Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.985 1 Sección tamento Contencioso, Secretaría de Actuación Nº 2, sito en Paseo Colón 635, 2º piso, Capital Federal, se ha ordenado notificarles el Fallo ANCO Nº 1278/96 el que en su parte pertinente expresa: Buenos Aires, 29 de nov. de 1996 Artículo 1º Sobreseyendo a CRISTINO OJEDA, CARLOTA NUÑEZ, JOSE SALVADOR GONZALEZ y JUAN CARLOS CONZALEZ de la infracción al art.
985 del Código Aduanero y en relación a la mercadería integrante del acta-lote Nº 414/93, cuya devolución se ordena, o en su defecto, debiéndose aplicar lo dispuesto en la Sección V - Título II del C.A. Notifíquese. Fdo. Dr. ANTONIO PIERRI, Jefe del Departamento Contencioso.
e. 22/9 Nº 246.495 v. 22/9/98

Martes 22 de setiembre de 1998

28

26/5/98. Visto Considerando Resuelve: Art. 1º: Sobreseer definitivamente al Agente de Transporte Aduanero INTERNACIONAL EXPRESS SACF Reg. Nº 16981-3-4 en los términos del art.
1098 del CA, y en orden a la infracción prevista en el art. 973 del mismo cuerpo legal Fdo.: Dr.
ALBERTO JUAN FERNANDEZ, 2º Jefe Dpto. Contencioso.
e. 22/9 Nº 246.512 v. 22/9/98
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Código Aduanero Ley 22.415 art. 1013 inc. h y 1101

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía, deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina art. 1001 del C.A. bajo apercibimiento de ley art. 1004 del C.A., se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, en caso de corresponder, producirán la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente art.
930/932 del C.A.. Fdo.: Dr. GUILLERMO LUCANGELLI, Jefe Int. Div. Sec. de Actuación Nº 1.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DV SAC
REF. EAAA 600.428/97

Se hace saber al Sr. DANIEL LEANDRO REYNOSO DNI 26.326.485 que en el expediente EAAA 600.428/97 en trámite por ante el Departamento Contencioso, Secretaría de Actuación Nº 2, sito en Paseo Colón 635, 2º piso, Capital Federal, se ha ordenado notificarles la Resolución de Cont. Nº 7502/98 que en su parte pertinente expresa: Buenos Aires, 21 de agosto de 1998, Artículo 1º: Archivar la presente denuncia procediendo previamente a la entrega de la mercadería integrante del acta lote Nº 764/96 ítem 2 27 cassettes de audio, en los términos de la citada instrucción Nº 01/98, es decir previa acreditación de la calidad de comerciante y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V, Tit. II del Código Aduanero, Fdo. Dr. Alberto Juan Fernández, 2º Jefe del Departamento Contencioso. Asimismo se ha ordenado notificarle la Resolución DGCO Nº 146/97 de fecha 14 de agosto de 1997 que expresa en su parte pertinente: Buenos Aires, 14 de agosto de 1997 Artículo 1º: Desestimar la denuncia de autos efectuada contra DANIEL LEANDRO REYNOSO, de las circunstancias personales mencionadas en los vistos, en los términos del art. 1090, inc. b del C.A. disponiéndose la devolución a los interesados de la mercadería integrante del ítem 1 del acta lote Nº 764/96, o en su defecto, debiéndose aplicar el procedimiento previsto por el Título II de la Sección V, del Código Aduanero. Fdo.
ANTONIO C. PIERRI, Jefe del Departamento Contencioso.
e. 22/9 Nº 246.496 v. 22/9/98

SUMARIO

CAUSANTE
DOC. IDENTI.

INF.
ART.

600.931/94
604.522/94

DEMGUT S.A.
ESTABLECIMIENTOS
MIRON SAIC
ESTAB. MIRON SAIC
FABRIBOL SAN LUIS S.A.

970

604.555/94
602.641/93

970
970
970

TRIBUTO
$ 5.415

MULTA
$ 1.352

29.013
6.391
63.478,09
15.916,08
81.575
18.463
e. 22/9 Nº 246.513 v. 22/9/98

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 120/98

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Bs. As., 31/8/98

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

VISTO los Decretos Nº 9/93 y Nº 504/98, las Resoluciones Nº 247/98-MSyAS y Nº 37/98-SSS
y los Expedientes Nº 1600/98-SSS y Nº 1734/98-SSS; y
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013 inc. h y 1101
CONSIDERANDO:
Por ignorarse el domicilio se cita a la firma que más abajo se menciona, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se indica, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina Art. 1001 C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004 C.A.. Se le hace saber que el pago de la multa mínima producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente arts. 930/932 C.A.. Fdo. Dr. ANTONIO C. PIERRI, Jefe del Depto. Contencioso.
SUMARIO Nº 602.302/94

CAUSANTE
ARTISPORT S.R.L.

