Boletín Oficial de la República Argentina del 05/04/2001 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.623 1 Sección
AVISOS OFICIALES
NUEVOS

MINISTERIO DE SALUD

Jueves 5 de abril de 2001

8

ARTICULO 5 Invítase a cada una de las Jurisdicciones Provinciales y al GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTONOMIA DE BUENOS AIRES a participar de la Comisión creada por el artículo 1, designando para ello a sus respectivos representantes.
A los efectos indicados en este artículo, el MINISTERIO DE SALUD deberá cursar las correspondientes invitaciones en el plazo no menor de TREINTA 30 días corridos de la fecha de la presente.
ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. HECTOR JOSE LOMBARDO, Ministro de Salud.
e. 5/4 N 347.107 v. 5/4/2001

Resolución N 310/2001
Bs. As., 28/3/2001
VISTO el Expediente N 2002-4638000227/00-6 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE, y
MINISTERIO DE ECONOMIA
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

CONSIDERANDO:
Resolución N 15/2001
Que resulta necesario instrumentar e impulsar con medidas efectivas una política de PROCURACION Y TRASPLANTE DE ORGANOS Y TEJIDOS con carácter federal, acorde las necesidades y expectativas de los pacientes que en todo el territorio de la República requieran órganos o tejidos para conservar su vida o mejorar la calidad de la misma.
Que el coordinado desarrollo sectorial en materia de salud ha sido el objetivo tenido en mira por la Ley N 22.373 para crear el CONSEJO FEDERAL DE SALUD y su integración con los funcionarios que ejercen la autoridad de salud pública de más alto nivel en el orden nacional y las respectivas jurisdicciones.
Que dicho Consejo resulta el ámbito adecuado para posibilitar el análisis de los problemas de salud comunes a todo el país, de los de cada provincia y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en materia de procuración y transplante es importante realizar un exhaustivo análisis de las acciones desarrolladas desde el inicio de la actividad en orden a asegurar la plena vigencia del federalismo y el acceso de la población a prácticas de gran complejidad técnica y de significativo costo económico, tendiendo al mejor aprovechamiento de los recursos de atención médica existentes, con el asesoramiento y lineamientos que dicha Comisión propondrá a la Autoridad Sanitaria con la intervención del CONSEJO FEDERAL DE SALUD.
Que la propuesta ha sido expresamente aprobada por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD en la reunión llevada a cabo en la ciudad de Santa Fe el día 2 de noviembre de 2000.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a las disposiciones de la Ley de Ministerios T.O. 1992 y sus modificatorias, la Ley de Transplante de Organos y Material Anatómico Humano N 24.193 y la Ley de creación del CONSEJO FEDERAL DE SALUD N 22.373.

