Boletín Oficial de la República Argentina del 09/04/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.873 1 Sección
Martes 9 de abril de 2002

4

4 Difundir el conocimiento del acervo documental del Organismo y sus actividades y prestar asesoramiento histórico-archivístico, promoviendo la formación técnico-profesional y el intercambio con otros organismos del país y del extranjero que estén vinculados al quehacer archivístico.

3 Recopilar y mantener actualizada la información sobre el Derecho Internacional y Extranjero en materia de discriminación, xenofobia y racismo, estudiar esos materiales y elaborar informes comparativos sobre los mismos.

5 Promover medidas tendientes a la localización y potencial incorporación de documentación perteneciente a personas o instituciones privadas.

4 Recibir y centralizar denuncias sobre conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas y llevar un registro de ellas.

6 Participar en organismos, reuniones o proyectos nacionales o internacionales.

5 Constituir un registro en el que se reunirán todos los documentos, pruebas y evidencias vinculadas con las acciones del INADI.

INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION POLITICA

6 Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos discriminados o víctimas de xenofobia o racismo.

ACCIONES
1 Organizar cursos y seminarios en el campo del derecho, la política, la economía, las ciencias sociales, las relaciones internacionales, la integración regional, la gestión pública y la extensión federal.
2 Realizar estudios, investigaciones y proyectos especiales en las áreas mencionadas en el apartado precedente.
3 Propiciar el intercambio de la dirigencia política nacional e internacional con los alumnos.
4 Promover convenios de cooperación con los gobiernos provinciales, municipales y universidades para la concreción de los cursos oficiales del Instituto en sus jurisdicciones.
5 Promover la especialización de los alumnos en instituciones internacionales afines a través de becas, subsidios o convenios de intercambio.
COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar a nivel nacional los distintos programas de carácter social, existentes o que se puedan crear en el futuro, que tengan por objeto el otorgar beneficios a los ex-combatientes que participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982, posibilitando su ingreso en forma preferencial.
ACCIONES
1 Recopilar y ordenar toda la información existente en el ámbito del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipios sobre programas de salud, empleo, vivienda, acción social, capacitación y toda otra materia que resulte de interés para los ex-soldados conscriptos, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y civiles convocados que participaron activa y efectivamente en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur para la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982.
2 Coordinar e impulsar los reclamos e inquietudes, individuales o grupales de los mismos ante los diversos órganos del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipios.
3 Representar al Estado Nacional en su relación con las distintas organizaciones o asociaciones que nucleen a los Veteranos de Guerra y Familiares de Caídos en Combate en las acciones bélicas del Atlántico Sur.
4 Crear y llevar un Registro actualizado de las entidades referidas en el punto anterior.
5 Promover la realización de estudios e investigaciones en relación a los proyectos ya existentes o a otros nuevos que estime necesario emprender.
6 Estudiar y recomendar la elaboración de normas, proyectos o acciones que resulten de especial interés para los ex-combatientes que participaron de las acciones bélicas del Atlántico Sur.

7 Proporcionar patrocinio gratuito y, a pedido de parte interesada, solicitar vistas de las actuaciones judiciales o administrativas relativas a los temas de su competencia.
8 Proporcionar al Ministerio Público y a los tribunales judiciales asesoramiento técnico especializado en los asuntos relativos a la temática de su competencia.
9 Informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas que pudieran manifestarse en cualquier ámbito de la vida nacional, especialmente en las áreas de educación, salud, acción social y empleo, provengan ellas de autoridades públicas o entidades o personas privadas.
10 Constatar, prima facie, la existencia en el territorio argentino de personas que, durante la Segunda Guerra Mundial o con posterioridad a ella, participaron en el exterminio de pueblos o en la muerte de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad u opinión política; y cuando corresponda, efectuar las denuncias ante las autoridades competentes.
11 Promover e impulsar cuando existan suficientes evidencias y de acuerdo a lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional, las acciones judiciales y administrativas pertinentes con relación a las personas comprendidas en el punto anterior.
12 Establecer vínculos de colaboración con organismos nacionales o extranjeros, públicos o privados, que tengan similares funciones a las asignadas al presente Instituto.
13 Proponer al organismo competente, la celebración de nuevos tratados sobre extradición.
14 Celebrar convenios con organismos y/o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con el objeto de propender a dar cabal cumplimiento a los objetivos asignados a este Instituto.
SECRETARIA DE PROVINCIAS
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS REGIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Proponer políticas y estrategias de desarrollo e impulsar programas y proyectos para regiones ya existentes como la Patagónica y las del Noroeste Argentino y las que se creen en el futuro conforme el artículo 124 de la Constitución Nacional, teniendo en cuenta los nuevos escenarios existentes en el ámbito nacional e internacional.
Diseñar políticas que apunten al crecimiento integral de las regiones en un todo de acuerdo con el Gobierno Nacional.
Asistir en lo inherente a la regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional.
Asistir en lo atinente al régimen jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales.
ACCIONES

