Boletín Oficial de la República Argentina del 01/04/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 1 de abril de 2004

de servicio o fracción mayor de tres 3 meses; c quedar en situación de excedencia, sin goce de sueldos, por un período no inferior a tres 3 meses ni superior a seis 6; d para hacer uso de los derechos acordados en los incisos b y c, deberá solicitarlo en forma y por escrito; e en caso de nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, la trabajadora tendrá derecho a los beneficios previstos por la Ley 24.716, para lo cual deberá cumplimentar los recaudos exigidos por dicha norma.
ARTICULO 66: ADOPCION: En caso de adopción, la trabajadora mujer tendrá derecho a una licencia paga de treinta 30 días corridos. Para tener derecho a este beneficio deberá: 1 acreditar la decisión legal respectiva. A tal fin se identificará como acto de adopción el que otorgue la tenencia provisoria o definitiva; 2 tratarse de un menor de hasta 6 años.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.373

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urbano de la Capital Federal, para que presente su descargo y ofrezca la prueba que hagan a su derecho art. 1 inc. F Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de la publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de su apoderado o de su representante legal art. 19, 20, 22, del Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991. El presente deberá publicarse por tres días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 42 del Decreto 1759/72 T.O.1991. Dra. CLAUDIA GRACIELA PARACAMPO, Instructora Sumariante INAES.
e. 31/3 Nº 443.268 v. 2/4/2004

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
ARTICULO 67: CONTRATACION DE DISCAPACITADOS: Ambas partes acuerdan que la empresa podrá contratar personas discapacitadas, si las condiciones laborales de la misma lo permiten y el postulante a un cargo reúne las condiciones de idoneidad para ocupar el mismo; ello en una proporción del dos por ciento 2% de la totalidad del personal, si la dotación no llegara a 100 empleados o excediera sin llegar a 200 y así sucesivamente, corresponderá uno por cada 50 empleados. Se entiende por discapacitada a la persona definida en el Art. 2 de la Ley 22.431, a fin de que cumpla tareas en las funciones adecuadas a sus capacidades, que de corresponder le asignará la empresa. Se habilita esta modalidad de contratación en los términos consignados precedentemente, con los consecuentes beneficios para la empresa que las leyes vigentes o futuras prescriban.
e. 1/4 N 45.200 v. 1/4/2004

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con sede en Avda. Belgrano N 1656/58 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a las siguientes entidades:
COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSPORTISTAS SECTOR QUILMES LTDA., matr. N 16.076 74.070/
99; COOPERATIVA DE TRABAJO SOL DE MARZO LTDA., matr. N 18.598 11.080/01; COOPERATIVA DE VIVIENDA UNISOL LTDA., matr. N 10.467 76.184/00; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO ALEA LTDA., matr. N 12.986 Expte. N 11.627/01; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MARTIN MIGUEL DE GUEMES LTDA., matr. N 18.906 Expte. N 76.713/00
y COOPERATIVA DE VIVIENDAS, CREDITO Y CONSUMO CO.VI.CRED.LTDA., matr. N 15.995 Expte. N 11.626/01, todas con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en los expedientes que por su orden aparecen enunciados, mediante los que se sustancian sendos sumarios a las citadas entidades, han recaído las respectivas disposiciones que, en lo substancial expresan:
VISTO DISPONGO: Art. 1: Dásele por decaído a la sumariada, el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del Art. 1 inc. e ap. 8 de la Ley 19.549. Art. 2:
Declárase la cuestión de puro derecho. Art. 3: Acuérdase a la causante el plazo de diez 10 días para que de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las presentes actuaciones en los términos y a los efectos previstos por el Art. 60 del Decreto 1759/72 T.O. 1991 De forma. Fdo.: Dra. ELENA
DOMINGUEZ, Instructora Sumariante. Quedan las entidades mencionadas DEBIDAMENTE NOTIFICADAS y emplazadas, respectivamente, en los términos del enunciado Art. 3. Dra. ELENA DOMINGUEZ, Instructora Sumariante.
e. 1/4 N 443.430 v. 1/4/2004

