Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.079 1 Sección TRANSENER S.A., y a CAMMESA Fdo. DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. JUAN CARLOS
DE ROBERTIS, Vocal Segundo. ESTER BEATRIZ FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO ENRIQUE DEVOTO, Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
e. 5/2 Nº 265.131 v. 5/2/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 122/99

Viernes 5 de febrero de 1999

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este porcentaje aplicable exclusivamente a las obras en jurisdicción nacional, es decir la Línea de Extra Alta Tensión de 500 kV que se extenderá desde la Estación Transformadora Rincón de Santa María hasta el Nodo Frontera; ii la suma de U$S 275.000 Dólares Estadounidenses doscientos setenta y cinco mil, siendo este monto aplicable exclusivamente a los servicios de supervisión correspondientes a las características de diseño, constructivas, y de montaje de la conversora de frecuencia, a construirse en la localidad de Garabí, República Federativa de Brasil; 3 Notifíquese a CENTRAL
COSTANERA S.A., a la COMPAÑIA COMERCIALIZADORA DEL MERCOSUR S.A., y a CAMMESA
Fdo. DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero, JUAN CARLOS DE ROBERTIS, Vocal Segundo. ESTER
BEATRIZ FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO ENRIQUE DEVOTO, Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.

Acta Nº 437
Expediente ENRE Nº 5982/98
Bs. As., 27/1/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 A los efectos del cálculo de la tarifa por el servicio de peaje establecido en el Inciso 3 del Capítulo IV del Subanexo 1 - Régimen Tarifario - Cuadro Tarifario, de los Contratos de Concesión de EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A., corresponde adaptar la fórmula de cálculo del cargo fijo por potencia contratada en horas de punta de Subanexo 2 puntos B.5 Grandes Demandas en Baja Tensión, B.6 Grandes Demandas en Media Tensión y B.7 Grandes Demandas en Alta Tensión de los respectivos Contratos de Concesión de las Distribuidoras EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A.
conforme se detalla en el Anexo I a la presente Resolución de la que es parte integrante; 2 Lo dispuesto en la presente Resolución será aplicable a partir del cálculo de los valores de los Cuadros Tarifarios de EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A. con vigencia a partir del 1º de febrero de 1999;
3 Notifíquese a EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A Fdo. DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. JUAN CARLOS DE ROBERTIS, Vocal Segundo. ESTER BEATRIZ FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO ENRIQUE DEVOTO, Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 5/2 Nº 265.130 v. 5/2/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 123/99
Acta Nº 437
Expediente ENRE Nº 5244/98
Bs. As., 27/1/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Aprobar en los términos de artículo 4 de la Ley 19.552 y a los fines de la afectación a servidumbre administrativa de electroducto, los planos relativos a la Línea de Alta Tensión de 132 kV, que une las Subestaciones Pantanosa, Pontevedra y Marcos Paz, en la Provincia de Buenos Aires, y el listado de parcelas afectadas, que obran como anexos I y II, respectivamente, de la presente resolución; 2 Las heredades afectadas por la servidumbre administrativa de electroducto, quedarán sometidas además de lo establecido por los artículos 3, 16 y 19 de la ley 19.552, a las siguientes restricciones y limitaciones al dominio, las que deberán constar en toda escritura traslativa de dominio: Se establece una franja de seguridad de nueve metros 9 m a cada lado de la proyección del eje de la línea, es decir de dieciocho metros 18 m en total en la cual:
a No se permitirán construcciones de ningún tipo ni se admitirá especies arbóreas cuyo porte pueda llegar a superar en algún momento de su desarrollo los cuatro 4 metros de altura.
b No se permitirán quemas de vegetales o de cualquier otro tipo de materiales así como el manipuleo de combustibles;
c Se prohíbe la circulación por debajo de la línea de vehículos o maquinarias cuya altura supere los cinco 5 metros de altura;
d No se admitirán árboles o instalaciones de cualquier naturaleza como molinos, mástiles o antenas etc. que, en caso de caer, puedan producir daños en la línea al caer.
3 La afectación de la servidumbre administrativa de electroducto será a favor de EDENOR S.A., la que deberá realizar por sí o por terceros, las tramitaciones de la Ley 19.552; 4 Aprobar la desafectación a servidumbre administrativa de electroducto del listado de parcelas que figuran como anexo III de la presente resolución; 5 Ordenar a EDENOR S.A. notificar fehacientemente la presente resolución a los propietarios de las heredades afectadas haciéndoles saber los derechos que les corresponden junto con las restricciones y limitaciones al dominio; 6 Ordenar a EDENOR S.A. notificar fehacientemente la presente resolución a los propietarios de las parcelas desafectadas a servidumbre administrativa de electroducto mencionadas en el artículo 4 de la presente y llevar a cabo todas las medidas necesarias para inscribir dicha desafectación; 7 Notifíquese a EDENOR S.A Fdo. DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. JUAN CARLOS DE ROBERTIS, Vocal Segundo. ESTER
BEATRIZ FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO ENRIQUE DEVOTO, Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
Los Anexos citados pueden ser consultados por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 5/2 Nº 265.129 v. 5/2/99

