVINAS 324-SAN CARLOS
CENTRO-SFE

850198/0
400145/1
601668/5
107069/0
278446/7
107068/1
857401/4

NOMBRE Y APELLIDO O DENOMINACION

DEPEND.

DOMICILIO FISCAL

NRO. INSCR.

AUTOIMPRESORES
30580593689

ELECTRICIDAD ALMAR S.R.L.

870

MENDOZA 1051-ROSARIO-2000-SANTA FE

869101/0

IMPRENTAS
27243332848

CARREÑO, SILVINA ANDREA

279

JUAREZ AVILA 802-5800-RIO CUARTO-CBA.

CONSIDERANDO:
Que dicho procedimiento no establece formalidades especiales en cuanto a la autenticación de las firmas de los avisos y la acreditación de la personería o facultades de quienes las insertan en ellos.
Que en la generalidad de los casos tales presentaciones son efectuadas por personas distintas de dichos firmantes.
Que si bien es cierto, que esta Dirección Nacional no detenta ninguna función de control sobre la validez o alcance legal que pueda tener lo publicado, ello no impide que deba garantizarse la certeza y seguridad de las publicaciones, por lo que a tales fines, resulta necesario adoptar recaudos conducentes a que la identidad y personería o facultades de los firmantes de avisos que se presenten a esta DIRECCION NACIONAL, sean verificadas en la misma oportunidad de dicha presentación.
Que asimismo y habida cuenta del dictado de la Resolución General I.G.J. Nº 13/04, corresponde explicitar la realización de aquellos controles que, dentro del tenor literal de los avisos, permitan una verificación de la observancia de aquellos recaudos que sean susceptibles de comprobación manifiesta.
Por ello y en ejercicio de sus atribuciones, EL DIRECTOR
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:

Resolución de Exclusión según R.G. Nº 100
CUIT

19

Disposición 16/2004

Bs. As., 12/7/2004

DEP.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.440

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

NOMBRE Y APELLIDO O DENOMINACION

PUBLICACIONES DE
SOCIEDADES COMERCIALES

Establécense para la publicación de avisos comerciales, los requisitos que serán verificados en la oportunidad de la presentación.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

CUIT

22

278321/5

Abog. PEDRO ALBERTO JAUREGUI, Subdirector General, Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas I, a/c Subdirección Gral. de Operaciones Impositivas II, Dirección General Impositiva.
e. 13/12 Nº 467.113 v. 13/12/2004

Artículo 1º La DIRECCION NA
NACIONAL
CIONAL DEL REGISTRO
GISTR
O OFICIAL requerirá para la publicación de los avisos comerciales que le sean presentados, que los mismos cumplan con los siguientes recaudos:
firma inserta 1 La fir ma original inser ta en los mismos deencontrarse certificada berá encontrar se cer tificada notarialmente. La certificación cer tificación deberá asimismo relacionar la perfirmante, sonería y/o facultades del fir mante, en refeinstrumento rencia al instr umento público o privado debidamente individualizado del cual surjan.

Comunicación
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Exceptúase de lo dispuesto en este inciso a avisos cuya los a visos cuy a publicación sea solicitada judicialmente, cuando el oficio respectivo y el aviso vengan suscriptos por el Juez o Secretario del TTribunal.
ribunal.
avisos firmados 2 En el caso de a visos fir mados por escribanos públicos, abogados o graduados en ciencias económicas, los mismos podrán presentarse firma tar se con dicha fir ma legalizada por la autoridad da d de superintendencia de su matrícula, debiendo los mencionados profesionales incluir en el aviso, juntamente con la aclaración de su calidad de tales, sus datos de matrícula salvo sa lvo que los mismos consten en la legalifirma zación de su fir ma y la individualización del instrumento instr umento público o privado del que resulte su autorización.
firma, 3 Junto a la aclaración de la fir ma, deberán insertar tarse inser tar se los datos de la cer tificación notarial o legalización, los que serán confrontados previo a la recepción del aviso.
Los datos de la cer tificación notarial o leinstrugalización y la individualización del instr umento público o privado de donde surjan la personería, per sonería, facultades o autorización del firmante, quedarán incluidos en todos los casos en el texto del aviso que se publicarán en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Art. 2º La DIRECCION NA
NACIONAL
CIONAL DEL REGISTRO
aviTR
O OFICIAL rehusará la recepción de los a visos que no cumplan con los recaudos indicaartículo anterior,, como así también la dos en el ar tículo anterior de aquellos que de modo manifiesto no se ajusartículos ten a lo dispuesto por los ar tículos 1º y 2º, incisos 1, 4 literales b y d, y 5, de la Resolución General Nº 13/04 de la INSPECCION
GENERAL DE JUSTICIA.
Art.
Ar t. 3º Esta disposición entrará en vigencia a los 10 diez días de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Ar t. 4º Regístrese, publíquese, dése a difusión en el ámbito de esta DIRECCION NACIONAL, comuníquese a la INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y archívese.
Jorge E. Feijoó.

Aclaratoria
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CLORINDA
Sección Sumarios, 4/11/2004
Se hace saber a las personas que en los Sumarios Contenciosos se mencionan, instruidos por la supuesta infracción a los Arts. 985 y 987 C.A. por esta División Aduana, que en los presentes se han dictado Resoluciones definitivas CONDENAS por encontrarse que la conducta asumida por los nombrados caben dentro de las previsiones de los referidos textos legales. Haciéndoles saber el importe de la multa impuesta de la condena, la que deberá efectivizarse en el perentorio término de QUINCE 15
días hábiles de la publicación del presente Edicto. Podrá interponer contra el mismo los siguientes recursos: Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o Demanda Contenciosa en los términos del Art. 1132
sgtes., y cctes. del Código Aduanero. Para el supuesto de quedar firme el auto Resolutivo y no abonarse la multa impuesta, se procederá acorde a lo normado por el art. 1122 sgtes. y cctes., del referido cuerpo legal. Quedan Uds., debidamente notificados. Fdo.: Abog. RAUL ANTONIO ROMERO, Administrador I Ad. Clor, 04 de noviembre de 2004, sito en San Martín Nº 1101, Clorinda Pcia. Formosa.
SC12- IMPUTADOS
Nº APEL/NOMB
103/03
353/03
428/03
431/03

BRITEZ FLORENTINA RAMONA
VALENZUELA RAMON ALBERTO
RAMOS AURELIA DE JESUS
VELAZQUEZ CARLOS

DOC. Nº
-DNI 24.679.433
-DNI. 24.259.318
-DNI. 12.140.966
-DNI. 18.307.867

INF. ART.
C.A.
985 y 987
987
987
987

MULTA
$ 7.938,96
511,34
1.045,01
1.967,99

RESOL. Nº AD CLOR
402/04
417/04
232/04
233/04

ºSENTENCIA

CONDENA

e. 13/12 Nº 466.810 v. 13/12/2004

VISTO la Disposición Nº 16/04 de esta DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL estableciendo determinados recaudos para la presentación de avisos comerciales a publicar en el Boletín Oficial de la República Argentina, y ATENTO algunas dudas planteadas por los señores usuarios en relación con el costo de la publicación de los datos correspondientes a la Certificación Notarial y la Legalización de firmas emitidas por los Colegios de Profesionales respectivos, SE ACLARA que la publicación de los datos identificatorios de las referidas Certificaciones y Legalizaciones que se hacen constar al pie de los avisos respectivos, NO TIENEN COSTO
ALGUNO PARA LOS SEÑORES USUARIOS, quedando en consecuencia, íntegramente a cargo de este organismo.

EL DIRECTOR NACIONAL

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/12/2004

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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