Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 1 de setiembre de 2004

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N 50/2004
Bs. As., 17/8/2004
VISTO el Expediente N 141.354/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS, la Ley N 25.827, los Decretos Nros. 751 del 29 de agosto de 2000, N 491
del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y la Decisión Administrativa N 2 del 14 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2004.
Que por el Decreto N 751/00 se aprobó el Modelo de Carta Acuerdo correspondiente a la Donación para el Apoyo a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS realizada por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO Donación BIRF IDF 027282, y se facultó al entonces señor Ministro de Economía a suscribir dicha Carta Acuerdo.
Que por el mencionado expediente y de acuerdo a las normas citadas en el VISTO, tramita la suscripción de DOS 2 Contratos de locación de obra con personal especializado para ejecutar una actividad prevista en el Plan de Trabajo Anual acordado entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y el BANCO INTERNACIONAL
DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.
Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N 601/02 se dispuso, entre otros aspectos, que las disposiciones del Decreto N 491/02 son aplicables a la celebración, renovación, y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 436/00 y 1023/01, como así también los convenidos para proyectos o Programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.
Que en el artículo 2 del Decreto N 577/03 se ha establecido que en aquellos supuestos en los cuales la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a la suma consignada en el artículo 1 las mismas serán efectuadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar, según corresponda.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 40 - Programa 27 - del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - OFICINA ANTICORRUPCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley N 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa N
2/04, a fin de atender el gasto resultante de las contribuciones alcanzadas por la presente medida.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas en virtud del Decreto Nro. 577/03.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 30.475

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nente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N 601/02 se dispuso, entre otros aspectos, que las disposiciones del Decreto N
491/02 son aplicables a la celebración, renovación, y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 436/00 y 1023/01, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional.
Que en el artículo 2 del Decreto N 577/03 se ha establecido que en aquellos supuestos en los cuales la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a la suma consignada en el artículo 1 las mismas serán efectuadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar, según corresponda.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 40 - Programa 27 - del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS - OFICINA ANTICORRUPCION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley N 25.827 y distribuido por la Decisión Administrativa N
2/04, a fin de atender el gasto resultante de las contribuciones alcanzadas por la presente medida.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas en virtud del Decreto Nro. 577/03.
Por ello, EL MINISTRO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébase el contrato celebrado entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y la persona que se menciona en el Anexo I que forma parte de la presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales, y totales allí consignados, y la asignación de las funciones conforme lo establecido en el Anexo mencionado.
ARTICULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica del Programa 27 OFICINA ANTICORRUPCION Jurisdicción 40 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. HORACIO DANIEL ROSATTI, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 1/9 N 456.583 v. 1/9/2004

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 505/04
ACTA Nº 712
Expediente ENRE Nº 9068/00

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébanse los contratos celebrados entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y las personas que se mencionan en el Anexo I que forma parte de la presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales, y totales allí consignados, y la asignación de las funciones conforme lo establecido en el Anexo mencionado.
ARTICULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica del Programa 27 OFICINA ANTICORRUPCION Jurisdicción 40 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. HORACIO DANIEL ROSATTI, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 1/9 N 456.587 v. 1/9/2004

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N 51/2004
Bs. As., 17/8/2004
VISTO el Expediente N 142.658/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS, la Ley N 25.827, los Decretos Nros. 751 del 29 de agosto de 2000, N 491
del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y la Decisión Administrativa N 2 del 14 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2004.
Que por el Decreto N 751/00 se aprobó el Modelo de Carta Acuerdo correspondiente a la Donación para el Apoyo a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS realizada por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO Donación BIRF IDF 027282, y se facultó al entonces señor Ministro de Economía a suscribir dicha Carta Acuerdo.
Que por el mencionado expediente y de acuerdo a las normas citadas en el VISTO, tramita la suscripción de UN 1 contrato de locación de obra con personal especializado para ejecutar una actividad prevista en el Plan de Trabajo Anual acordado entre la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y el BANCO INTERNACIONAL
DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.
Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta perma-

