Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/1998 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.853 1 Sección CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA DE TELECOMUNICACIONES, ELECTRONICA Y
COMPUTACION
DECRETO-LEY 6070/58 - LEY 14.467 JURISDICCION NACIONAL
Resolución Nº 1/98
Bs. As., 3/3/98
VISTO lo dispuesto en las Resoluciones COPITEC Nº 1/96 y 05/97 y lo solicitado por la Cámara de Controladores Fiscales en su presentación registrada como Asunto Nº 1136 y CONSIDERANDO:

SUMARIO
204/96
209/96
400/96
017/97
188/97
430/97
455/97
710/97

CAUSANTES

Martes 10 de marzo de 1998
INFRAC. AR T.

RIOS RODOLFO A.
CONDORI OCHOA PEDRO A
LAINE ANDRES CAYO
GOROSITO, JULIO CESAR
MORALES VELIZ DOMITILIA
DELPERO PATRICIO D
GARRO REYNALDO DARDO
BRAVO MUÑOZ ROBERTO

977
986
986
970
977
977
986
977

MULTA MIN.
$ $
$ $
$ $
$ $

48

TRIBUTOS

700,00 $
453,74
898,00 $
548,00
1.133,96 $
445,96
2.040,12 $
2.040,12
319,00 $
245,19
1.923,00 $
3.284,72
2.344,52 $
925,02
525,50 $
312,45
e. 9/3 Nº 219.087 v. 10/3/98

ADUANA DE MENDOZA

Que cabe considerar el pedido de prórroga de inscripción de las personas que sin poseer título habilitante en la especialidad estaban desarrollando actividades similares en empresas y aún no fueron presentadas por las mismas.
Que según lo tratado en reunión de fecha 23 de enero de 1998 con funcionarios del área correspondiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA no existen obstáculos para otorgar una prórroga, si se preserva en lo que hace al ejercicio de estas actividades, el espíritu de lo dispuesto en la Resolución COPITEC Nº 1/96.
Que según lo establecido en los artículos 1º, 2º y 39º del Decreto-Ley 6070/58 Ley 14467
este Consejo Profesional de Jurisdicción Nacional, debe velar por el correcto ejercicio profesional en las especialidades de su competencia en este caso la Computación, en o ante entes u organismos nacionales, como lo es la AFIP.
Que en la reunión de la COMISION DIRECTIVA de este Consejo celebrada el 3 de febrero de 1998, este tema fue ampliamente debatido y aprobado el criterio a seguir en la materia.
Por ello, EL CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA DE
TELECOMUNICACIONES,ELECTRONICA Y COMPUTACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Prorrogar hasta el 1 de julio de 1998 el plazo de inscripción establecido en las Resoluciones COPITEC Nº 1/96 y 5/97.
ARTICULO 2º Para inscribirse los idóneos deberán ser presentados por la Empresa en la que se desempeñan, debiendo ésta certificar mediante declaración jurada que la persona presentada se desempeña en dichas actividades con anterioridad al 1 de setiembre de 1997, según lo exige la Res. Gral. DGI Nº 4104/96 y sus modificatorias.
ARTICULO 3º Para la inscripción, además, deberán adjuntar antecedentes laborales y estudios cursados, con indicación expresa de fechas y períodos transcurridos.
ARTICULO 4º Las personas inscriptas deberán desarrollar su actividad únicamente en la empresa o agente que lo hubiera presentado, expresándose tal circunstancia en las respectivas credenciales.
ARTICULO 5º La habilitación definitiva se otorgará luego de aprobado el ciclo de actualización tecnológica, en cuyo caso la credencial definitiva no mencionará la empresa presentante.