Bs. As., 28/3/2001
VISTO el Expediente N 218-000196/2001 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N 25.401, los Decretos Nros. 101 de fecha 16 de enero de 1985 y 943 de fecha 15 de setiembre de 1997, la Decisión Administrativa N 33 de fecha 2 de marzo de 2001 y la Resolución Conjunta de la exSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
N 78 del 14 de abril de 1998, y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1 de la Decisión Administrativa N 33/01 se exceptuó al MINISTERIO DE
ECONOMIA de lo dispuesto por el Artículo 21 de la Ley N 25.401, al solo efecto de posibilitar la cobertura transitoria del cargo del Director Nacional de Capacitación y Modernización de las Pequeñas y Medianas Empresas PYMES de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que mediante Resolución Conjunta de la ex-SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N 78/98, se aprobó la incorporación de las funciones correspondientes al cargo aludido en el primer considerando, al Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que el Artículo 2 de la Decisión Administrativa N 33/01 faculta a efectuar la pertinente designación con carácter transitorio, autorizando el pago del Suplemento por Función Ejecutiva, todo ello como excepción a lo dispuesto por el Título III y por el Título VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto N 993/91, t.o. 1995.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA
LEGAL de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1 Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA
SALUD del MINISTERIO DE SALUD la COMISION FEDERAL DE LA PROCURACION DE
TRANSPLANTE DE ORGANOS Y TEJIDOS, que tendrá por finalidad articular la relación entre esta Cartera de Estado y el CONSEJO FEDERAL DE SALUD y canalizar las iniciativas de las distintas jurisdicciones de la República para la elaboración e implementación de una política nacional de procuración y transplante.
ARTICULO 2 La Comisión creada por el artículo precedente estará presidida por el Subsecretario de Atención Primaria de la Salud, quien designará el funcionario que lo reemplace en caso de ausencia, e integrada por los representantes de cada una de las provincias y del GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES designados por la máxima autoridad sanitaria de cada jurisdicción. También integrará la Comisión UN 1 representante del INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE, designado por su Directorio, que podrá ser distinto del Director que ejerce en su seno la representación del CONSEJO FEDERAL DE
SALUD.
ARTICULO 3 La comisión actuará como órgano consultivo permanente del MINISTERIO DE
SALUD y en el seno del CONSEJO FEDERAL DE SALUD, teniendo como objetivo principal asesorar a esta Cartera de Estado proponiendo lineamientos para:
a Desarrollar una política nacional de transplantes de carácter federal, que considere el interés de los pacientes en espera de un órgano y/o tejido para implante y los recursos de atención médica actual y potencialmente disponibles para facilitar la accesibilidad a dichas prestaciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N 101 de fecha 16 de enero de 1985.
Por ello, EL SECRETARIO DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTICULO 1 Desígnase transitoriamente, Director Nacional de Capacitación y Modernización de las Pequeñas y Medianas Empresas PYMES de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, Nivel A - Función Ejecutiva I, al Licenciado Mario Pablo SANTOCONO L.E. N 4.540.779.
ARTICULO 2 El cargo citado en el artículo anterior deberá ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobados por Decreto N 993/91 t.o. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días corridos a partir de la designación transitoria efectuada por el Artículo 1 de la presente medida.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Ing. ENRIQUE M. MARTINEZ, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa, Ministerio de Economía.
e. 5/4 N 346.956 v. 5/4/2001

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

b Facilitar la organización y puesta en marcha de un sistema nacional de procuración de órganos y tejidos y su coordinación desde el nivel nacional, asegurando la participación de cada jurisdicción en la elaboración de las prioridades que se determinen para su adjudicación.

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

c Actualizar la legislación nacional y las legislaciones locales reguladoras de la actividad de procuración de órganos y tejidos con fines de transplante y organización de recursos de atención médica con esa finalidad.

Disposición N 56/2001

d Asesorar al MINISTERIO DE SALUD en los asuntos que conforme la Ley N 24.193 deban ser sometidos a intervención del CONSEJO FEDERAL DE SALUD y, a su pedido, sobre cualquier otra materia relacionada con transplantes de órganos y tejidos.

Bs. As., 19/3/2001

ARTICULO 4 La comisión elaborará recomendaciones y propuestas, por propia iniciativa o a solicitud de cualquiera de sus integrantes, que carecerán de carácter vinculante pero serán de consideración necesaria por el MINISTERIO DE SALUD en las materias contempladas en esta Resolución.
La Comisión deberá elaborar un Reglamento Interno de funcionamiento que será presentado al Subsecretario de Atención Primaria de la Salud para su aprobación por el MINISTERIO DE SALUD.
El desempeño de los integrantes de la Comisión será sin cargo para el ESTADO NACIONAL, corriendo su retribución por cuenta de la jurisdicción que representan. Sin perjuicio de ello, la Subsecretaría en cuyo ámbito se desenvuelva podrá disponer de los recursos necesarios para atender los gastos de funcionamiento y traslado de sus integrantes y para la organización de una Secretaría Administrativa permanente.

REGION MICROCENTRO

Regímenes de Reemplazos de Jefaturas en Jurisdicción de Región Microcentro.

VISTO las modificaciones introducidas a la estructura orgánica, mediante Disposición N 979
AFIP del 27 de Diciembre del 2000, y CONSIDERANDO:
Que razones de orden administrativo imponen establecer un régimen de reemplazos de jefaturas acorde con la nueva estructura organizativa tal que asegure el normal desenvolvimiento de las funciones propias de esta Administración Federal.
Que las dependencias involucradas han propuesto los reemplazos que mejor se ajustan a esos objetivos, los que cuentan con la conformidad de esta Región Microcentro.
Que en ejercicio de las facultades delegadas mediante Disposición N 146/00 AFIP, procede disponer en consecuencia.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/04/2001 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data05/04/2001

Conteggio pagine12

Numero di edizioni9420

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/08/2024

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