Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 220

17 de noviembre de 2020

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Se convocan para el año 2020 subvenciones dirigidas al fomento en actividades económicas de carácter empresarial, agrícola y ganadero.
BASE 4 .-PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
Régimen de concurrencia competitiva.
BASE 5.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS.
1.- Podrán solicitar subvenciones de acuerdo con las presentes bases, las personas físicas y jurídicas que sean titulares de un explotación agrícola, ganadera y empresarial, que tenga bienes inmuebles afectos a la explotación dados de alta en el padrón de IBI de rústica en el T.M. de Torrevelilla, cuyas personas físicas o personas jurídicas, estén empadronados en el Municipio y que encuentren en situación que fundamenta la concesión de la subvención o aunque el propietario/s no estén empadronado, tenga al menos un 50% de trabajadores en plantilla que sí que estén empadronados.
2.No será objeto de subvención:
-Aquellas actividades que según criterios fundamentados no se adecuen a la finalidad de la convocatoria.
-Multas y sanciones.
-Actividades ya subvencionadas por otra Administración Pública o Entidad Privada que conjunta o separadamente superen el 100% de la inversión.
BASE 6.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
El Pleno del Ayuntamiento de Torrevelilla, que podrá recabar el asesoramiento e informes que considere oportunos y realizar de oficio cuantas actuaciones de comprobación considere oportunas a efectos de llevar a cabo la evaluación de las solicitudes presentadas.
BASE 7 .- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 17 de diciembre de 2020, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
BASE 8 .-PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Las solicitudes se resolverán por el Alcalde del Ayuntamiento de Torrevelilla en antes del 31 de enero de 2021. Las solicitudes presentadas en tiempo y forma y no resueltas expresamente dentro de dicho plazo, se entenderán desestimadas.
BASE 9 .- DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA PETICIÓN.
1.- Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Torrevelilla, conforme al modelo unido como ANEXO I a estas bases y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en su sede electrónica o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, hasta día 17 de diciembre de 2020.
2.- A las solicitudes se acompañará documentación es la siguiente:
En caso de persona física:
-Copia compulsada del D.N.I. en caso de persona física, certificado de empadronamiento.
En caso de persona jurídica:
Copia de sus Estatutos en caso de persona jurídica, copia compulsada del código de identificación fiscal y en su caso cartilla ganadera.
En ambos casos:
-Solicitud o certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social, Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal Tributaria.
-Certificado de estar al corriente con el Ayuntamiento de Torrevelilla.
-Acreditación del número de cuenta bancaria únicamente en los supuestos de primera solicitud o modificación de datos bancarios.
-Importe por el que solicita la subvención.
BASE 10.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN
La Comisión de Hacienda, emitirá propuesta de resolución provisional en el mes de febrero a la Alcaldía que será notificada a los solicitantes, a través de e-mail, concediendo un plazo de 10 días naturales para:
Aceptar la subvención en los términos propuestos, estando obligados en este caso a justificar el coste total de la inversión..
Transcurrido dicho plazo sin haber manifestado la aceptación se entenderá que renuncia a la subvención.
BASE 11 .- MEDIO DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN .
En el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial, con indicación de los beneficiarios, conceptos y cuantías concedidas.
Las notificaciones y los requerimientos individuales, serán publicados exclusivamente en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
BASE 12- EN SU CASO, PORCENTAJE QUE COMO MÁXIMO PUEDE CUBRIR LA SUBVENCIÓN DEL
COSTE DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. Y COMPATIBILIDAD, EN SU CASO, CON OTRAS AYUDAS.
1.- La concesión de subvenciones no superará el 50% del presupuesto total de la inversión. El beneficiario de la subvención financiará el 50% restante con recursos ajenos a la subvención concedida por este Ayuntamiento.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 17/11/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaeseSpagna

Data17/11/2020

Conteggio pagine14

Numero di edizioni5781

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione09/08/2024

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