SECCION SUMARIOS
En el Sumario Contencioso SA38/95/371, tramitado por ante esta Aduana de Mendoza, se notifica y hace saber de la Resolución - Fallo Nº 005/98 y cuya parte pertinente expresa: Mendoza, 09 de febrero de 1998, y visto y considerando resuelvo: Artículo I. CONDENAR a JUAN
MIGUEL GUEVARA, DNI Nº 17.119.542, JORGE ARNOBIO GODOY, CI Nº 551.954 y TTES. NORMA BLOISE-JORGE GODOY en la pena de comiso de la mercadería y una multa solidaria de cuatro veces el valor en plaza de la mercadería que asciende a $ 79.558,24. PESOS SETENTA Y
NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO C/24/100 por la infracción imputada al art. 864
del Código Aduanero, todo ello de conformidad al art. 876 incs. a y c del Código Aduanero. ARTICULO II. Intimar al pago de los derechos de importación los que ascienden a la suma de $ 8.057,06
PESOS OCHO MIL CINCUENTA Y SIETE CON 06/100 conforme lo establecido por el art. 638 del Código Aduanero. ARTICULO III. DICHOS IMPORTES deberán efectivizarse dentro del perentorio plazo de 15 quince días de ejecutoriada la presente en sede administrativa, bajo apercibimiento de los arts. 924, 1113 y 1122 del Código Aduanero. AR TICULO IV. INHABILITAR a los imputados por el período de 6 seis meses a 5 cinco años para el ejercicio del comercio y en forma perpetua para desempeñarse como funcionarios o empleados aduaneros, miembros de la policía auxiliar aduanera, despachantes de aduana, agentes de transporte aduanero y apoderados o dependientes de cualquiera de estos últimos. Fdo.: Gustavo Araujo. Subadministrador Aduana de Mendoza. Aduana de Mendoza, sita en Peltier 721, Centro Cívico. Mendoza C.P. 5500. JULIO R.
BIAVASCHI, Administrador Int. Aduana de Mendoza.
e. 9/3 Nº 219.078 v. 10/3/98
ADUANA DE MENDOZA
SECCION SUMARIOS
Se cita a las personas que se detallan para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan en los respectivos Sumarios, a presentar sus defensas y ofrecer pruebas por infracción a los arts. del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de Rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana de Mendoza, art. 1001 del C.A., bajo apercibimiento del art. 1004 del C.A. Asimismo se informa el comiso de la mercadería afectada a las presentes actuaciones. Fdo.: JULIO BIAVASCHI, Administrador, Aduana de Mendoza, sita en Peltier 721, Centro Cívico. Mendoza C.P. 5500.
SA38/Nºs:

CAUSANTES

96/042
96/042
96/042

MARIO EDGARDO SEPULVEDA
EUSEBIO JOSE AYALA
ALFONSO CATALDI CALIGARI

ARTICULO 6º La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 7º Comuníquese, hágase saber a la AFIP, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. Ing. JORGE C. YOFFE, Secretario. Ing. NICOLAS J. MAZZARO, Presidente.
e. 10/3 Nº 145.779 v. 10/3/98

Arts.
C.A.

MULTA
MINIMA

863/864
$ 81.684,00
863/864
$ 81.684,00
863/864
$ 81.684,00.
e. 9/3 Nº 219.079 v. 10/3/98

ADUANA DE MENDOZA

AVISOS OFICIALES
ANTERIORES

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
FE DE ERRATAS
OBJETO: CORRECCION DEL VALOR DE LA UNIDAD DE TASACION RADIOELECTRICA según la Resolución Nº 10/95 SETYC.
CONTENIDO: Para todos los usuarios de Estaciones Radioeléctricas, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES informa que dando cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Nº 10/95 en el artículo 7º inciso a, será corregido el valor de la Unidad de Tasación Radioeléctrica, quedando el nuevo valor de referencia de la misma en $ 23,5473. Dicha medida tendrá vigencia, conforme a lo dispuesto por dicha resolución retroactiva partir del 1º de marzo del corriente año.
JOSE MARIA LAS HERAS, Gerente de Administración de Recursos, Comisión Nac. de Comunicaciones.
e. 6/3 Nº 219.095 v. 10/3/98
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Han dejado de tener efectos legales los cupones Nº 16 de u$s. 13,61 Nos. 180.403, 188.964/
966, 232.199, 234.477/478, 240.488, 283.799/800 y 446.139; de u$s. 68,05 Nos. 2.021.327/
328, 2.049.738, 2.049.845, 2.062.316, 2.062.318, 2.063.504, 2.065.111, 2.065.181, 2.077.688, 2.089.755 y 2.123.437; de u$s 136,10 Nos. 3.001.069, 3.017.005, 3.017.464, 3.017.895/896, 3.020.299, 3.020.311, 3.020.735, 3.020.925/928, 3.085.086, 3.114.810, 3.121.631/634, 3.129.765, 3.135.597, 3.208.834 y 3.417.966; de u$s 680,50 Nos. 5.115.417, 5.138.115 y 5.223.734, de u$s 1.361 Nos. 6.997.739, 6.907.921, 6.949.790/792, 6.990.026/027, 6.993.279 y 6.997.738, de Bonos Externos 1989. Esc. Mónica C. Urresti. Buenos Aires, 9/12/97.
e. 6/3 Nº 145.568 v. 3/4/98
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE MENDOZA
SECCION SUMARIOS
Se cita a las personas que a continuación se nominan, para que dentro de los DIEZ 10 días hábiles comparezcan en los Sumarios respectivos a presentar defensas y ofrecer pruebas, por las presuntas infracciones a los Arts. del Código Aduanero que se les imputan y bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana art. 1001 C. A., bajo apercibimiento del Art. 1004. Firmado: JULIO BIAVASCHI. Administrador Aduana de Mendoza.