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 5/2 Nº 265.127 v. 5/2/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 125/99
Acta Nº 437
Expediente ENRE Nº 6099/99
Bs. As., 27/1/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Rechazar la pretensión de EDESUR S.A. de incluir en el cálculo del Cuadro Tarifario los costos emergentes de la Función Técnica de Transporte que le presta EDENOR S.A.; 2 Declarar la procedencia del pago del cargo formulado a EDESUR S.A. por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. CAMMESA por Prestación Adicional de la Función Técnica del Transporte a su favor realizada por EDENOR S.A.; 3 Integran como Anexos a la presente Resolución los siguientes: Anexo 1: Estudio Técnico-Económico de las Tarifas de Distribución y su relación con el peaje por Prestación de la F.T.T. entre EDENOR S.A. y EDESUR S.A., efectuado por el Area de Análisis Regulatorios y Estudios Especiales del Organismo; Anexo 2: Documento de Trabajo Privatización de SEGBA Distribución, Cálculo de las Tarifas - Indice Temático elaborado por la Secretaría de Energía; Anexo 3:
Documento Propuesta de Trabajo para la Determinación de la Tarifa Eléctrica a partir de Criterios Marginalistas elaborado por la Secretaría de Energía y presentado como prueba en el Expediente Judicial Nº 16.811/95 por EDESUR S.A.; y Anexo 4: Solicitud de Levantamiento Medida Suspensión de Pago, presentada por CAMMESA el 24/09/98 en el citado Expediente; 4 Notifíquese a EDESUR
S.A., EDENOR S.A. y a la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico S.A. CAMMESA Fdo.
DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. JUAN CARLOS DE ROBERTIS, Vocal Segundo. ESTER
BEATRIZ FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO ENRIQUE DEVOTO, Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
Los anexos citados pueden ser consultados por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 5/2 Nº 265.124 v. 5/2/99

AVISOS OFICIALES
ANTERIORES

PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
La Subsecretaría de Desarrollo Sustentable de la Nación Dirección de Fauna y Flora Silvestres, cita y emplaza a los Sres. KUGA YASUKATA, VIVIANA UBERTO, JESUS ABENZA TORLEANO, ANTONIO JUSTO COURO y JOSE MARIA MALMIERCA ARROYO, para que en el término de DIEZ
10 días comparezcan respectivamente a presentar descargos en los expedientes Nº 45/99, 46/99, 43/99, 48/99 y 44/99 del registro de SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, en el que se les imputan respectivas infracciones a los artículos 21 y subsiguientes del Decreto Nº 666/97 Reglamentario de la Ley 22.421 en razón de haberse intervenido productos de fauna silvestre. Se hace saber que en caso de incomparecencia, en lo sucesivo las notificaciones se llevarán a cabo fijándose las mismas en los estrados de este organismo. Ing. ADELMAR A. VACHINO
- Subsecretario de Recursos Hídricos a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Sustentable - Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.
e. 3/2 Nº 264.862 v. 5/2/99

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 124/99
ACTA Nº 437
Expediente ENRE Nº 5154/98
Bs. As., 27/1/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Aprobar el pliego de bases y condiciones para la contratación del organismo y/o empresa pública o privada independiente del grupo solicitante que deberá efectuar la supervisión de la construcción de la Línea de Extra Alta Tensión de 500 kV que se extenderá desde la Estación Transformadora Rincón de Santa María, ubicada en la localidad de Ituzaingó, Provincia de Corrientes, atravesando la localidad de General Virasoro, hasta la localidad de Garabí, fijándose el nodo frontera en el límite internacional del Río Uruguay, el cual se anexa a la presente Resolución formando parte integrante de la misma; 2 El costo de la supervisión de la construcción de la obra a que se hace mención en el artículo 6 de la Resolución ENRE Nº 1577/98, no podrá superar los siguiente límites: i el 3% del valor total de la misma, siendo
Bs. As., 4/1/99
La DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA NACION, cita y emplaza a los representantes legales de la siguiente firma:
OSVALDO MIGUEL GALLI, expediente Nº 2649/80 del registro de la Secretaría de Minería, por presuntos incumplimientos al Régimen de la Ley Nacional Nº 22.095, para que se presenten ante la Instructora Sumariante: Dra. Marta Iris TERG, en la Avda. Julio A. Roca 651, Piso 3º, Sector 15, CAPITAL FEDERAL, en relación al expediente antes mencionado donde conforme con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Minería Nº 620/98 se ordenó instruir sumario por no haber brindado la información necesaria para verificar el cumplimiento de la Ley 22.095. Conforme a lo establecido por el art. 30 del Decreto Nº 554/81 se le concede un plazo de QUINCE 15 días hábiles administrativos para que tome conocimiento de la documentación y formule su descargo y acompañe la prueba documental que obre en su poder, la que deberá adjuntarse en originales o en fotocopias debidamente autenticadas y ofrezca las que estime necesario producir. Dentro de dicho plazo deberá constituir domicilio dentro del radio de Capital Federal y acreditar personería en legal forma. Conforme lo determina el art. 42 del Decreto Nº 1759/72, publíquese en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA
por el término de TRES 3 días. Fdo. Dra. MARTA IRIS TERG, Instructora sumariante.
e. 3/2 Nº 264.849 v. 5/2/99

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/1999 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data05/02/1999

Conteggio pagine24

Numero di edizioni9410

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/07/2024

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