INF.
ART.
970

TRIBUTOS

MULTA
MINIMA

$ 7.108,03
$ 1.567,54
e. 22/9 Nº 246.508 v. 24/9/98

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
REF. EXP. Nº 602.633/93

Que la Comisión Consultiva del Régimen de Traspasos ha efectuado recomendaciones a esta Superintendencia de Servicios de Salud en el marco de los expedientes citados en el VISTO.
Que la facultad otorgada a este Organismo para evaluar y resolver eventuales rechazos de opciones de cambio de obra social debe ser entendida en un sentido restrictivo, a efectos de privilegiar la voluntad libremente expresada por los beneficiarios en ejercicio de sus legítimos derechos.
Que dicha facultad, obliga a esta Superintendencia de Servicios de Salud, empero, a velar por el estricto cumplimiento de la normativa aplicable al ejercicio del derecho de opción de cambio.
Que se han detectado casos de inobservancia de requisitos de orden formal que por su entidad ameritan el rechazo de las opciones de cambio correspondientes.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de la facultades conferidas por los Decretos 1615/96, 177/97 y 504/98.

Código Aduanero Ley 22.415 Art. 1013 inc. h Por ello, Bs. As., 7/9/98
Se le hace saber a la firma FABRIBOL SAN LUIS S.A., que en el expediente Nº 602.633/93 ha recaído auto de fecha 26/6/98, cuya parte pertinente dice: Bs. As., 26/6/98. Habiéndose instruido sumario a fs. 9, córrase vista a la firma FABRIBOL SAN LUIS Reg. Nº 50.171, a quien se cita y emplaza para que en el perentorio término de 10 días de notificada esté a derecho, evacue su defensa y ofrezca todas las pruebas imputándosele la infracción tipificada en el art. 970 deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Oficina Aduanera bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de la misma art. 1004 del CA Se le hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza el pago voluntario de la multa mínima cuyo importe asciende a la suma de $ 27.082,00 y de los tributos $ 119.660,00 se declarará extinguida la acción penal art. 930/932 del CA Fdo. Dra. MARIA S. SALADINO, 2º Jefa Int. Div. Sec. de Act.
Nº 1.
e. 22/9 Nº 246.509 v. 22/9/98

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Desestimar las recomendaciones formuladas por la Comisión Consultiva del Régimen de Traspasos por las que se propiciara el rechazo de opciones de cambio en los expedientes del VISTO, a excepción de las que se indican en el artículo siguiente.
ARTICULO 2º Hacer lugar a las recomendaciones formuladas por la Comisión Consultiva del Régimen de Traspasos y rechazar las opciones de cambio listadas como anexo I que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3º La cobertura de los beneficiarios comprendidos en el citado anexo quedará a cargo de las respectivas obras sociales de origen, las que continuarán percibiendo los aportes y contribuciones.
ARTICULO 4º Los beneficiarios detallados en el anexo I, a partir de la publicación de la presente resolución, podrán ejercer su derecho de opción en los términos y por la forma prevista en el Decreto 504/98.

REF. EXP. Nº 602.292/97
Código Aduanero Ley 22.415 Arts. 1013 inc. h Bs. As., 7/9/98
Se le hace saber a la firma AMERICAN BUSINESS CARGO S.A. Reg. Nº 30659133039 que en el expediente Nº 602.292/97 ha recaído Resolución Nº 1191/97, cuya parte pertinente dice: Bs.
As., 4/11/97, Visto Considerando Resuelve: Art. 1º: Sobreseer definitivamente a la firma AMERICAN BUSINESS CARGO S.A. en los términos del art. 1098 del C.A. y en orden a la infracción prevista en el art. 973 del mismo cuerpo legal Fdo.: Dr. ANTONIO C. PIERRI, Jefe Depto.
Contencioso.
e. 22/9 Nº 246.511 v. 22/9/98

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
REF. EXP. Nº 603.843/97
Código Aduanero Ley 22.415 Arts. 1013 inc. h Se le hace saber al ATA INTERNACIONAL EXPRESS SACF Reg. Nº 16981-3-4, que en el expediente Nº 603.843/97 ha recaído Resolución Nº 4572/98, cuya parte pertinente dice: Bs. As.,
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, notifíquese a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a la Administración Nacional de la Seguridad Social, a la Comisión Consultiva del Régimen de Traspasos y a los beneficiarios y agentes del seguro de salud. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. JOSE LUIS LINGERI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
ANEXO I
O.S. ORIGEN
11950
11950
11950
11950
11950
11950
11950
11950
11950
1-1210
1-1210
1-1210
1-1210

BENEFICIARIO
Cerotta Margarita Argello Claudia Costa Orlando Roitbourd Dora González Niria Penayo Nelly Ríos Angela Suñe Gilda Aguilar Verón Ana Carranza Segundo Zunino Marcelo Vulich Daniel Barrios Sebastián
C.U.I.L.

O.S. ELEGIDA

27-20270638-5
106104
27-22456843-1
106104
20-12243880-6
126304
27-10873404-9
126304
27-13123413-4
126304
27-13005606-2
126304
27-60044511-7
126304
27-10404847-7
126304
27-18765536-1
126304
20-04979315-5
112202
20-20020365-9
112202
20-17903495-7
112202
20-24478301-6
112202
e. 22/9 Nº 246.568 v. 22/9/98

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/1998 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data22/09/1998

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9412

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione30/07/2024

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