Boletín Oficial de la República Argentina del 21/04/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.130 1 Sección Que esta Superintendencia comparte los términos de la propuesta elevada en el sentido de conservar los formularios por un período de un año antes de su destrucción.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos 1615/96, 177/97 y 504/98.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

Miércoles 21 de abril de 1999

45

VISTO:
I. Que el 30 de junio de 1999 cesan en el cargo, por finalización de sus mandatos, los siguientes consejeros titulares: por los Actuarios Roberto D. LENNOX; por los Contadores Públicos Antonio LAVOLPE; Mario BIONDI h.; Silvana APTER; Humberto J. BERTAZZA; Jorge Luis OTTONE fallecido 20.5.98; por los Licenciados en Economía Luis M. PONCE DE LEON; por los Licenciados en Administración Alejandro J. GONZALEZ ESCUDERO y los 15 quince consejeros suplentes, y II. Que en esa misma fecha también concluyen sus mandatos los 9 nueve integrantes del H.
Tribunal de Disciplina y los 6 seis miembros 3 titulares y 3 suplentes de la Comisión Fiscalizadora de Cuentas.
CONSIDERANDO:

ARTICULO 1º. Disponer que los formularios originales de opción de cambio de obra social se conserven en este organismo por el período de UN AÑO, vencido el cual se procederá a su destrucción según el procedimiento que se fija en esta Resolución.
ARTICULO 2º. La Subgerencia de Informática será la responsable de emitir el listado con los números de formularios que cumplen con el plazo fijado en el artículo anterior y lo informará a la Gerencia de Servicios al Usuario. Esta, previa consulta a todas las áreas del organismo para que en un plazo de DIEZ DIAS informen sobre la eventual tramitación de algún expediente por el cual consideren necesaria la conservación de algún formulario en particular, procederá a su destrucción.
ARTICULO 3º. Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 21/4 Nº 270.684 v. 21/4/99

1. Que de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 20.476 y su Decreto Reglamentario Nº 4889/73, corresponde llamar a elecciones en el mes de junio para la renovación parcial del Consejo y total del H. Tribunal de Disciplina y de la Comisión Fiscalizadora de Cuentas, y 2. Que a los fines de la representación de todas las profesiones conforme lo dispuesto en el art. 5º de la Ley Nº 20.476 y el art. 27 del Decreto Reglamentario Nº 4889/73 cabe estarse a las matrículas vigentes al día de la fecha según la certificación de la Gerencia de Matrículas, Legalizaciones y Control, proporciones que no pueden modificarse en adelante.
EL CONSEJO PROFESIONAL
DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CAPITAL FEDERAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º CONVOCAR a los matriculados para el 16 de junio de 1999 desde las 8 hasta las 20 hs. en la sede de la Institución, Viamonte 1549, Capital Federal, a los efectos de elegir:
a 8 ocho consejeros titulares y 15 quince consejeros suplentes en los términos de la Ley Nº 20.476, arts. 1º, 2º, 3º, 4º y 5º y del Decreto Nº 4889/73, arts. 1º, 25, 26 y 27;

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
SECRETARIA DE POLITICA Y REGULACION DE SALUD

b 9 nueve miembros para integrar el H. Tribunal de Disciplina, en los términos de la Ley Nº 20.476, arts. 17 y 18;
c 3 tres miembros titulares y 3 tres miembros suplentes para integrar la Comisión Fiscalizadora de Cuentas, en los términos de la Ley Nº 20.476, art. 6º y del Decreto Nº 4889/73, art. 28;

A.N.M.A.T.
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA.
Disposición Nº 1485

ARTICULO 2º PROCEDER a elegir con la representación por profesionales que establece el art. 5º de la Ley Nº 20.476 y el art. 27 del Decreto Nº 4889/73:

Bs. As., 23/3/99

Consejeros Titulares, por cuatro años:

VISTO el Expediente Nº 1-47-11791-98-1 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
1 Actuario 5 Contadores Públicos 1 Licenciado en Administración 1 Licenciado en Economía
CONSIDERANDO:
Que el Nodo Regional del Sistema Nacional de Farmacovigilancia para el Nordeste Argentino, ha recibido 6 seis reportes de eventos-efectos adversos atribuibles al principio activo Orlistat.

Consejeros Suplentes, por dos años:

Que el mencionado principio activo ha sido registrado y recientemente comercializado en diversos países del mundo, incluyendo Argentina.

2 Actuarios 9 Contadores Públicos 2 Licenciados en Administración 2 Licenciados en Economía
Que las pautas internacionales de Farmacología Clínica Fase IV indican que cuando una entidad terapéutica novedosa es lanzada al mercado deben establecerse las características y frecuencia de presentación de eventos-efectos adversos provenientes del empleo a gran escala del principio activo.

