Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.093 1 Sección Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

MINISTERIO DE ECONOMIA
Decreto 311/2003
Apruébanse renovaciones de contratos celebrados por la citada Jurisdicción, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001, con la finalidad de hacer operativo el Programa Marco de Trabajo denominado Control y Resguardo Patrimonial y Administración de Recursos Humanos.
Bs. As., 18/2/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0010989/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11
de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002 y la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6º expresa que Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida está exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/
02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias del Programa Marco de Trabajo denominado CONTROL Y RESGUARDO PATRIMONIAL Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMIA, aprobado por Resolución de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 29 de fecha 6 de febrero de 2002, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Programa, resultando necesario aprobar la renovación de los contratos de locación de servicios del personal que se detalla en el Anexo adjunto, dentro del Programa Marco citado precedentemente, en el marco del Decreto Nº 1184/
01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho Programa.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE
ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican, a fin de hacer operativo el Programa Marco de Trabajo denominado CONTROL Y RESGUARDO PATRIMONIAL Y ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 -MINISTERIO DE
ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767-Capital Federal.

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Decreto 314/2003
Apruébanse contrataciones de personal efectuadas bajo el régimen del Decreto Nº 1184/
2001.

ción 54 - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 491 /02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse las contrataciones del personal que se detalla en las planillas que como Anexos I y II forman parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que en cada caso se indica, en el marco de las contrataciones individuales del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 54 - MINISTERIO DE
LA PRODUCCION, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Aníbal D. Femández.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767-Capital Federal.

Bs. As., 18/2/2003
VISTO el Expediente Nº S01: 0003284/2003 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la Ley Nº 25.725, la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24 de enero de 2003, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y
MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Decreto 315/2003
Apruébase la contratación del Director Ejecutivo de la Unidad Coordinadora del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa, Contrato de Préstamo BID Nº 1192/OC-AR.
Bs. As., 18/2/2003

CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las normas mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de personal especializado a celebrarse bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la creciente complejidad de las funciones propias del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, hace aconsejable la necesidad de fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Ministerio, resultando necesario proceder con la contratación del personal que se detalla en los Anexos I y II adjuntos al presente decreto.
Que las personas involucradas en la presente medida han dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/
02 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente decreto, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdic-

VISTO el Expediente Nº S01: 0277709/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el Decreto Nº 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, el Documento del PROGRAMA GLOBAL DE CREDITO A LA MICRO Y
PEQUEÑA EMPRESA Contrato de Préstamo BID Nº 1192/OC-AR, el Decreto Nº 1184
de fecha 20 de septiembre de 2001, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 993 de fecha 9 de septiembre de 1999 se aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo a suscribirse entre LA
NACION ARGENTINA y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO por un monto de hasta el equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES U$S
100.000.000.
Que con fecha 15 de septiembre de 1999 se suscribió entre LA NACION ARGENTINA y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO el Contrato de Préstamo BID
Nº 1192/OC-AR PROGRAMA GLOBAL DE
CREDITO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA, que tiene como objetivo principal el de continuar apoyando, a través del crédito, el incremento de la capacidad productiva de las micro y pequeñas empresas MyPES en
Miércoles 19 de febrero de 2003

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las actividades de producción, comercialización y prestación de servicios.
Que mediante el Decreto Nº 2152 de fecha 25 de octubre de 2002 se aprobaron las renovaciones de los contratos en el marco del PROGRAMA GLOBAL DE CREDITO A LA
MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA, Contrato de Préstamo BID Nº 1192/OC-AR, de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante del mismo.
Que la finalidad general del Programa es la de mejorar las condiciones de competitividad en el mercado de las micro y pequeñas empresas y promover el incremento de sus niveles de empleo.
Que para asegurar el cumplimiento de los objetivos, resultados y actividades comprometidos por el Organismo Ejecutor del Programa se hace aconsejable proceder a la contratación del consultor de la Unidad Coordinadora del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa que se detalla en el Anexo I del presente decreto, atento lo dispuesto en los decretos mencionados en el Visto.
Que asimismo, dicha contratación se encuentra respaldada por los créditos presupuestarios existentes en las cuentas del Programa mencionado.
Que el artículo 1º del Decreto Nº 601/02 establece que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 436 de fecha 30 de mayo de 2000, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el PROGRAMA
DE NAClONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO PNUD.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MlNISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE
LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 491/02 y su Decreto Reglamentario Nº 601/02 y por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación del Director Ejecutivo de la Unidad Coordinadora del PROGRAMA GLOBAL DE CREDITO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA, Contrato de Préstamo BID Nº 1192/OC-AR, de acuerdo al Anexo I
que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Establécese que el actual Director Ejecutivo de la Unidad Coordinadora del citado Programa, asumirá las funciones de Coordinador Operativo del PROGRAMA GLOBAL DE CREDITO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA, Contrato de Préstamo BID Nº 1192/OC-AR, de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto del Contrato de Préstamo BID Nº 1192/OC-AR
PROGRAMA GLOBAL DE CREDITO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL, de la Jurisdicción 54
- MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/02/2003

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

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