Boletín Oficial de la República Argentina del 14/08/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.959 1 Sección MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma HALO SOCIEDAD ANONIMA la Disposición Nº 20 de fecha 4 de mayo de 1998 de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, recaída en el Expediente Nº 306585/91 y agregados la que a continuación se transcribe. ARTICULO 1º
Declarar extinguidos los sumarios iniciados a las firmas HALO SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de San Luis Nº 2988 del 29 de septiembre de 1986 MINDELIN SOCIEDAD ANONIMA
MINERA E INDUSTRIAL Decreto de la Provincia de La Rioja Nº 257 del 30 de diciembre de 1983
y sus modificatorios, CANTERAS Y MOLIENDAS LA AGUSTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de San Luis Nº 1712 del 7 de agosto de 1987, COPPENS
SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de San Luis Nº 2064 del 6 de agosto de 1986, SCHMID HERMANOS Y COMPAÑIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Decreto de la Provincia de San Luis Nº 2086 del 22 de abril de 1984, MERCURIO COCCIOLO
SAN LUIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de San Luis Nº 1084 del 5 de junio de 1985, HORIZONTE FABRIL SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de San Luis Nº 1266 del 11 de junio de 1986 y PLASTICA MERLO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de San Luis Nº 1457 del 5 de julio de 1985, por aplicación del artículo 6º penúltimo párrafo del Decreto Nº 2054/92. ARTICULO 2º Notifíquese a las empresas mencionadas en el ARTICULO 1º. ARTICULO 3º Hágase saber a la DIRECCION
GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS. ARTICULO 4º De Forma. Firmado REINALDO BAÑARES, a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector. 7.
e. 13/8 Nº 240.059 v. 18/8/98

Viernes 14 de agosto de 1998

35

Que mediante resolución de fecha 15-10-96 y notificada el 24-10-96 según las previsiones del art. 100 inc. b de la Ley Nº 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones, se determinó de oficio la obligación tributaria de SANTA RITA DISTRIBUCIONES S.R.L., por el Impuesto al Valor Agregado por los períodos fiscales mensuales Marzo de 1992 a Abril de 1993 todos inclusive.
Que en dicho acto se intimaron los siguientes conceptos;
Por impuesto omitido la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA
Y OCHO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS $ 85.558,97 según el siguiente detalle:
Período 03/92
04/92
05/92
06/92
07/92
08/92
09/92
10/92
11/92
12/92
01/93
02/93
03/93
04/93

Diferencia Ajustada A favor del Contribuyente Art. 20 1er. P.
Art. 20 2do. P.
-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-

-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-

a favor de a D.G.I.
3.595.70
3.948.01
4.922.28
3.052.43
3.066.05
2.729.86
2.960.99
4.860.67
6.371.60
5.324.53
7.615.75
31.839.70
4.386.49
884.91

Correspondiendo agregar la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL SIETE CON NOVENTA Y
CINCO CENTAVOS $ 116.007,95, que se liquida en concepto de intereses resarcitorios correspondientes, los que obran calculados hasta el 30/09/96.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma INDUSTRIAS CABILDO SOCIEDAD
ANONIMA la Resolución Nº 860 de fecha 17 de julio de 1998 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, recaída en el Expediente Nº 101857/79 Cde. 17 la que a continuación se transcribe. ARTICULO 1º Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por la firma INDUSTRIAS CABILDO SOCIEDAD ANONIMA contra el artículo 1º de la Resolución de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO EXTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
Nº 1092/89 que se confirma. ARTICULO 2º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para que tome la intervención que le compete.
ARTICULO 3º De Forma. Firmado: REINALDO BAÑARES, a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 7.
e. 13/8 Nº 240.060 v. 18/8/98

Que de acuerdo a las constancias obrantes en las actuaciones administrativas seguidas a la sociedad en cuestión, surge que en oportunidad coincidente con la fecha dispuesta legalmente como plazo general fijado para el cumplimiento del pago del tributo referido por los períodos fiscales mensuales Marzo de 1992 a Abril de 1993 todos inclusive, se desempeñaba como Socio Gerente de la firma la Señora GUEVARA, Aura Bibiana del Valle, no inscripta ante esta Dirección General, y con C.U.I.L. Nº 23-20830341-4.
Que mediante resoluciones de fecha 21/06/96 y 3/12/97, se confirió vista y se instruyó sumario respectivamente, a la Sra. GUEVARA, Aura Bibiana del Valle de las liquidaciones practicadas a la firma SANTA RITA DISTRIBUCIONES S.R.L., Por el Impuesto al Valor Agregado por los períodos fiscales mensuales Marzo de 1992 a Abril de 1993 todos inclusive, conforme lo establece el artículo 24 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, para que en su carácter de Socio Gerente, solidariamente responsable de la deuda y sus accesorios, formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, dentro del plazo de quince 15
días hábiles otorgado, habiéndose notificado las mismas con fecha 26-06-1996 y 09/12/97, según las previsiones del art. 100 inc. b de la Ley 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones y CONSIDERANDO
Que habiéndose cumplido el plazo legal, la interesada no ha presentado descargo en defensa de sus derechos.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA, notifica a las firmas INCLOR SA., TEJEDURIAS DEL OESTE
S.A. y METALURGICA RIOJANA S.R.L. la Disposición Nº 23 de fecha 4 de mayo de 1998 de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, recaída en el Expediente Nº 11079/90 la que a continuación se transcribe:
ARTICULO 1º Declarar extinguidos los sumarios iniciados a las firmas RONTALTEX SOCIEDAD ANONIMA Resolución de la ex-SECRETARIA DE ESTADO Y DESARROLLO INDUSTRIAL
Nº 199 del 23 de marzo de 1981 y sus modificatorias BIOSINT CATAMARCA SOCIEDAD ANONIMA
Decreto de la Provincia de CATAMARCA Nº 3213 del 31 de diciembre de 1986; FRIGORIFICO
LARCHER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de CATAMARCA
Nº 3959 del 28 de diciembre de 1984; METALURGICA RIOJANA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de LA RIOJA Nº 63 del 16 de enero de 1961; INCLOR
SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 538 del 8 de abril de 1985;
HERSUTEX SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 2757 del 1 de noviembre de 1984; TEJEDURIAS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 1516 del 29 de junio de 1984 y sus modificatorios; SCHI PLAST SAN LUIS SOCIEDAD
ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 2141 del 14 de agosto de 1986 y su modificatorio;
RIOJA PLAST SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de LA RIOJA
Nº 2420 del 29 de octubre de 1987 y su modificatorio y BOSETTI HERMANOS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA Decreto de la Provincia de LA RIOJA Nº 4112 del 30 de diciembre de 1985; por aplicación del artículo 6º penúltimo párrafo del Decreto Nº 2054/92.

