Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.335 1 Sección
CONCURSOS OFICIALES

Viernes 11 de febrero de 2000

8

SANDRA ARROYO SALGADO, Secretaria de Asuntos Jurídicos Int., Defensoría General de la Nación. MIGUEL ANGEL ROMERO, Ministerio Público de la Defensa, Defensor General de la Nación.

NUEVOS
ANEXO RESOLUCION D.G.N. Nº 01/2000
FORMA DE INSCRIPCION DE LOS ASPIRANTES
ART. 18 DE LA RESOLUCION D.G.N. Nº 936/98

MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA
DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION

Los aspirantes constituirán domicilio en la ciudad de Buenos Aires o en la provincia de Formosa, en donde se le practicarán todas las notificaciones.
Deberán acompañar la siguiente documentación:

Resolución DGN Nº 01/2000
a Copia certificada del Documento Nacional de Identidad.
Expediente DGN Nº 2277/99
b Título original de abogado, legalizado por la Universidad que lo expidió y por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación. Se acompañará también una fotocopia del mismo, que se agregará al Expediente, previa autenticación por la oficina de concursos, devolviéndose el original al aspirante.

Bs. As., 6/1/2000
VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de convocar a concurso para cubrir el cargo vacante de Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Formosa con retribución equivalente a la de Juez de Primera Instancia por renuncia de su titular, Dr. Agustín María Bertone, aceptada por decreto P.E.N. Nº 1523 de fecha 6 de diciembre de 1999 Cnfrme. arts. 4º inc. e y 12, inc. d de la ley 24.946
y art. 12 de la Resolución Reglamentaria D.G.N. Nº 936/98.
Que ante la necesidad de dar cumplimento con la publicación del llamado a concurso ordenada por el artículo 13 de la Resolución D.G.N. Nº 936/98 y teniendo en cuenta la restricción presupuestaria existente; corresponde reducir el tiempo de publicación de la convocatoria a dos 2 días, asegurándose la publicidad para garantizar la inscripción de los futuros aspirantes a los concursos.

c Curriculum vitae, indicando todos los antecedentes evaluables de conformidad con el art. 24
del Reglamento de Concursos, con la correspondiente acreditación, incluidas las publicaciones y trabajos inéditos que tuviere el postulante.
Toda la documentación deberá acompañarse con un juego de copias.
La oficina de concursos otorgará un recibo firmado en el que hará constar la fecha de recepción de la inscripción del aspirante, asignándole un número a la presentación.
e. 11/2 Nº 307.778 v. 15/2/2000

AVISOS OFICIALES

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la ley 24.946;

NUEVOS

EL DEFENSOR GENERAL
DE LA NACION
RESUELVE:
I. CONVOCAR A CONCURSO para cubrir el cargo vacante de un 1 Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Formosa, en los términos del considerando que antecede.

