Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2001 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.722 1 Sección Esta Oficina Nacional haceCION
saber, con relación al cumplimiento de la obligación dePORCENT
las entidades DENOMINA
CUIT
AJE
DENOMINACION
PORCENTAJE
estatales, de enviar a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES la información establecida en el Artículo 5 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios aprobado por el Decreto N 436/2000, que la misma comprende, tanto a la derivada de los procedimientos de selección de Licitaciones o Concursos Públicos o Privados, como a Contrataciones Directa.

Viernes 31 de agosto de 2001

MINISTERIO DEDENOMINA
ECONOMIA
CION
DENOMINACION

CUIT

102

PORCENT
AJE
PORCENTAJE

A.F.l.P - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
AGENCIA N 49

Cabe señalar que con respecto a las Contrataciones Directas realizadas mediante trámite simplificado de acuerdo a lo previsto en el Artículo 27 del citado Reglamento, se deben enviar a esta Oficina, las siguientes etapas:
Acta de apertura, cuando la hubiere.
Cuadros comparativos.
Dictámenes de evaluación, cuando los hubiere.
Los actos por los cuales se apruebe el procedimiento de selección y la adjudicación.
Las órdenes de compra.
El contenido de la presente circular se tendrá por notificado a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Dr. GUILLERMO SIXTO FERRARI, Subdirector Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones.
e. 30/8 N 361.222 v. 31/8/2001
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 diez días al señor Brian Hesketh, para que comparezca en Asuntos Contenciosos Actuaciones Cambiarias, sito en Reconquista 266, Edificio Sarmiento, Piso 1º, Oficina 15, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 100.849/94, Sumario Nº 2782, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8º de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359, texto ordenado por Decreto Nº 1265/82
bajo apercibimiento de Ley. Publíquese por 5 cinco días.
NOTA: Se publica en las fechas en razón de haberse omitido en las ediciones del 23 y 24 de agosto de 2001.
e. 27/8 Nº 360.363 v. 31/8/2001

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
REGION OESTE
Resolución N 138/2001
Caseros, 24/8/2001
VISTO lo dispuesto en la Resolución General Nro. 3423 - Capítulo II y teniendo en cuenta que los contribuyentes involucrados han sido notificados fehacientemente de su inclusión al sistema de control especial establecido por dicha resolución, y lo previsto en el artículo 100 in fine de la Ley 11.683 t.o.
en 1998 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Bs. As., 31/7/2001
Se hace saber a la firma GASTRONOMIA MORON S.R.L., C.U.l.T N 30-64543385-4, con domicilio constituido en la calle Av. Corrientes 1560 de esta Capital Federal , y con referencia a su presentación de fecha 16/07/93 mediante la cual solicita acogerse al Plan de Facilidades de Pago establecido por el Dto.
933/93 reglamentado por la Resolución General N 3687, por el ingreso de los siguientes conceptos: Régimen Nacional de la Seguridad Social por la suma total de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON VEINTIOCHO CENTAVOS $ 6.418,28, que la Agencia N 49, en razón de haberse dado incumplimiento a las normas establecidas en la Resolución General N 3687 Art. 6, ha decidido la caducidad del plan. En razón de lo expuesto, se emplaza para que proceda a ingresar la suma de PESOS
SEISCIENTOS VEINTIUNO CON DIECISEIS CENTAVOS $ 621,16 en concepto de capital, y PESOS
MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS $ 1.752,37 en concepto de intereses resarcitorios, calculados al 21-08-01. Por último, hacémosle saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto, dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda, de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder.
AGENCIA N 49. DEL GIUDICE, ELENA, Jefe Agencia N 49.
e. 30/8 N 361.173 v. 5/9/2001

MINISTERIO DE ECONOMIA
A.F.l.P - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
AGENCIA N 49
Bs. As., 31/7/2001
Se hace saber a la firma GASTRONOMIA MORON S.R.L., C.U.I.T N 30-64543385-4, con domicilio constituido en la calle Av. Corrientes 1560 de esta Capital Federal, y con referencia a su presentación de fecha 29-11-95 mediante la cual solicita acogerse al Plan de Facilidades de Pago establecido por el Dto.
493/95 reglamentado por la Resolución General N 4065, por el ingreso de los siguientes conceptos: Régimen Nacional de la Seguridad Social por la suma total de PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA
Y NUEVE CON SEIS CENTAVOS $ 12.649,06, y, Régimen Nacional de Obra Social por la suma total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS $
2.455,41 que la Agencia N 49, en razón de haberse dado incumplimiento a las normas establecidas en la Resolución General N 4065 Art. 17, ha decidido la caducidad del plan. En razón de lo expuesto , se emplaza para que proceda a ingresar la suma de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y
NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS $ 14.289,46 en concepto de capital, y PESOS TREINTA Y
UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS $ 31.998,40 en concepto de intereses resarcitorios, calculados al 21-08-01. Por último, hacémosle saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto, dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda, de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder.
AGENCIA N 49. DEL GIUDICE, ELENA, Jefe Agencia N 49.
e. 30/8 N 361.174 v. 5/9/2001