859/93
866/93

CAUSANTES
SILVIA SACIFA
INTEGRAIN S. A.

INFRAC. ART.
970
970

MULTA MIN.
$ $

MUNICIPALIDAD DE QUILMES
Quilmes, 3/3/98
La Municipalidad de Quilmes, hace saber por 3 tres días, que cita y emplaza a quien o quienes resulten propietarios y/o acrediten derechos sobre los inmuebles individualizados con nomenclatura catastral: Circunscripción: IV - Sección I - Manzanas 18 y 19, ubicadas dentro del perímetro comprendido por las calle Río de la Plata entre Florencio Varela y Tupungato de la localidad de Ezpeleta - Partido de Quilmes, para que en el improrrogable plazo de 30 treinta días corridos procedan a colocar esas manzanas a las condiciones que fijan los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 5961/88, efectuando tareas de limpieza y desmalezamiento, como así también, la construcción de cerco y acera reglamentario, bajo apercibimiento de llegar a la aplicación de los Arts. 8º, 9º, 10º, 11º y 12 de la Ordenanza Nº 5961/88. NESTOR OSCAR MALDONADO Subdirector de Prensa.
e. 9/3 Nº 45.213 v. 11/3/98

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

SILVIA A. VANCE - Analista - Tesorería - Gerencia del Tesoro.

SUMARIO

Se cita a JUAN FELIPE GADEA, D.N.I. nº 92.459.837, con el fin de notificarle de la corrida de vista de fecha 11 de febrero de 1998, que luce a fs. 45 del SA38/97/043, la que expresa: CORRASE VISTA de conformidad al art. 1101 del C.A. a JUAN FELIPE GADEA, por presunta infracción al art. 863/866 y c.c. 876 del C.A., a quien se cita y emplaza para que en el perentorio término de diez 10 días esté en derecho, evacúe su defensa y ofrezca toda prueba conducente de que intente valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de rebeldía, todo ello de acuerdo a lo prescripto en los arts. 1101/1105 del C.A. Se deja constancia que la presentación requiere patrocinio letrado art. 1034 C.A., acreditando personería y constituyendo domicilio dentro del radio urbano de esta aduana, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en estos estrados art. 1013
inc. g del C.A.. Asimismo se le informa que la multa mínima, de acuerdo a las previsiones al Art.
876 incs. a y c del C.A., asciende a la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO
CON 04/100 $ 1.641,04 Y COMISO DE LA MERCADERIA, NOTIFIQUESE. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO. Ing. GUSTAVO J. ARAUJO, Subadministrador Int. Aduana de Mendoza.
e. 9/3 Nº 219.076 v. 10/3/98

2.341,39
46.474,49

TRIBUTOS
$ $

2.341,39
46.474,49

Conforme a lo dispuesto por el artículo 42 del Reglamento de procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991 y atento la imposibilidad de ubicar su domicilio, por el presente se notifica al Doctor D. Carlos Rubén GLESER de lo dispuesto por la Resolución Nº 3 de la entonces SECRETARIA DE POLITICAS DE SALUD Y REGULACION SANITARIA de fecha 9 de enero de 1996, cuyo artículo 1º a continuación se transcribe: ARTICULO 1º Suspéndese la inscripción de la Matrícula Profesional de Médico Nº 43.268, de fecha 28/2/1974 perteneciente a CARLOS
RUBEN GLESER, LE Nº 6.082.420; por ser responsable del delito de Homicidio Culposo, en la Causa del Expte. Nº 103-8-94, tramitada ante el Juzgado Nacional en lo Correccional Nº 8 de Bariloche, Provincia de Río Negro, Secretaría Unica; a partir del 13 de junio de 1995 y hasta el 13
de junio del 2001 6 años por Inhabilitación Especial para ejercer la medicina; y por la condena a la pena de UN 1 año de prisión de ejecución condicional en suspenso.
Conforme a lo dispuesto por el antes mencionado artículo 42, se dará por notificado al referido profesional a los CINCO 5 días contados a partir del siguiente al último día de publicación del presente. Firmado: Licenciado D. GUSTAVO ALBERTO GELMI, Jefe del Departamento Despacho.
e. 6/3 Nº 218.966 v. 10/3/98

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/1998 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data10/03/1998

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9394

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 1998>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031