Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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511,72
393,77
267,10
215,11
326,70
802,74
657,16
109,78
282,54
667,90
430,00
540,75
384,18
1.566,08
803,50
273,13
261,21
128,19
61,03
144,31
93,69

Que en consecuencia corresponde otorgar la vista de las actuaciones administrativas y liquidaciones del Impuesto al Valor Agregado, períodos Agosto de 1995 a Agosto de 1996, como así también por las Retenciones y Percepciones Cobradas y No ingresadas correspondientes a las Resoluciones Generales 3624, 4059 y 3867 y sus modificaciones, por los montos y períodos detallados precedentemente, todo ello conforme lo dispuesto en el art. 24 y sgtes. de la ley 11.683, t.o.
en 1978 y sus modificaciones, acompañándose trece 13 Form. 757.
Que asimismo la conducta del contribuyente encuadra prima facie en el art. 46 de la ley 11.683, texto ordenado en 1978, al haber presentado declaraciones juradas engañosas que no responden a la realidad, no ingresando a su respectivo vencimiento el tributo debido, por los períodos Agosto, Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 1995 y Enero a Febrero de 1996
en el Impuesto al Valor Agregado. Que la voluntad de producir declaraciones juradas engañosas surge de la grave contradicción existente entre las registraciones y demás documentación del contribuyente, con los datos que surgen de las declaraciones juradas presentadas Art. agregado a continuación del art. 46, inc. a de la ley procedimental ut-supra citada.
Que también la conducta del contribuyente encuadra prima facie en el art. 45 de la ley 11.683, texto ordenado en 1978, al haber omitido el pago de impuestos mediante la falta de presentación de las declaraciones juradas por los períodos Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto de 1996 en el Impuesto al Valor Agregado.

Lunes 13 de julio de 1998

28

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ESCRIBANIA GENERAL
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cita y emplaza por el término de treinta días a DEBORA GITLA SZLIOMOWICZ de BURCHBINDER, CARLOS SZULIM, RAQUEL SUSANA BEATRIZ y JOSE BUCHBINDER y a toda persona que se considere con derechos respecto del inmueble sito en la calle Hidalgo 1664, P. B., Dpto. 1 de Capital Federal, a efectos que deduzcan oposición en los términos del art. 6º inc. d de la Ley 24.374 y arts. 8 y 9 del Decreto Nº 105/GCBA/98, bajo apercibimiento de lo previsto en el inc. e del artículo y ley citados y lo normado por el art. 11 del Decreto Nº 105/GCBA/98. La oposición aludida precedentemente deberá ser deducida en el Expediente Nº 82532/95, iniciado por Marcos Rodolfo Lilo, mediante presentación a efectuar ante la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Rodríguez Peña 589 de esta ciudad. El presente edicto será publicado por tres días.
Buenos Aires, junio 30 de 1998.
Esc. JORGE E. GOMEZ, Escribanía General, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
e. 10/7 Nº 234.774 v. 14/7/98

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Que además la conducta del contribuyente encuadra prima facie en el art. 47 de la ley 11.683, texto ordenado en 1978, al haber retenido y no ingresado a sus respectivos vencimientos, las retenciones y/o percepciones previstas en la RG 3624, 4059 y 3867 por los períodos Noviembre de 1995, Agosto y Setiembre de 1996.
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de la ley procedimental citada corresponde instruir sumario por las infracciones señaladas.
Que atento lo informado por la fiscalización actuante sobre el desconocimiento del domicilio de la responsable Art. 4 de la RG 2210, resulta necesario practicar su notificación mediante la publicación de edictos durante cinco 5 días en el Boletín Oficial.
Por ello, atento lo dispuesto en los artículos 23, 24, 45, 46, 47, 72, 73, 74 de la ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, Ley de Impuesto Al Valor Agregado y sus modificaciones, RG
3624, RG 4059, RG 3867 y sus modificaciones, Ley 24.629, Decretos 1156/96, 1589/96, Decreto 618/97, Decreto 646/97 y Disposición AFIP 128/98, Decreto 1397/79, y RG 2210, art. 4
EL JEFE INTERINO DE LA DIVISION REVISION Y RECURSOS DE LA
REGION JUNIN DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Conferir vista de las actuaciones administrativas y de las impugnaciones o cargos formulados para que dentro de los quince 15 días hábiles, conforme las liquidaciones practicadas o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho.
ARTICULO 2º Instruir sumario por las infracciones señaladas acordándole un plazo de quince 15 días hábiles para que alegue su defensa por escrito y proponga o entregue las pruebas que hagan a su derecho.
ARTICULO 3º Dejar expresa constancia a los efectos de lo dispuesto en el artículo 26 de la ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, que la vista es parcial y solo abarca los aspectos contemplados y en la medida que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. Si las liquidaciones por las que se le confiere vista merecieran su conformidad, surtirá los efectos de una declaración jurada para el responsable y de una determinación de oficio para el Fisco limitada a los aspectos fiscalizados. Para el supuesto de conformar las liquidaciones que se le practican y presentar las declaraciones juradas que se le rectifican, deberá concurrir a la dependencia en la cual se halla inscripto y cumplir los lineamientos de la RG 4067.
ARTICULO 4º Disponer que la contestación de la vista deberá ser entregada únicamente en esta dependencia, División Revisión y Recursos de la Región Junín de esta Dirección General Impositiva, sita en calle Alvarez Rodríguez Nº 79, Junín B, en forma personal o por Correo, procediéndose de igual modo en relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso dentro del horario de 8,00 hs. a 16,00 hs.
ARTICULO 5º La personería invocada deberá ser acreditada en las presentes actuaciones y comunicar a esta sede cualquier cambio de domicilio ante esta Dirección General Impositiva.
ARTICULO 6º Emplazar al contribuyente para que en el término de diez 10 días, comparezca a esta División Revisión y Recursos de la Región Junín sito en Alvarez Rodríguez 79 de la ciudad de Junín B, a denunciar su domicilio real o legal, bajo apercibimiento de que las demás resoluciones que se dicten en el curso del procedimiento quedarán notificadas automáticamente en la Sede de esta Oficina en el cual tramitan las actuaciones, los días martes y viernes o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere inhábil administrativo.
ARTICULO 7º Notificar al responsable remitiéndole copia de la presente resolución y de trece 13 formularios pro-forma F. 757 de declaración jurada Impuesto al Valor Agregado y resérvese. La notificación deberá ser practicada en su último domicilio fiscal y por Edictos durante cinco 5 días en el Boletín Oficial. Abogado RICARDO CLAUDIO BOZZANO, División Revisión Recursos.
e. 6/7 Nº 234.174 v. 13/7/98

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De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/1998 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/07/1998

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9401

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione19/07/2024

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