7 Analizar la totalidad de la normativa vinculada con los beneficios sociales que se otorgan a ex-combatientes en distintas jurisdicciones, procurando su unificación para evitar discriminaciones entre éstos, realizando un continuo seguimiento del cumplimiento de la normativa vigente.

1 Participar en la elaboración de la políticas para el desarrollo de las áreas de frontera y en su ejecución en el ámbito de su competencia.

8 Estudiar y recomendar la elaboración de los proyectos de normas y/o la modificación de las vigentes en la materia, destinadas a tipificar inequívoca y unificadamente la condición de Veterano de Guerra.

2 Asesorar en lo atinente al régimen de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

9 Investigar las razones del crecimiento del padrón de Veteranos de Guerra obrante en las Fuerzas Armadas y Ministerio de Defensa desde la finalización del conflicto bélico hasta la actualidad, y elevar dentro del término de 180 días al Ministerio del Interior, un informe detallado en tal sentido conteniendo las eventuales irregularidades que se hayan cometido en el manejo de dichos listados y una propuesta para su saneamiento, si así correspondiere.

4 Proponer las políticas, estrategias y mecanismos que apunten al crecimiento integral de las regiones con una concepción autogenerada y sostenible.

10 Organizar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en los aspectos de su competencia específica, los viajes a realizar a las Islas Malvinas de los familiares de los caídos en combate.

6 Fomentar el diálogo y la interacción entre el Poder Ejecutivo Nacional y todos los actores sociales de la región.

11 Requerir de toda dependencia de la Administración Pública Nacional, entes autárquicos, organismos descentralizados, Fuerzas Armadas y de Seguridad, toda información que la Comisión considere necesaria para el cumplimiento de su cometido.

3 Gerenciar y viabilizar programas y proyectos para el desarrollo de las regiones.

5 Fomentar el acompañamiento en el proceso de inversiones nacionales y extranjeras y el de intercambio y cooperación entre el sector público y privado.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES IFAM
ACCIONES

INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones con tal fin.
Actuar como organismo de aplicación de la Ley Nro. 24.515 velando por su cumplimiento y la consecución de sus objetivos, a través del análisis de la realidad nacional en materia de discriminación, xenofobia y racismo, y la elaboración de informes y propuestas con respecto a dichos temas.
ACCIONES:
1 Difundir los principios normados por la Ley Nro. 23.592, normas concordantes y complementarias, así como los resultados de los estudios que realice o promueva y las propuestas que formule.
2 Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la valoración del pluralismo social y cultural y a la eliminación de actitudes discriminatorias, xenofóbicas o racistas, participando en la ejecución de estas campañas.

1 Promover la reforma política en las administraciones locales con el fin de mejorar los sistemas de representación, la eficiencia y transparencia de gestión y la participación comunitaria.
2 Propiciar y colaborar en el mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales por medio de la asistencia técnica para la modernización de los sistemas administrativos y para la optimización de la capacidad de gerencia de las políticas públicas.
3 Elaborar y proponer los medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas públicas de descentralización.
4 Respaldar los esfuerzos orientados a la mejora de la calidad de los servicios comunitarios y al desarrollo económico-social.
5 Colaborar con los estados provinciales en la elaboración de regímenes de coparticipación municipal que privilegien la eficacia de gestión y la calidad de los servicios prestados.
6 Organizar un sistema de atención a municipios y comunas que les permita el acceso a información relativa a transferencias coparticipables Nación - Provincias.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/04/2002 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data09/04/2002

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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