Buenos Aires, 19 de Agosto de 2004
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:.- Aprobar como beneficiarios de la obra de ampliación definida en los arts. 1 y 2 de la Resolución ENRE Nº 550/
2003 los agentes enumerados en el Anexo I de la presente Resolución. 2.- Aprobar la documentación licitatoria para el llamado a concurso público que tiene por objeto la ampliación identificada como PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA PROVISION, EL TRANSPORTE, LA CONSTRUCCION DE LAS OBRAS CIVILES, EL MONTAJE ELECTROMECANICO DE EQUIPOS Y TABLEROS, LOS ENSAYOS Y LA PUESTA EN SERVICIO DE LA ESTACION TRANSFORMADORA CAMPANA
500 KV que como Anexo II forma parte de la presente. 3.Disponer que en el Concurso Público a que alude el artículo precedente deberá darse cumplimiento a la normativa de Compre Trabajo Argentino, establecida por la Ley Nº 25.551 y su Decreto Reglamentario Nº 1600/2002, como así también a la Resolución ENRE Nº 302/2003 del 11 de septiembre de 2003, corregida en su anexo por la Resolución ENRE Nº 378/2003. 4.- Aprobar como mecanismo de pago a TRANSENER S.A. para la elaboración del pliego licitatorio, la evaluación de las ofertas, la supervisión e inspección de la obra, la energización y puesta en servicio, lo establecido en el punto XI. 1.5. de las Bases y Condiciones del Pliego Licitatorio aprobado en el artículo 2 de la presente. 5.- Constituir un Comité de Evaluación y Adjudicación de Ofertas, que estará compuesto por un representante de TRANSENER S.A. y un representante del ENTE NACIONAL REGULADOR DE ELECTRICIDAD, para el llamado a la licitación pública, evaluación de las ofertas presentadas, determinación de la oferta elegida por la licitación pública que se convocará a partir de la documentación que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución.6.Sin perjuicio de que lo establecido en el artículo precedente, las circulares modificatorias que emita el Comité de Evaluación y Adjudicación de Ofertas, así como el acto de adjudicación de la oferta elegida, requerirán la ratificación del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE ELECTRICIDAD. 7.Designar al Responsable del Area de Análisis Regulatorios y Estudios Especiales, Licenciado Darío Arrúe, y/o a quien este Directorio designe, como representante del ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD en el Comité de Evaluación y Adjudicación de Ofertas. 8.- Notifiquese a TRANSENER S.A., a la TRANSPORTISTA INDEPENDIENTE DE BUENOS AIRES S.A. TIBA, a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGIA NORTE SOCIEDAD ANONIMA EDEN S.A., a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS PUBLICOS Y SOCIALES EN SAN PEDRO
LTDA. COOPSER, a VORIDIAN ARGENTINA S.R.L. ex -EASTMAN CHEMICAL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, planta ZARATE, a ESSO SOCIEDAD ANONIMA PETROLERA ARGENTINA ESSO
S.A.P.A., planta CAMPANA, a JUAN MINETTI SOCIEDAD ANONIMA, planta CAMPANA ex-CORCEMAR, a LA PAPELERA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA, planta ZARATE ex-TISSUE, a PAPEL PRENSA
SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FORESTAL Y DE MANDATOS, Planta SAN PEDRO, a PETROBRAS ENERGIA S.A., planta CAMPANA ex - PASA, a PRAXAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, Planta CAMPANA, a SIDERCA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, Planta CAMPANA, al ORGANISMO DE CONTROL ENERGETICO DE BUENOS AIRES OCEBA, a la DIRECCION PROVINCIAL DE ENERGIA del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la Provincia de BUENOS AIRES, a la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Campana y a CAMMESA. Las notificaciones del Pliego de Bases y Condiciones aprobado en el art. 2 de la presente, se harán mediante soporte magnético. Firmado: Jorge Daniel Belenda, Vocal tercero. Julio César Molina, Vocal Segundo. Ricardo A. Martínez Leone, Vicepresidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17,30, en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en www.boletinoficial.gov.ar e. 1/9 Nº 456.716 v. 1/9/2004

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data01/09/2004

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9414

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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