Que en esta oportunidad resulta necesario mediante la publicación de edictos, notificar la exclusión al citado régimen, ya que no se localiza domicilio fiscal o no se conoce su domicilio real.
Por ello y en virtud de las facultades otorgadas por los artículos 9no. y 10mo. del Decreto 618/97.
EL JEFE INT DE LA REGION OESTE
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Ordenar la publicación de edictos correspondiente a la nómina de contribuyentes que se incluyen en anexo que forma parte del presente artículo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos hace saber a los contribuyentes y/o responsables que quedan excluidos del Sistema Integrado de Control Especial, reglado por el Capítulo II de la Resolución General Nro. 3423.

MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
Resolución N 151/2001
Bs. As., 14/8/2001
VISTO
Los deberes y atribuciones establecidos en el artículo 44 de la ley 24.193 de Trasplante de Organos y Materiales Anatómicos Humanos y;

La exclusión surtirá efecto después de transcurridos cinco días desde la última publicación.
CONSIDERANDO
Publíquese durante cinco 5 días en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2 Remítase copia de la presente a la Dirección de Secretaría General para su publicación. Cont. Púb. RICARDO SERGIO ADRIAN RAJCHEL - Jefe Int. Región Oeste.

Que en las actuales circunstancias y en base a la experiencia recogida, resulta necesario formular las normas y procedimientos para Distribución, Asignación y Adjudicación de Intestino proveniente de donantes cadavéricos con fines de trasplante
CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS DEL CONTROL DE LA RES. GRAL. NRO. 3423 - CAPITULO II
- AGENCIA NRO. 54

Que a tales efectos resulta necesario la adopción de criterios uniformes y relativos a los datos que deberán remitirse a este INCUCAI para la correcta y eficiente organización de los referidos registros.

CUIT NRO.

APELLIDO Y NOMBRES O DENOMINACION

27-20638900-7
30-63259254-6
30-62703738-0
20-18585922-4
30-66143279-5
33-51639723-9
20-07601029-4
20-11037334-2
30-62418849-3
30-67948798-8
20-04865986-2
20-04512861-0
27-04546684-7
30-65120828-5
27-20026360-5
27-11268175-8
30-64945716-2
20-07786696-6
33-68372417-9
20-04859800-6
20-04183402-2
20-93742489-3
27-10412723-7
20-15205562-6
20-15210026-5

Rodríguez Andrea Pires Martins José y Pires Martins Manuel Ascensores Venecia S.H.
Gallardo Carlos Fernando Servis GS S.R.L.
Piragua S.A.
García Miguel Angel Lescano Manuel Alberto Estudio de Arquitectura Francisco Chiurazzi S.H.
Takin S.A.
Baños Ernesto Faverio Osvaldo Alfredo Bosco Mirta Ada Distribuidora Gama S.A.
Rodríguez María Alejandra Gutiérrez Patricia Construcciones R.T. S.R.L.
Fernández Miguel Angel Matcar S.A.
Avalle Celino Tomás García Jorge Enrique Lutsch Pedro Ozimek Teresa Juana Rojas Adolfo Iorfino Francisco
Cont. Púb. RICARDO SERGIO ADRIAN RAJCHEL, Jefe Int. Región Oeste.
e. 29/8 N 361.261 v. 4/9/2001

Que la experiencia nacional e internacional hace aconsejable la adopción de normas y procedimientos que redunden en el mejoramiento de los resultados de los implantes y que permitan acceder a dicha alternativa terapéutica a todos los pacientes en igualdad de condiciones.
Que la presente norma legal tiende a garantizar la mayor eficacia y mejor eficiencia en los procedimientos de procuración de órganos para su posterior implante, así como la responsabilidad institucional y profesional de quienes se encuentran autorizados al desarrollo de esta actividad médica.
Que la Comisión Asesora Honoraria de Trasplante de Intestino se ha expedido con relación a las normas y procedimientos referidos a las categorías clínicas y criterios de asignación.
Que con relación al procedimiento de distribución de intestinos provenientes de donantes cadavéricos para su posterior implante el INCUCAI elaboró y propuso los CRITERIOS DE
DISTRIBUCION que integran la presente Norma.
Que el Departamento Jurídico y la Dirección Científico-Técnica han tomado la intervención de su competencia.
Que el Consejo Asesor de Jurisdicciones en representación del COFESA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria del día 13 Ago 2001 según consta en el Acta N 26.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Art. N 44 de la Ley N 24.193

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2001 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data31/08/2001

Conteggio pagine104

Numero di edizioni9423

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2001>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031