Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2003 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.171 1 Sección Provincia
Municipio
Secretaría de Energía
Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán Tucumán
COLOMBRES
CONCEPCION
DELFIN GALLO
EL BRACHO Y EL CEVILAR
EL CERCADO
EL CHAÑAR
EL MANANTIAL
EL MOJON
EL MOLLAR
EL NARANJITO
EL NARANJO Y EL SUNCHAL
EL POLEAR
EL SACRIFICIO
EL TIMBO
ESCABA
ESQUINA Y MANCOPA
ESTACION ARAOZ Y TACANAS
FAMAILLA
GASTONA Y BELICHA
GOBERNADOR GARMENDIA
GOBERNADOR PIEDRABUENA
GRANEROS
HUASA PAMPA
JUAN BAUTISTA ALBERDI
LA COCHA
LA FLORIDA Y LUISIANA
LA RAMADA Y LA CRUZ
LA TRINIDAD
LAS CEJAS
LAS TALAS
LAS TALITAS
LEON ROUGES
LOS BULACIO Y LOS VILLAGRA
LOS NOGALES
LOS RALOS
LOS SARMIENTOS Y LA TIPA
LOS SOSAS
LULES
MANUEL GARCIA FERNANDEZ
MANUELA PEDRAZA
MEDINAS
MONTE BELLO
MONTEAGUDO
MONTEROS
PADRE MONTI
PAMPA MAYO
QUILMES Y LOS SUELDOS
RANCHILLOS
RANCHILLOS Y SAN MIGUEL
RIO CHICO Y NUEVA TRINIDAD
RIO SECO
RUMI PUNCO
SAN ANDRES
SAN FELIPE Y SANTA BARBARA
SAN IGNACIO
SAN JAVIER
SAN JOSE DE LA COCHA
SAN MIGUEL DE TUCUMAN
SAN PABLO Y VILLA NOGUES
SAN PEDRO DE COLALAO
SANTA ANA
SANTA CRUZ Y LA TUNA
SANTA LUCIA
SARGENTO MOYA
SIMOCA
SOLDADO MALDONADO
TACO RALO
TAFI DEL VALLE
TAFI VIEJO
TRANCAS
VILLA BELGRANO
VILLA BENJAMIN ARAOZ
VILLA CHIGLIGASTA
VILLA DE LEALES
VILLA QUINTEROS
YANIMA
YERBA BUENA

PRESUPUESTO

Viernes 13 de junio de 2003

13

DISPOSICIONES

Resolución 3/2003
Apruébase el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima CAMMESA correspondiente al período comprendido entre el 1 de mayo de 2003 y el 30 de abril de 2004.
Bs. As., 10/6/2003
VISTO, el Expediente N S01:0079833/2003 del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
PRODUCTOS MEDICINALES
Disposición 3131/2003
Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como Vick Inhalador, por 0.5 g, Descongestionante, lote N 2008P, sin fecha de vencimiento, producto identificado con el nombre de la firma Procter & Gamble S.A.
Bs. As., 6/6/2003

CONSIDERANDO:
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante Decreto N 1192 de fecha 10 de julio de 1992 dispuso la constitución de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA CAMMESA.
Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA
DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO
SOCIEDAD ANONIMA CAMMESA en cumplimiento de lo establecido en el punto 2.9 REEMBOLSO DE GASTOS DEL ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO
OED de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios LOS PROCEDIMIENTOS aprobados como Anexo de la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA N 61 del 29 de abril de 1992 y sus modificatorias, ha elevado a esta SECRETARIA DE ENERGIA el presupuesto correspondiente al período comprendido entre el 1 de mayo de 2003 y el 30 de abril de 2004.
Que el mismo no supera el valor máximo admitido en el primer párrafo del punto 2.9 previamente aludido.
Que atendiendo a las funciones y responsabilidades asignadas a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA CAMMESA y a la razonabilidad de los valores presupuestados no se advierte obstáculo para la aprobación del presupuesto puesto a consideración.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen de los Artículos 35 y 36 de la Ley N 24.065 y del Artículo 1
del Decreto N 432 del 25 de agosto de 1982.
Por ello, EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1 Apruébase, en cuanto compete a esta SECRETARIA DE ENERGIA, el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA CAMMESA
correspondiente al período comprendido entre el 1 de mayo de 2003 y el 30 de abril de 2004 el que como Anexo forma parte integrante del presente acto.

Art. 2 Notifíquese de la presente a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA
CAMMESA.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Daniel Cameron.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

VISTO el Expediente N 1-47-1110-1064-03-1 del Registro de esta Administración Nacional ; y CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos, el Instituto Nacional de Medicamentos por orden de Inspección correspondiente procedió a llevar a cabo una constatación en la vía pública con el correspondiente retiro de muestras del producto denominado VICK INHALADOR, POR 0.5
g, DESCONGESTIONANTE, lote N 2008P, SIN fecha de Vencimiento, producto identificado con el nombre de la firma PROCTER &
GAMBLE S.A., en presunta contravención a la ley de medicamentos.
Que del informe a fs. 2 y del Acta de Inspección realizada, según Orden N 486/03, en el establecimiento de la firma señalada, representada la firma por su directora técnica, resulta que dicha responsable desconoce la especialidad muestreada como de su procedencia, por corresponderle al lote insertado, como único destino, a Brasil.
Que por las irregularidades indicadas, la Dirección del INAME, sugiere la prohibición de la comercialización y las actividades relacionadas en todo el territorio nacional del producto indicado por no ser original del laboratorio.
Que desde el punto de vista de la competencia, lo actuado por el INAME se enmarca dentro de lo autorizado por el art. 3 inc. a y los arts. 6 y 8 inc. n del Decreto N 1490/92.
Que por tratarse de una especialidad medicinal, la misma y las actividades relacionadas con su elaboración y comercialización se encuentran comprendidas por las disposiciones de los arts. 1 y 2 de la Ley de medicamentos N 16.463.
Que las especialidades medicinales elaboradas y/o comercializadas en la jurisdicción establecida por el art. 1 de la ley N 16.463, para ser legítimas deben estar autorizadas por la autoridad nacional y cumplir con la reglamentación de la materia, según la prescripción del art. 2 de la ley mencionada.
Que las especies que carecen de número de lote o son falsamente consignado y no concuerdan con los registros del elaborador y, además, son desconocidos por el fabricante como de su procedencia, son medicamentos considerados ilegítimos.
Que la medida aconsejada por el organismo actuante, de carácter preventivo, se encuentra prevista por el inc. a del art. 19 de la mencionada Ley, que reza: Queda prohibido: a la elaboración, tenencia, fraccionamiento, circulación, distribución y entrega al público de productos impuros o ilegítimos.
Que por su inc. b del art. 19 de la mencionada Ley se veda el ejercicio de las actividades enumeradas en el art. 1 de la misma en violación de las normas que reglamentan su ejercicio conforme dicha ley.
Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N 1490/92 y por el Decreto N 197/02.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2003 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/06/2003

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9385

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione03/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Junio 2003>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930