Boletín Oficial de la República Argentina del 19/09/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.486 1 Sección CONSIDERANDO:

Secretaría de Turismo
Que la Comisión Organizadora, informa sobre la Vuelta al Mundo del Milenio por Hidroavión, a realizarse entre los días 5 y 11
de noviembre de 2000.

ADHESIONES OFICIALES

Que durante 8 meses el hidroavión dará la vuelta al mundo amerizando en el centro de las grandes ciudades y participando en acontecimientos locales o en actos especialmente organizados.
Que la llegada del Hidroavión, está prevista para el día 5 de noviembre de 2000, en el Dique 4 en Puerto Madero.

Por ello, VISTO el Expediente N 1157/00, del registro de la SECRETARIA DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, y
EL SECRETARIO
DE TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1º Declarar de Interés Turístico La Vuelta al Mundo del Milenio por Hidroavión, a realizarse entre el 5 y 11 de noviembre de 2000.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Hernán Lombardi.

LOS SECRETARIOS
DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVEN:

CONSIDERANDO:

Que se llevarán a cabo 10 desfiles, destacándose la creatividad e identidad en el diseño, de los diseñadores más reconocidos: Adriana Costantini, Fabián Kronenberg, Nina Ricci, Olga Naum, Adolfo Domínguez, Laurencio Adot y Marcelo Senra.

Por ello,
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley Nº 24.156, el Decreto Nº 20/99 y el artículo 10 del Decreto Nº 340/96.

Bs. As., 1/9/2000

Que el Hidroavión será portador de la Carta de la Cumbre de Alcaldes del Mundo, como lo fue el de la 1 travesía del Pacífico Sur en monomotor.

Que esta resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por Decreto N 1407 de fecha 3 de diciembre de 1996.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio expresó su opinión con respecto al tenor de la presente.

Auspíciase la 10 edición de Buenos Aires Alta Moda.

Que el Sr. Héctor Vidal Rivas, informa sobre la 10 edición de Buenos Aires Alta Moda, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires del 4 al 8 de setiembre de 2000.

Que es propósito de este organismo brindar su apoyo y reconocimiento a aquellos acontecimientos que por su significación se constituye en hechos positivos que hacen a la promoción y difusión del turismo de nuestro país.

12

Que se considera conveniente a fin de fomentar el acceso de los inversores minoristas a la operatoria con Letras y Bonos del Tesoro, la disminución de los montos mínimos para la participación en las licitaciones.

Resolución 399/2000

Que es un gran acontecimiento público que entre otras cosas permitirá rememorar una parte de la historia, de quien realizara el primer vuelo a la Patagonia en 1929.

Que fue declarado de Interés Turístico por el Gobierno de Ciudad de Buenos Aires, por disposición N 036/00.

Martes 19 de setiembre de 2000

Artículo 1º Modifícanse los Anexos A y B aprobados por los artículos 2º y 3º, respectivamente, de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 241/96, los cuales quedarán redactados en la forma establecida por el Anexo I de la presente Resolución.
Art. 2º Modifícase el Anexo aprobado por el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE
HACIENDA Nº 230/96, el cual quedará redactado en la forma establecida por el Anexo II de la presente Resolución.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Mario Vicens.

ANEXO I

Que en este evento participan diseñadores y modelos tanto procedentes del exterior como de nuestro país, para ofrecer un amplio panorama de la alta costura en nuestro medio.

I PROCEDIMIENTO PARA LA EMISION Y COLOCACION DE LETRAS DEL TESORO:

Que es propósito de este Organismo brindar su apoyo y reconocimiento a aquellos acontecimientos que por su significación se constituyen en hechos positivos que hacen a una mayor promoción y difusión de nuestro país.

1. La Tesorería General de la Nación coordinará con la Subsecretaría de Financiamiento, las acciones para la emisión y colocación de Letras del Tesoro cuyo destino sea cubrir necesidades de financiamiento y realizar operaciones de administración de pasivos tales como compra y venta de instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados.

Que esta resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por Decreto N 1407 de fecha 3 de diciembre de 1996.

