Boletín Oficial de la República Argentina del 03/12/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.290 1 Sección ofertas presentadas que fue la siguiente: INCOCIV SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
EVARSA EVALUACION DE RECURSOS SOCIEDAD ANONIMA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, NOVENTA Y SEIS PUNTOS CON CINCUENTA CENTESIMAS 96,50; HYTSA ESTUDIOS Y
PROYECTOS SOCIEDAD ANONIMA, OCHENTA Y NUEVE PUNTOS CON CINCUENTA CENTESIMAS 89,50; INGE CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA INCO, OCHENTA Y SIETE PUNTOS CON
CINCUENTA Y UN CENTESIMAS 87,51; y PROA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ESIN CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, OCHENTA Y
CINCO PUNTOS CON CINCO CENTESIMAS 85,05.
Que por dicha Disposición N 44/2003 de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS y en virtud de la calificación final establecida, se preadjudicó la contratación de los servicios de ingeniería para revisión de proyectos e inspección de la obra denominada CANALIZACION DE LA CAÑADA DE
LAS HORQUETAS, SUBREGION A1, ETAPA II TRAMO II a las firmas INCOCIV SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - EVARSA EVALUACION DE RECURSOS SOCIEDAD ANONIMA UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS, por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO
MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON QUINCE CENTAVOS $ 1.224.648,15, Impuesto al Valor Agregado I.V.A. incluido, por sistema de AJUSTE ALZADO.

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643, en cuya oportunidad se le manifestó que se procedería a la brevedad a la elaboración y dictado del acto administrativo requerido legalmente para su entrada en vigencia.
Que corresponde en consecuencia proceder a la modificación parcial del Anexo IV al Contrato de Fideicomiso Reglamento de Contrataciones para la Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso oportunamente aprobado por Resolución ETOSS N 101/03 Artículo 1, sustituyéndose su inciso a apartado II del Artículo 21, por el nuevo texto propuesto.
Que la COMISION AD HOC, las GERENCIAS DE ECONOMIA DEL SECTOR, DE ADMINISTRACION DE ACTIVOS y DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.
Que el ETOSS cuenta con facultades para dictar la resolución propuesta en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Disposición SSRH N 01/03 y en la cláusula DECIMOCUARTA del Contrato de Fideicomiso.
Por ello, El DIRECTORIO DEL ENTE TRIPARTITO
DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
RESUELVE:

Que notificado el acto de preadjudicación no se presentaron impugnaciones contra el mismo, por lo que procede ahora realizar la correspondiente adjudicación de conformidad con lo previsto en el numeral 4.6 del Título II del Pliego Licitatorio.
Que la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de este Ministerio prestó conformidad con todo lo actuado por la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de esa Secretaría en las presentes actuaciones.

Miércoles 3 de diciembre de 2003

ARTICULO 1 Sustitúyese el inciso a apartado II del Artículo 21 del Anexo IV al Contrato de Fideicomiso Reglamento de Contrataciones para la Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso por el siguiente texto:
a1. Ejecución redes de agua potable.

Que ha tomado intervención la UNIDAD DE COORDINACION DEL FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de lo prescripto en la Ley N
13.064 y el Decreto N 238 de fecha 19 de junio de 2003.
Por ello, EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Adjudícase la contratación de los servicios de ingeniería para revisión de proyectos e inspección de la obra denominada CANALIZACION DE LA CAÑADA DE LAS HORQUETAS, SUBREGION A1, ETAPA II TRAMO II a las firmas INCOCIV SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA EVARSA EVALUACION DE RECURSOS SOCIEDAD ANONIMA, que conforman una UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON QUINCE CENTAVOS $ 1.224.648,15, Impuesto al Valor Agregado I.V.A. incluido, por sistema de AJUSTE ALZADO, por considerarse su oferta la más conveniente.
ARTICULO 2 Autorízase a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a suscribir con las empresas adjudicatarias el contrato de servicios de acuerdo con las estipulaciones contenidas en los pliegos licitatorios aprobados por Resolución N 84 de fecha 12 de marzo de 2003 de la SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
e. 3/12 N 433.985 v. 3/12/2003

ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
Resolución N 139/2003
Expte.: 14166-03