Tribunal de Disciplina, por dos años:

Que a fojas 6 del mencionado expediente el Consejo Asesor Permanente sugiere la formación de un Grupo de Trabajo que analice los diversos aspectos farmacológicos del principio activo Orlistat, para determinar la modalidad de prescripción, propendiente a la máxima disminución del riesgo.
Que la Coordinación de Evaluación de Medicamentos y Afines, el Departamento de Farmacovigilancia, el Departamento de Estudios y Proyectos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

1 Actuario 6 Contadores Públicos 1 Licenciado en Administración 1 Licenciado en Economía Comisión Fiscalizadora de Cuentas, por dos años:
3 Contadores Públicos, titulares 3 Contadores Públicos, suplentes
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 1490/92.
ARTICULO 3º ESTABLECER el calendario electoral siguiente:
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1º Créase en el seno de esta Administración Nacional un Grupo de Trabajo para analizar los diversos aspectos farmacológicos del principio activo Orlistat, con el objeto de determinar la modalidad de prescripción, propendiente a la máxima disminución de los riesgos de presentación de eventos-efectos adversos.
ARTICULO 2º Desígnase a los siguientes profesionales para la conformación del Grupo de Trabajo creado por el Artículo 1º: Dra. Estela Giménez Consejo Asesor Permanente, Dr. Luis María Zieher Consejo Asesor Permanente, Dr. Rodolfo Rothlin Consejo Asesor Permanente, Dra. Mabel Foppiano Departamento de Farmacovigilancia, Dra. Inés Bignone Coordinación de Evaluación de Medicamentos y Afines, Dra. Patricia Saidón Coordinación de Evaluación de Medicamentos y Afines, Dr. Ricardo Bolaños Departamento de Estudios y Proyectos y Dr. Miguel Mamone Laboratorio Productos Roche S.A.Q. e I..
ARTICULO 3º Anótese. Notifíquese a los interesados. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. Dr. PABLO M. BAZERQUE, Director Nacional Adm. Nac. de Medicamentos, Alimentos y Tec. Médica.
e. 21/4 Nº 274.321 v. 21/4/99

30 de abril de 1999. Padrón Provisorio. Exhibición del mismo y comienzo del período de consulta art. 14, inc. a del Reglamento Electoral.
17 de mayo de 1999. A las 18 hs., vencimiento del plazo para la recepción de observaciones art. 14, inc. b del Reglamento Electoral.
24 de mayo de 1999. A las 18 hs., vencimiento del plazo para que las agrupaciones soliciten su reconocimiento y nombren apoderados arts. 14, inc. d, ap. 1 y 16 del Reglamento Electoral.
1 de junio de 1999. A las 18 hs., vencimiento del plazo para la resolución de reconocimiento de las agrupaciones, formación del Padrón Definitivo y exhibición del mismo arts. 14, inc. c y 15, 16 y 19 del Reglamento Electoral.
8 de junio de 1999. A las 18 hs., vencimiento del plazo para la presentación de listas de candidatos arts. 14 inc. d, ap. 2 y 23 del Reglamento Electoral.
9 de junio de 1999. A las 18 hs., vencimiento del plazo para la resolución de oficialización de listas de candidatos art. 26 del Reglamento Electoral.
16 de junio de 1999. De 8 a 20 hs., elecciones en Viamonte 1549, Capital Federal, arts. 1º y 14, inc. e del Reglamento Electoral.
ARTICULO 4º HACER SABER que, si con posterioridad a la convocatoria, se declarase inhábil alguna fecha comprendida en el calendario electoral, ésta se transferirá automáticamente al primer día hábil siguiente art. 14, último párrafo del Reglamento Electoral.

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CAPITAL FEDERAL
Resolución C 50/99

ARTICULO 5º PUBLICAR por un día la presente resolución en el Boletín Oficial y en los diarios La Nación, Clarín, La Prensa, Ambito Financiero y Cronista Comercial de la Capital Federal. El acto será difundido por los medios complementarios que el Consejo considere conveniente.

Expte. Nº 17.826
Bs. As., 14/4/99
En la sesión del día de la fecha Acta Nº 945 el Consejo aprobó la siguiente resolución:

ARTICULO 6º COMUNIQUESE a los Ministerios de Cultura y Educación, de Justicia y de Trabajo y Seguridad Social, regístrese y archívese. ANTONIO LAVOLPE, Presidente. ALEJANDRO JUSTO GONZALEZ ESCUDERO, Secretario.
e. 21/4 Nº 3128 v. 21/4/99

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/04/1999 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data21/04/1999

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9414

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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