Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.190 1 Sección
Martes 20 de julio de 1999

13

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

CONSIDERANDO:
Que las empresas listadas en el Anexo I, que integra la presente Disposición, han presentado la solicitud para su reconocimiento como agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM, en su condición de GRANDES USUARIOS MENORES GUMEs, conforme lo establecen la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA Nº 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Que las empresas solicitantes para la vinculación de sus instalaciones eléctricas con el SISTEMA
ARGENTINO DE INTERCONEXION SADI, deberán contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT de ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA.

SINTESIS:

Que la presentación de las solicitudes correspondientes ha sido publicada en el Boletín Oficial de fecha 1º de julio de 1999.
Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 168 del 12 de abril de 1999.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE PROSPECTIVA
DISPONE:

Resolución Nº 26.849 del 14 Jul. 1999
Expediente Nº 37.470

VISTO Y CONSIDERANDO EL GERENTE TECNICO RESUELVE:
ARTICULO 1 º Autorizar a la entidad PRINCIPAL RETIRO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO
S.A. a operar en el territorio de la República en el denominado Seguro de Renta Vitalicia para los Derechohabientes por Muerte del Trabajador del Régimen de Riesgos del Trabajo para afiliados al Régimen de Capitalización, con las Condiciones Generales y Nota Técnica aprobadas por Resolución Conjunta Nº 25.283/97 SSN - Nº 408/97 SAFJP; con Bases Técnicas Adicionales, Cláusula de Rentabilidad Excedente, Bases Técnicas Adicionales de la Cláusula de Rentabilidad Excedente, Tablas de mortalidad e invalidez y gastos de la póliza de Renta Vitalicia Previsional a la que complementa aprobadas mediante Resolución Nº 26.686; Formulario de Cotización del Seguro obrante a fs. 3/4; Formulario de Solicitud del Seguro obrante a fs. 5/6; Formulario de Comunicación Periódica al Asegurado obrante a fs. 7; Condiciones Particulares obrante a fs. 8/10.
ARTICULO 2º Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.

ARTICULO 1º Autorízase el ingreso de las empresas que figuran en el Anexo I, que integra la presente Disposición, como agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM, en su condición de GRANDES USUARIOS MENORES GUMEs, a partir del 1º de agosto de 1999, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2º Establécese que ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA deberá prestar a los nuevos agentes la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT según lo establecido en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 428 del 28 de agosto de 1998.
ARTICULO 3º Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED a notificar a los nuevos agentes, a los generadores que celebraron contratos con los mismos y a ENERGIA SAN
JUAN SOCIEDAD ANONIMA e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM lo resuelto en los Artículos 1º y 2º de la presente Disposición.

Firmado por el Ingeniero MARCELO AGUIRRE - Gerente Técnico NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.
e. 20/7 Nº 285.223 v. 20/7/99

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Resolución Nº 844/99

ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. JUAN G. MEIRA, Director Nacional de Prospectiva, Subsecretaría de Energía.

Bs. As., 6/7/99
VISTO el Decreto Nº 1836 del 14 de octubre de 1994, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1997 y,
ANEXO I
EMPRESAS QUE INGRESAN COMO AGENTES DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA
MEM EN SU CONDICION DE GRANDES USUARIOS MENORES GUMEs, A PARTIR DEL 1º DE
AGOSTO DE 1999.
DISTRIBUIDOR O PAFTT: ENERGIA SAN JUAN S.A.
RAZON SOCIAL

DIRECCION DEL SUMINISTRO LOCALIDAD

GENERADOR/
COMERCIALIZ

AGRICOLA TARANTO S.A.

INDEPENDENCIA Y RAWSON

SAN MARTIN SAN JUAN

H. LOS NIHUILES

AGRICOLA ZOBERANO S.A.

AV. COSTANERA S/Nº
CHIMBAS SAN JUAN

H. LOS NIHUILES

PLASTICOS GASA SRL

Av. BENAVIDEZ y LAS FLORES CIUDAD DE SAN JUAN

H. LOS NIHUILES

SOLARIEGO S.A.

A. SANCHEZ S/Nº
ULLUM SAN JUAN

H. LOS NIHUILES

FRESHNESS S.A.

V. RUIZ S/Nº
ULLUM SAN JUAN

H. DIAMANTE

LOS CHAÑARES S.A.

SARMIENTO S/Nº
SAN MARTIN SAN JUAN

H. DIAMANTE

PLASTRO ARGENTINA S.A.

PARQUE INDUSTRIAL

CHIMBAS SAN JUAN

POWERCO
COMERCIALIZAD.

e. 20/7 Nº 285.117 v. 20/7/99

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del artículo 1º del Decreto Nº 1836/94 el INSTITUTO NACIONAL DE
REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación ha practicado un relevamiento del estado patrimonial de activos y pasivos, ciertos y contingentes al 30 de junio de 1994.
Que conforme al artículo 4º de la norma antes citada, ha tomado intervención competente la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION en relación con dicho Estado Patrimonial emitiendo su opinión mediante informe de fecha 5 de septiembre de 1997, elevado a la SUBSECRETARIA DE
NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA DE COORDlNACION DEL MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, mediante Nota SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION Nº 3007 de fecha 26 de septiembre de 1997.
Que como consecuencia de ello el Señor Liquidador del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS
SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 54 de fecha 22 de enero de 1999, ha resuelto disponer el envío al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de dicho Estado Patrimonial conforme lo establecido en el 2º párrafo del artículo 4º del Decreto Nº 1836/94.
Que resulta procedente que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en su carácter de autoridad de aplicación del Decreto Nº 1836/94, resuelva considerar dicho Estado Patrimonial como estado de liquidación del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación.
Que en tal caso, y de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Nº 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1997, dicho estado de liquidación es sustitutivo de los balances correspondientes al período comprendido entre el último balance auditado y la fecha del Estado Patrimonial.
Que la presente se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 4º y 15 del Decreto Nº 1836 del 14 de octubre de 1994.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Por ello, En cumplimiento del Art. 32 del Decreto Nº 2183/91, se comunica a terceros interesados la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación fitogenética de Festulolium x Festulolium braunii Festuca pratensis Hud. x Lolium multiflorum Lam. de nombre TATAY
UNLu obtenida por la Universidad Nacional de Luján.
Solicitante: Universidad Nacional de Luján.

EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:

Representante legal: Antonio Francisco Lapolla Patrocinante: Ing. Agr. Eduardo Aníbal Vernengo Fundamentación de novedad: Tatay UNLu, es un material seleccionado por tolerancia a condiciones de estrés hídrico y térmico a partir de genotipos provenientes de Holanda, de los cuales se diferencia por su mayor persistencia o longevidad.
Fecha de verificación de estabilidad: 30/04/1997
Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA 30 días de aparecido este aviso. Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas INASE.
e. 20/7 Nº 18.635 v. 20/7/99

ARTICULO 1º Considerar como estado de liquidación, el Estado Patrimonial al 30 de junio de 1994 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.
e. 20/7 Nº 284.418 v. 20/7/99

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/1999 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data20/07/1999

Conteggio pagine24

Numero di edizioni9407

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione25/07/2024

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