AVISOS OFICIALES
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INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano 1656 notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones de su Directorio se ha resuelto instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: MUTUAL DEL PERSONAL DE INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, CORDOBA 356, SOCIEDAD ARGENTINA TIRO FEDERAL Y SOCORROS MUTUOS DE CORONEL MOLDES, CORDOBA 94, MUTUAL UNION DOCENTES ARGENTINOS, CORDOBA 394 ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS
DEL BANCO RIO TERCERO COOPERATIVO LIMITADO, CORDOBA 521 MUTUAL DE ACTIVIDADES FORESTALES Y AGROPECUARIAS LOS HORNILLOS, CORDOBA 601 ASOCIACION MUTUAL
COLEGIO DE LA INMACULADA, CORDOBA 391 ASOCIACION MUTUAL FAMILIA MUNICIPAL, CORDOBA 439 ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL BANCO MERIDIONAL COOPERATIVO
LIMITADO, CORDOBA 505 ASOCIACION MUTUAL DE PADRES Y DIRIGENTES DEL GRUPO SCUT
NUMERO 439 SAN CAYETANO, CORDOBA 366 ASOCIACION MUTUAL NUEVO SOL, CORDOBA
622 ASOCIACION MUTUAL DE SOLIDARIDAD VILLA LIBERTADOR, CORDOBA 522 ASOCIACION
MUTUAL DE LOS TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES ENCOTEL Y RADIODIFUSION DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, CORDOBA 318 MUTUAL DE EMPLEADO DE CORREOS
TELECOMUNICACIONES Y AFINES JOSE MARIA PAZ, CORDOBA 697 CENTRO OBREROS SOCIAL DE SOCORROS MUTUOS, CORDOBA 162 ASOCIACION MUTUAL INTEGRACION DEL SUR
AMIS, MENDOZA 371 UNION MUTUAL 26 DE SEPTIEMBRE, MENDOZA 221 CENTRO PROTECCION RECIPROCA DE CHOFERES DE SAN RAFAEL ASOCIACION, MENDOZA 41 MUTUAL DE LA
ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE BIENES RAICES, MENDOZA 258 MUTUALIDAD DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE CORRIENTES, CORRIENTES 72
ASOCIACION NINO BARRIONUEVO, CATAMARCA 40 ASOCIACION MUTUAL SUR, BUENOS AIRES 1793 ASOCIACION MUTUAL 12 DE JUNIO PARA EL PERSONAL DE LA INDUSTRIA TEXTIL
SECCIONAL SAN MARTIN, BUENOS AIRES 1805 ASOCIACION MUTUAL 18 DE ABRIL, CAPITAL
FEDERAL 2332 ASOCIACION MUTUAL ARCO IRIS, CAPITAL FEDERAL 1595; COOPERATIVA DE
TRABAJO DE VIGILANCIA BICON LIMITADA 10920, COOPERATIVA DE TRABAJO LOS SAUCES
LIMITADA 17376, COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO INTERCRED LIMITADA
21201. En las mismas se ha designado a la suscripta Instructora Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor se fija un plazo de diez 10 días, con más los ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal para que presente su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho art. 1 inc. F Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de la publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya de su apoderado o de su representante legal art. 19, 20, 21, 22 del Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991. El presente deberá publicarse por tres días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo dispuesto en el art. 42 del Decreto 1759/72 T.O. 1991. Dra. CLAUDIA GRACIELA PARACAMPO, Instructora Sumariante INAES.
e. 31/3 Nº 443.271 v. 2/4/2004

Servicio Gratuito
PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
EDICTO DE NOTIFICACION arf. 42 del DECRETO N 1759/72

www.boletinoficial.go .boletinoficial.gov www .boletinoficial.go v.ar
Notifíquese a la firma TV EL BOLSON REALIZACIONES PATAGONICAS SOCIEDAD ANONIMA, que en el Expediente N 1647/COMFER/90 se ha dictado la RESOLUCION N 0188/COMFER/04 de fecha 02/03/04, que en su parte resolutiva dice:
ARTICULO 1 Declárase la caducidad de la licencia concedida mediante Resolución N 478/
COMFER/91, a la empresa TV EL BOLSON REALIZACIONES PATAGONICAS SOCIEDAD ANONIMA, para la instalación, funcionamiento y explotación de un Circuito Cerrado Codificado de Televisión en la Banda de UHF, en las localidades de EL BOLSON, provincia de RIO NEGRO y EL HOYO, provincia de CHUBUT, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2 Determínase la pérdida para la empresa TV EL BOLSON REALIZACIONES
PATAGONICAS SOCIEDAD ANONIMA, del depósito de garantía correspondiente a la solicitud de licencia tramitada en el expediente citado en el VISTO.
ARTICULO 3 Dése intervención a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES para la pertinente cancelación de la reserva de canales efectuada. Fdo.: Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor del Comité Federal de Radiodifusión.
e. 30/3 N 443.185 v. 1/4/2004

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Avenida Belgrano 1656 notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones de su Directorio se ha resuelto instruir sumario a las Entidades que a continuación se detallan: ASOCIACION MUTUAL DE
ARTISTAS CORDOBESES 12 DE DICIEMBRE CORDOBA 431, ASOCIACION MUTUAL DE ACTIVIDADES FORESTALES Y AGROPECUARIAS LOS HORNILLOS CORDOBA 601, ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL TRANSPORTE URBANO CORDOBESA CORDOBA 380, ASOCIACION
MUTUAL COMUNIDAD TOBA LAS LOMAS SANTA FE 1242, ASOCIACION MUTUAL DE VECINOS
BAHIENSES BUENOS AIRES 2036. En las mismas se ha designado a la suscripta Instructora Sumariante. De acuerdo a las normas vigentes se fija un plazo de diez 10 días, con más de lo ampliatorio que por derecho le corresponde en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio
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EJECUTIVO NACIONAL
no publicados en la edición gráfica

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Boletín Oficial de la República Argentina del 01/04/2004 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data01/04/2004

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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