MINISTERIO DE ECONOMIA
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

II. REQUISITOS. Se requiere ser ciudadano argentino, tener veinticinco 25 años de edad y contar con cuatro 4 años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado o de cumplimento por igual término de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial por lo menos cuatro 4 años de antigedad en el título de abogado.
III. SEDE DE INSCRIPCION: Los aspirantes deberán retirar y entregar las solicitudes de inscripción personalmente en la sede de la Defensoría General de la Nación sita en la Avda. Callao 970, Piso 5º, Capital Federal, de 11.00 a 15.00 horas, o en la sede de la Defensoría Pública Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa, sita en la calle Bartolomé Mitre 839, 2º piso, en el horario de 9 a 13.00 horas; personalmente o bien a través de un tercero debidamente autorizado o por pieza postal certificada. En este último caso se tendrá como fecha de inscripción en el concurso, la de la imposición del sello postal o constancia que a tal efecto expida el servicio de correos que se hubiere utilizado arts. 12 inc. d y 16 R.D.G.N. Nº 936/98.
IV. FORMULARIOS. Dispónese por Secretaría la confección de los formularios de inscripción a tenor de lo prescripto por el art. 12 inc. d, in fine, Res. D.G.N. Nº 936/98.
V. APERTURA Y CIERRE DE INSCRIPCION: La apertura de inscripción operará a partir del día 20 de marzo de 2000, y su cierre el día 17 de abril del mismo año, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 12, inc. c y 13 de la R.D.G.N. Nº 936/98.
VI. FORMA DE INSCRIPCION: Los aspirantes llevarán a cabo sus inscripciones de la manera prevista en el art. 18 de la Resolución D.G.N. Nº 936/98 y conforme se consigna en el Anexo del presente.
VII. PUBLICIDAD: Se publicará la presente convocatoria en el Boletín Oficial y en los diarios La Nación y Clarín por el lapso de dos 2 días, debiendo liquidarse los gastos que irrogue la misma a través de la Dirección General pertinente de esta Defensoría General de la Nación Art. 13 R.D.G.N.
Nº 936/98.
VIII. PUBLICACION DE LISTAS: Las listas de inscriptos y de los miembros titulares y suplentes del Jurado de Concurso se publicarán por espacio de tres 3 días en el asiento de la Defensoría General de la Nación, de la Defensoría Pública Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa y en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, en un lapso de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de cierre de inscripción Art. 20 R. D.G.N. Nº 936/98.
IX. LIMITACION DE PRESENTACIONES: No se admitirá la presentación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos, con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción, salvo la corrección de omisiones sustanciales, a requerimiento del Departamento de Concursos Art. 19 R.D.G.N. Nº 936/
98.
X. IGUALDAD DE CONDICIONES: Los magistrados, funcionarios y empleados del Ministerio Público que deseen participar del concurso, deberán cumplir con los requisitos de inscripción en igualdad de condiciones que el resto de los participantes Art. 17 R.D.G.N. Nº 936/98.
XI. IMPUGNACION DE ASPIRANTES - CASUALES OBSTATIVAS: En el plazo de 10 días contados a partir del último día de la publicación de las listas de inscriptos, todo ciudadano podrá impugnar la inclusión en la lista de aquellos aspirantes que no cumplan con los requisitos establecidos en el art.
7 de la ley 24.946 al momento de producida la vacante o se encuentren comprendidos en algunos de los supuestos enumerados en el art. 15 de la R. D.G.N. Nº 936/98, publicada en el Boletín Oficial Nro.
28.978, con fecha 11 de septiembre de 1998.
XII. EXCUSACION Y RECUSACION. Los postulantes podrán recusar a los miembros titulares y suplentes del Jurado de concurso, en el plazo de cinco días contados a partir del último día de publicación de las listas, conforme lo dispuesto en el punto VIII de la presente Art. 9 R. D.G.N. Nº 936/98.
Protocolícese, hágase saber y oportunamente, archívese.

Resolución Nº 27.358/2000
Bs. As., 4/2/2000
VISTO la nueva presentación efectuada por la International Air Transport Association I.A.T.A. en el expediente Nro. 37.226 del Registro de esta Superintendencia de Seguros de la Nación, en el que se tramita el seguro de caución en garantía de la actividad desarrollada por los agentes de viajes I.A.T.A. en base a las normas reglamentarias de esa asociación, y CONSIDERANDO:
Que por la normativa de la International Air Transport Association I.A.T.A. también se exige la constitución de un Seguro de Caución a los agentes de cargas generales, a los agentes asociados al sistema CASS Argentina, a los agentes generales de ventas y a los agentes de ventas de pasajes de cabotaje, registrados ante la misma;
Que se han elaborado condiciones contractuales que se condicen con las características de la cobertura;
Que en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nro. 1587/96 corresponde actuar en consecuencia;
Por ello, EL GERENTE DE CONTROL A CARGO DE LA
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Reemplázanse las condiciones generales y particulares de la póliza de Seguro de Caución en Garantía de la Actividad de los Agentes I.A.T.A. por las que se acompañan como Anexo l del presente.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. Dr. CARLOS A.
GALLO, Superintendente de Seguros de la Nación Dto. 1587/96.

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2000 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data11/02/2000

Conteggio pagine12

Numero di edizioni9420

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/08/2024

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