2. La Subsecretaría de Financiamiento, a través de la Oficina Nacional de Crédito Público procederá a analizar y evaluar los términos y condiciones financieras, para la emisión y colocación de Letras del Tesoro.
3. Para cada una de las licitaciones:

Por ello, EL SECRETARIO
DE TURISMO
RESUELVE:

3.1. La Oficina Nacional de Crédito Público remitirá a la Subsecretaría de Financiamiento, una propuesta con las características de la emisión y colocación de las Letras del Tesoro para su intervención. Dicha propuesta contendrá como mínimo la siguiente información:

Artículo 1º Auspiciar la 10 edición de Buenos Aires Alta Moda, que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires del 4 al 8 de setiembre de 2000.

1 Condiciones para la emisión / licitación:

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Hernán Lombardi.

Moneda
Monto
Tipo de instrumento Plazo Amortización Denominación mínima del instrumento
Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas
Negociación
DEUDA PUBLICA

Comisiones
Resolución Conjunta 348/2000 y 129/2000
2 Régimen de colocación:
Modificación de los Procedimientos para la Emisión y Colocación de Letras del Tesoro y para la Emisión y Colocación de Bonos de Mediano y Largo Plazo.

a Licitación Pública:

Bs. As., 12/9/2000

Fecha del llamado a licitación
VISTO, el Expediente Nº 080-005471/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, Decreto Nº 340 de fecha 1º de abril de 1996, y las Resoluciones de la SECRETARIA DE
HACIENDA Nº 241 y Nº 230 de fechas 11 de abril de 1996 y 2 de diciembre de 1996 respectivamente, y
Fecha y horario límite de recepción de ofertas 1º y 2º llamado Fecha de liquidación Definición del sistema de adjudicación Montos máximos para los Creadores de Mercado y agentes ofertados en el Tramo no Competiti-

CONSIDERANDO:
vo.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 340/96 se estableció un sistema para la emisión, colocación, liquidación y negociación de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO
que se emitan para el mercado local.

b Suscripción Directa:
Precio/tasa de descuento
Que el artículo 2º del Decreto mencionado en el párrafo precedente, estableció que los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO a emitirse serán Letras del Tesoro y Bonos de Mediano y Largo Plazo, tal como se definen en el artículo 57 incisos a y b y el artículo 82
de la Ley Nº 24.156.
Que asimismo, el Decreto Nº 340/96 en su artículo 10º, estableció que la SECRETARIA DE
HACIENDA sería la autoridad de aplicación e interpretación de dicho Decreto, quedando facultada para dictar normas complementarias y/o aclaratorias que fueren necesarias.
Que por las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 241/96 y Nº 230/96, se aprobaron las normas de procedimiento para la licitación, emisión, colocación, adjudicación, liquidación y registro de las Letras del Tesoro y de los Bonos de Mediano y Largo Plazo definidos en el artículo 2º del Decreto 340/96, respectivamente.
Que se entiende conveniente actualizar las normas de procedimiento para la licitación, emisión, colocación, adjudicación, liquidación y registro de los INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO a fin de adecuarlas a la estructura vigente.

Fecha y plazo para la liquidación de la operación 3 Detalle de los márgenes de endeudamiento contra los cuales se efectuará la colocación, incluyendo la correspondiente autorización en el caso de las Letras del Tesoro consideradas como operaciones de Crédito Público en los términos del artículo 57 y 60 de la Ley Nº 24. 156.
3.2 La Subsecretaría de Financiamiento analiza la propuesta y de no mediar objeciones la conforma y la remite:
a en el caso de Letras del Tesoro emitidas en el marco del artículo 82 de la Ley 24.156, a la Secretaría de Hacienda para su aprobación y posterior remisión a la Tesorería General de la Nación para que disponga su emisión por parte del Tesorero o Subtesorero General de la Nación, al tiempo que la Oficina Nacional de Crédito Público, procederá a efectuar el correspondiente llamado a licitación.
b en el caso de las Letras del Tesoro emitidas en el marco del artículo 57 y 60 de la Ley 24.156, a la Oficina Nacional de Crédito Público para que efectúe el correspondiente llamado a licitación.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/09/2000 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/09/2000

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9397

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione15/07/2024

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