Que tal proceder respecto del cargo formulado por este Organismo, releva a esta instancia de mayores consideraciones sobre el tema.
Que atento a lo dispuesto en los arts. 16 inc. d y 18 inc. a de la Ley 11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, corresponde determinar de oficio la responsabilidad personal y solitaria de aquellos que administraron o dispusieron de los fondos sociales en virtud a las funciones que desempeñaron, habiendo tenido facultades de decisión en materia tributaria o el control de la correcta administración de la sociedad, al momento de hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Que en consecuencia, dado que la Sra. GUEVARA, Aura Bibiana del Valle se desempeñó como Socia Gerente de la firma SANTA RITA DISTRIBUCIONES S.R.L. en los períodos fiscales que nos ocupan: Marzo de 1992 a Abril de 1993, ambos inclusives, y ante la falta de cancelación de la deuda que en relación al impuesto al Valor Agregado y por los períodos fiscales mencionados, mantiene con esta Administración la empresa citada procede determinar de oficio su responsabilidad personal y solidaria en relación a la deuda oportunamente determinada para el impuesto y períodos que nos ocupan.
Que en razón de no haberse ingresado el monto de impuesto reclamado a la fecha de sus vencimientos, como se ha indicado, resultan de aplicación las normas referidas a la liquidación de intereses resarcitorios prevista en el artículo 42 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Que entrando al juzgamiento de la conducta tributaria, a la luz de las disposiciones fiscales en vigencia, cabe señalar que los hechos sujetos en definitiva a las resultas de las presentes actuaciones, cuya materialidad, oportunidad y circunstancias, se encuentran descriptas en párrafos anteriores, encuadran por su naturaleza en las previsiones del artículo cuarenta y cinco 45 y cuarenta y seis 46 de la Ley Nº11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

ARTICULO 2º Notifíquese a las firmas mencionadas en el ARTICULO 1º.
ARTICULO 3º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
ARTICULO 4º De Forma. Firmado: Reinaldo BAÑARES, a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y
MINERIA, Av. Julio A. Roca 651 - Planta Baja - Sector 7.
e. 12/8 Nº 239.997 v. 14/8/98

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Que la contribuyente no hizo uso de su derecho de defensa en el sumario instruido, por lo que esta Dirección se encuentra en condiciones de expedirse, señalándose que en virtud de las prescripciones del artículo 58 de la ley de rito, la encartada resulta personalmente responsable de la sanción descripta en el párrafo que antecede.
Que como consecuencia de lo expuesto, corresponde sancionar la infracción señalada en su cáracter de deudora solidaria de la firma SANTA RITA DISTRIBUCIONES S.R.L., frente al Impuesto al Valor Agregado por los períodos fiscales mensuales Marzo de 1992 a Mayo de 1992 y Noviembre de 1992 a Abril de 1993 todos inclusives, mediante la aplicación del margen previsto en el artículo cuarenta y cinco 45 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, resultando justo imponer una multa del ochenta por ciento 80% de los importes de impuesto omitidos de ingresar; y aplicándole por los períodos fiscales mensuales de Junio de 1992 a Octubre de 1992
todos inclusives, de acuerdo con las previsiones del artículo cuarenta y seis 46 de la Ley Nº 11.683 t.o. en 1978 y sus modificaciones, una multa de tres 3 veces los importes del impuesto omitido de ingresar, conforme al siguiente detalle:

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
REGION CORDOBA

Período
Impuesto a favor de la D.G.I.

Multa %

03/92
04/92
05/92
06/92
07/92

3.595.70
3.948.01
4.922.28
3.052.43
3.066.05

80 %
80 %
80 %
3 veces 3 veces
Monto de la Multa
Córdoba, 31/3/98
VISTO las presentes actuaciones originadas en la fiscalización practicada por esta Dirección General Impositiva a SANTA RITA DISTRIBUCIONES S.R.L., con domicilio fiscal en Suboficial Ayudante Luna s/nº - de la Ciudad de VILLA CARLOS PAZ, Provincia de Córdoba, Inscripta en la C.U.I.T. bajo el Nº 30-64613747-7, de la que resulta:

2.876.56
3.158.41
3.937.82
9.157.29
9.198.15

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/08/1998 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data14/08/1998

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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