Para la ejecución de redes de agua potable los oferentes deberán acreditar haber ejecutado dentro de los últimos CINCO 5 años obras de tendido de redes de agua potable, cloacas, desages pluviales, gas, energía eléctrica, comunicaciones o conducción de cualquier otro tipo de fluido por red bajo tierra y en ambiente urbano de una longitud no inferior a los TRES MIL 3.000 metros en dicho período.
a2. Ejecución de redes cloacales en diámetro menor o igual a 315 mm con conexiones.
Para la ejecución de obras de tendido de cañerías cloacales en vía pública, los oferentes deberán acreditar haber ejecutado dentro de los últimos CINCO 5 años, obras de tendido de redes cloacales en ambiente urbano, de una longitud no inferior a los DIEZ MIL 10.000 metros y con no menos de QUINIENTAS 500 conexiones cloacales en dicho período y de no menos de DOS MIL 2.000 metros con no menos de CIENTO CINCUENTA 150 conexiones cloacales en uno solo de dichos años, o bien acreditar haber realizado obras de desages pluviales, en ambiente urbano, con una longitud no inferior a los DIEZ MIL 10.000 metros en los últimos CINCO 5 años y no menos de DOS MIL 2.000
metros en uno sólo de dichos años.
a3. Ejecución de redes cloacales en diámetro mayor a 315 mm.
Para la ejecución de obras de tendido de cañerías cloacales en vía pública, los oferentes deberán acreditar haber ejecutado dentro de los últimos CINCO 5 años obras de tendido de redes cloacales y/o desages pluviales, en diámetro mayor a 315 mm o ducto de sección equivalente, en ambiente urbano, de una longitud no inferior a DOS MIL 2.000 metros, en dicho período y no menos de QUINIENTOS 500 metros en uno solo de dichos años.
ARTICULO 2 Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales que habrá de regir las contrataciones sujetas al Reglamento de Contrataciones para la Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 3 Regístrese, notifíquese a AGUAS ARGENTINAS S.A. y a BAPRO MANDATOS Y
NEGOCIOS S.A., tomen conocimiento las Gerencias y Areas del ETOSS. Comuníquese a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION y a la COMISION BICAMERAL DE LA REFORMA DEL ESTADO, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese.
Lic. JORGE A. DELHON, Vicepresidente. Lic. ROBERTO IGLESIAS, Director. Lic. MIGUEL SAIEGH, Presidente. Dr. CARLOS MARIA VILAS, Director. Ing. MARTIN LASCANO, Director. Ing. OSCAR N. BRONZINA, Director.
Aprobada por Acta de Directorio N 47/03.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 3/12 N 433.909 v. 3/12/2003

Bs. As., 27/11/2003
VISTO lo actuado, y CONSIDERANDO:
Que por Nota ETOSS N 18.260 del 23/10/03 fs. 423 se efectuaron diversas observaciones a la versión del Pliego de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones sujetas al Reglamento de Contrataciones para la Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso, presentada por la Concesionaria AGUAS ARGENTINAS S.A. mediante Nota N 57.439/03 de su registro.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución N 759/2003
Bs. As., 27/11/2003

Que la Concesionaria por Nota 58.147/03 de su registro fs. 480/524, presentó una nueva versión del citado Pliego de Condiciones Generales, la que mereció la aprobación de la Comisión ad-hoc fs.
546 por recoger la totalidad de las observaciones que oportunamente se habían efectuado por la Nota ETOSS N 18260/03 antes citada.
Que corresponde en consecuencia proceder a su formal aprobación, a los efectos de su inclusión en los procedimientos de Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso.
Que con fecha 5/11/02, se realizó una reunión con representantes de la Concesionaria y del ETOSS, para tratar los diferencias de criterios existentes sobre el grado de experiencia exigible a los oferentes en los procedimientos de Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso, con la finalidad de lograr un equilibrio que permitiera asegurar la mayor concurrencia sin poner en riesgo la calidad de las obras.

VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
S.R.T. N 2035/03, la Ley N 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, las Resoluciones S.R.T. N 010 de fecha 13 de febrero de 1997, S.R.T. N 025 de fecha 26 de marzo de 1997, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución S.R.T. N 010/97, aprobó el procedimiento para la comprobación y juzgamiento de los incumplimientos por parte de las Aseguradoras y empleadores autoasegurados a la Ley N
24.557 y sus normas reglamentarias.
Que asimismo, por Resolución S.R.T. N 025/97, se aprobó el procedimiento para la comprobación y juzgamiento de los incumplimientos de los empleadores y empleadores autoasegurados a la Ley N 24.557 y a las Normas de Higiene y Seguridad.

Que como resultado de dicha reunión se arribó a un consenso que implica la modificación del inciso a apartado II, del Artículo 21, del Anexo IV, al Contrato de Fideicomiso Reglamento de Contrataciones para la Contratación de Obras incluidas en el Fideicomiso oportunamente aprobado por Resolución ETOSS N 101/03 Artículo 1.

Que en el marco de las mencionadas Resoluciones se substancian ante este Organismo sumarios administrativos contra Aseguradoras, empleadores autoasegurados y empleadores.

Que por Nota N 58.595/03 del registro de la Concesionaria, ésta presentó la nueva redacción propuesta para la norma referida, siendo sus términos aceptados por las áreas técnicas del ETOSS, aceptación que se comunicara a la Concesionaria por Nota ETOSS N 18.382 de fecha 18/11/03 fs.

Que ha sido práctica de esta S.R.T. suspender los plazos administrativos en los sumarios en trámite por ante este Organismo de Control, en coincidencia con las ferias judiciales que determina el Reglamento para la Justicia Nacional t.o. según acordada de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DE LA NACION N 58 de fecha 9 de octubre de 1990.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/12/2003 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data03/12/2003

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9383

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/07/2024

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