Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.885 1 Sección
Jueves 25 de abril de 2002

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ANEXO B 03

ANEXO A01
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS I
DIRECCION
GENERAL
IMPOSITIVA

DESPACHO
IMPOSITIVO

REGION -METROPOLITANA DIVISION FISCALIZACION
corresponde a cinco 5 unidades iguales en las Regiones Sur, Centro, Oeste, Microcentro y Norte y a cuatro 4 unidades iguales en Región Palermo
DIRECCION GENERAL

DEPARTAMENTO

DIVISION

ACCION
ANEXO B 01

Entender dentro del ámbito de la jurisdicción de la Región, en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales y de la seguridad socialde acuerdo a las normas fijadas.

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
TAREAS
DIVISION DESPACHO IMPOSITIVO
1. Realizar, en todo el ámbito de la Región, la fiscalización de los impuestos y recursos de la seguridad social de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

ACCION
Recepcionar, registrar, despachar y archivar la documentación que ingrese a la Dirección General Impositiva y controlar el movimiento de la documentación intervenida, su numeración, caratulación y remisión de expedientes iniciados.
TAREAS
1. Recibir los antecedentes, notas, expedientes, actuaciones, etc., que con destino a las distintas dependencias de la Dirección General Impositiva ingresen a ella, controlando que los mismos estén encuadrados en las normas establecidas para su elaboración, redacción y diligenciamiento.
2. Caratular y asignar número a las actuaciones que sean giradas a la Dirección General Impositiva, así como registrar el movimiento de las mismas.
3. Informar el destino dado a las actuaciones y/o expedientes en caso de ser requerido.
4. Controlar los distintos desgloses y agregaciones de actuaciones y/o expedientes que se realice.
5. Controlar la foliatura y agregación de expedientes de acuerdo con las normas vigentes, así como elevar el control del archivo numérico y alfabético de los mismos.
6. Codificar y separar la información para su distribución a las dependencias que corresponda para la prosecución de su trámite.

2. Entender en la tarea no originada en órdenes de intervención constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o responsables.
3. Inspeccionar a los contribuyentes y/o responsables por informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva y previsional, cuando la importancia de la misma así lo aconseje.
4. Ejercer las funciones de control fiscal de los establecimientos industriales, comerciales, centros de distribución, consumo y circulación.
5. Efectuar el control y verificación de productos y mercaderías gravadas por las leyes de Impuestos Internos y Varios.
6. Entender en las verificaciones sobre el cumplimiento de la normativa vigente en materia promocional por parte de los titulares de los proyectos promovidos y, de proceder, sus inversionistas;
autorizando o denegando la habilitación de la cuenta corriente computarizada según el cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los proyectos.
7. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.
ANEXO B 05

7. Intervenir en el archivo de toda la documentación mencionada en los puntos precedentes.

DIRECCION DE FISCALIZACION GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
ANEXO B 02
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS II
REGION - INTERIOR
DIVISION FISCALIZACION
corresponde a cuatro 4 unidades en Regiones Bahía Blanca y Mar del Plata, tres 3 unidades en Regiones Salta, Posadas, Paraná, Río Cuarto, San Juan, Resistencia, Junín, Neuquén, Comodoro Rivadavia y Mercedes ACCION
Entender dentro del ámbito de la jurisdicción de la Región, en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social de acuerdo a las normas fijadas.
TAREAS

1. Realizar, en todo el ámbito de la Región, la fiscalización de los impuestos y recursos de la seguridad social de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.
2. Entender en la tarea no originada en órdenes de intervención constituida por trámites de documentación de contribuyentes y/o responsables.
3. Inspeccionar a los contribuyentes y/o responsables por informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva y previsional, cuando la importancia de la misma así lo aconseje.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la investigación, selección, fiscalización y control, de los contribuyentes y/o responsables de mayor significación fiscal de todo el país, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales y las emergentes del sistema de seguridad social.
ACCIONES
1. Seleccionar los contribuyentes a fiscalizar de acuerdo con los planes elaborados por la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización, así como disponer cargos para verificar rubros específicos de los planes mencionados.
2. Efectuar la verificación del cumplimiento por parte de los contribuyentes, de los tributos por los cuales éstos son responsables.
3. Ejercer las funciones de Juez Administrativo, con los alcances y facultades que se establecen en la materia.
4. Entender en lo relativo a las funciones de determinación y fiscalización de las obligaciones con el sistema de la seguridad social.
5. Entender en las verificaciones sobre el cumplimiento de la normativa vigente en materia promocional por parte de los titulares de los proyectos promovidos y, de proceder, sus inversionistas;
autorizando o denegando la habilitación de la cuenta corriente computarizada según el cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los proyectos.
6. Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación que ingrese a la Dirección;
realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

4. Ejercer las funciones de control fiscal de los establecimientos industriales, comerciales, centros de distribución, consumo y circulación.
5. Efectuar el control y verificación de productos y mercaderías gravadas por las leyes de Impuestos Internos y Varios.
6. Efectuar las verificaciones previsionales necesarias para la determinación del crédito fiscal que se verifique en los concursos y quiebras.

7. Entender en las verificaciones sobre el cumplimiento de la normativa vigente en materia promocional por parte de los titulares de los proyectos promovidos y, de proceder, sus inversionistas;
autorizando o denegando la habilitación de la cuenta corriente computarizada según el cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los proyectos.

ANEXO B 07
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS II
REGION - INTERIOR
DIVISION FISCALIZACION
corresponde a cinco 5 unidades en Regiones Córdoba y La Plata, cuatro 4 unidades en Regiones Rosario I, Rosario II, Santa Fe, Tucumán, Mendoza y Mar del Plata y tres 3 unidades en Región Mercedes.
ACCION

8. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.

Entender dentro del ámbito de la jurisdicción de la Región, en las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social de acuerdo a las normas fijadas.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2002 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/04/2002

Conteggio pagine16

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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